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ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA

30/12/2006
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Decreto 632/2006, de 27 de diciembre, por el que se modifica la estructura orgánica de la Secretaría de Política Lingüística. (DOGC de 29 de diciembre de 2006) Texto completo.

§1020679

DECRETO 632/2006, DE 27 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA.

Mediante el Decreto 216/2005, de 11 de octubre, de estructura orgánica de la Secretaría de Política Lingüística, se estructuró la Secretaría de Política Lingüística. Bajo la dependencia de la Secretaría, se adscribió una Subdirección General de Política Lingüística, de la que dependen el Servicio de Fomento del Uso del Catalán, el Servicio de Recursos Lingüísticos, el Servicio de Información, Difusión y Estudios y la Sección de Actuación Administrativa.

De acuerdo con el objetivo del Gobierno de fomentar la política lingüística como política pública transversal, es necesario promover las actuaciones en materia de política lingüística de los diferentes departamentos y organismos adscritos a la Generalidad, y reforzar la coordinación de la Secretaría de Política Lingüística con estos organismos, desde el punto de vista sectorial, y también con el Consorcio para la Normalización Lingüística, desde el punto de vista territorial.

Por ello se hace necesaria la creación de una nueva Dirección de Promoción y Fomento, bajo la dependencia directa de la persona titular de la Secretaría de Política Lingüística. Como consecuencia de esta estructura, también se modifican parcialmente las funciones de la Subdirección General de Política Lingüística, de la que continúan dependiendo los mismos servicios y secciones establecidos en el Decreto 216/2005, de 11 de octubre.

A propuesta del vicepresidente y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Creación de la Dirección de Promoción y Fomento

Se crea la Dirección de Promoción y Fomento, con rango orgánico de dirección general, bajo la dependencia inmediata de la persona titular de la Secretaría de Política Lingüística, que asume las funciones siguientes:

1. Coordina las actuaciones de la Secretaría de Política Lingüística con las del Consorcio para la Normalización Lingüística.

2. Promueve y coordina las medidas y los proyectos de los departamentos de la Administración de la Generalidad en materia de política lingüística, en el marco de las actuaciones prioritarias de la Secretaría de Política Lingüística.

3. Coordina la elaboración del informe de política lingüística que anualmente el Gobierno presenta al Parlamento.

4. Coordina la actuación de la Secretaría del Consejo Social de la Lengua Catalana.

5. Coordina el asesoramiento especializado en materia de legislación y derechos lingüísticos y en relación con la situación jurídica de la lengua catalana.

6. Asume la representación de la Secretaría de Política Lingüística en aquellas comisiones interdepartamentales relacionadas con sus funciones.

7. Las otras funciones de naturaleza análoga que le encomiende la persona titular de la Secretaría de Política Lingüística.

Artículo 2

Modificación del Decreto 216/2005, de 11 de octubre, de estructuración orgánica de la Secretaría de Política Lingüística

El artículo 2 del Decreto 216/2005, de 11 de octubre, de estructura orgánica de la Secretaría de Política Lingüística, queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2

“Funciones de la Subdirección General de Política Lingüística

“2.1 Corresponden a la Subdirección General de Política Lingüística, bajo la dependencia de la Dirección de Planificación y Fomento, las siguientes funciones:

“a) El apoyo a las personas titulares de la Secretaría de Política Lingüística y de la Dirección de Planificación y Fomento en el ejercicio de sus funciones.

“b) La planificación, la coordinación y el seguimiento de las actuaciones asumidas por la Secretaría en los ámbitos del fomento del conocimiento y el uso del catalán, de la gestión y la difusión de información relacionada con la política lingüística y en general de las actuaciones desarrolladas por los órganos que tiene adscritos.

“c) La coordinación de las actuaciones de la Secretaría en el ámbito territorial.

“d) La dirección de la gestión administrativa de la Secretaría, de acuerdo con la Dirección de Servicios del Departamento al cual está adscrita.

“e) Las otras funciones de naturaleza análoga que le encomienden las personas titulares de la Secretaría de Política Lingüística y de la Dirección de Planificación y Fomento.

“2.2 De la Subdirección General dependen los siguientes órganos:

“a) Servicio de Fomento del Uso del Catalán.

“b) Servicio de Recursos Lingüísticos.

“c) Servicio de Información, Difusión y Estudios.

“d) Sección de Actuación Administrativa.”.

Disposición final

Este Decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.

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