El Decreto Foral 86/2006 modifica los artículos 1.a) y 2.c) del Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, por el que se regula la reducción de jornada de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
El Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, por el que se regula la reducción de jornada de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos puede consultarse en el Libro Cuarto del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.
DECRETO FORAL 86/2006, DE 18 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 113/1997, DE 28 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA LA REDUCCIÓN DE JORNADA DE LOS EMPLEADOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 59.3 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, establece que reglamentariamente se determinarán los supuestos y las condiciones en las que podrá concederse a los funcionarios una reducción de la jornada establecida con carácter general, con disminución proporcional de las retribuciones correspondientes.
En desarrollo de tal previsión legal se dictó el Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, por el que se regula la reducción de jornada de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Durante su vigencia, el Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, ha sido objeto de distintas modificaciones, entre ellas, las introducidas por los Decretos Forales 30/1998, de 9 de febrero, 179/2002, de 5 de agosto, y 118/2005, de 3 de octubre.
Por otra parte, en el Acuerdo suscrito entre la Administración y los sindicatos AFAPNA y CC.OO. el día 21 de julio de 2006 sobre condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para los años 2006 y 2007 se recoge, entre las medidas de apoyo a la conciliación de la vida familiar y laboral, el compromiso de hacer extensivas las condiciones actuales de la reducción de jornada por razón de guarda legal de hijos menores de 6 años al supuesto de cuidado directo de hijos menores de 12 años, quedando obligada la Administración a elevar en cada caso al rango normativo que corresponda los distintos apartados del citado Acuerdo.
El cumplimiento del contenido del citado Acuerdo sindical justifica la aprobación de este Decreto Foral, y a tal fin se modifican los artículos 1.a) y 2.c) del referido Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, con el fin de incluir el compromiso adquirido en el mismo.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciocho de diciembre de 2006,
DECRETO:
Artículo único._Modificación de los artículos 1 y 2 del Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, por el que se regula la reducción de jornada de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
1. Se modifica el apartado a) del artículo 1 del Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, que queda redactado de la siguiente forma:
a) Cuando por razones de guarda legal, tengan a su cuidado directo a un menor de doce años o a un disminuido físico, psíquico o sensorial legalmente reconocido.
2. Se modifica el apartado c) del artículo 2 del Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, que queda redactado de la siguiente forma:
c) Empleados que, por razones de guarda legal, tengan a su cuidado directo a un menor de entre 12 y 16 años.
DISPOSICIONES FINALES
Primera._Habilitación para el desarrollo y ejecución del Decreto Foral.
Se faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto Foral.
Segunda._Entrada en vigor.
Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.