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  • EDICIÓN DE 20/02/2007
 
 

CONVALIDACIÓN DEL DECRETO FORAL-NORMA DE URGENCIA FISCAL 2/2006, DE 23 DE MAYO

20/02/2007
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Norma Foral 6/2006, de 19 de octubre, de convalidación del Decreto Foral-Norma de Urgencia Fiscal 2/2006, de 23 de mayo, por el que se adapta el Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre, de adaptación de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, a las modificaciones introducidas en las Leyes 3/2006, 4/2006 y 6/2006 con relación al referido Impuesto (BOPV de 19 de febrero de 2007). Texto completo.

NORMA FORAL 6/2006, DE 19 DE OCTUBRE, DE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO FORAL-NORMA DE URGENCIA FISCAL 2/2006, DE 23 DE MAYO, POR EL QUE SE ADAPTA EL DECRETO FORAL 102/1992, DE 29 DE DICIEMBRE, DE ADAPTACIÓN DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, A LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN LAS LEYES 3/2006, 4/2006 Y 6/2006 CON RELACIÓN AL REFERIDO IMPUESTO

El Diputado General De Gipuzkoa

Hago saber que las Juntas Generales de Gipuzkoa han aprobado y yo promulgo y ordeno la publicación de la siguiente “Norma Foral 6/2006, de 19 de octubre, de convalidación del Decreto Foral-Norma de Urgencia Fiscal 2/2006, de 23 de mayo, por el que se adapta el Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre, de adaptación de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, a las modificaciones introducidas en las Leyes 3/2006, 4/2006 y 6/2006 con relación al referido Impuesto”, a los efectos de que todos los ciudadanos, particulares y autoridades a quienes sea de aplicación la guarden y hagan guardarla.

PREÁMBULO

Conforme a lo autorizado por el artículo 8 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, el Consejo de Diputados ha dictado, por razones de urgencia, el Decreto Foral-Norma de Urgencia Fiscal 2/2006, de 23 de mayo, por el que se adapta el Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre, de adaptación de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, a las modificaciones introducidas en las Leyes 3/2006, 4/2006 y 6/2006 con relación al referido Impuesto, ajustando la normativa tributaria foral a las modificaciones normativas de régimen común en relación a la regulación del Impuesto sobre el Valor Añadido, tal y como viene establecido en el vigente Concierto Económico.

El apartado 2 del referido artículo 8 establece la obligación de dar cuenta a las Juntas Generales de las disposiciones aprobadas al amparo del indicado precepto para su posterior convalidación.

Cumplido dicho trámite, procede dictar Norma Foral convalidante del Decreto Foral dictado.

Artículo único.– Se convalida el Decreto Foral-Norma de Urgencia Fiscal 2/2006, de 23 de mayo, por el que se adapta el Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre, de adaptación de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, a las modificaciones introducidas en las Leyes 3/2006, 4/2006 y 6/2006 con relación al referido Impuesto.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Norma Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

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