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PREMIO AL LIBRO MEJOR EDITADO

27/12/2006
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Decreto 246/2006, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el concurso para la concesión del premio al libro mejor editado en Aragón (BOA de 27 de diciembre de 2006). Texto completo.

§1020605

DECRETO 246/2006, DE 19 DE DICIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA EL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO AL LIBRO MEJOR EDITADO EN ARAGÓN.

El Estatuto de Autonomía de Aragón dispone en su artículo 53.1.30ª que corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de las normas en materia de cultura, siendo ésta una competencia exclusiva de la Comunidad.

El Decreto 29/2004, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, modificado por el Decreto 151/2004, de 9 de junio, establece que es competencia de este Departamento la promoción del libro y la lectura en Aragón, así como la política del libro en todas sus fases: creación, edición, difusión y comercialización.

Por de Orden de 17 de febrero de 2005, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, se creó el Centro del Libro de Aragón con el fin de vertebrar la actuación pública de fomento en el sector del libro en Aragón.

El desarrollo de esta actuación se centra en promocionar aquellas actividades y productos culturales que, por su relevante significación, sean representativas del buen hacer en el sector del libro en Aragón. En atención a este planteamiento, se considera oportuno convocar un premio anual al libro mejor editado en Aragón de carácter honorífico.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 19 de diciembre de 2006,

DISPONGO:

Artículo 1.-Objeto

Se crea el concurso para la concesión del premio al libro mejor editado en Aragón que se regirá por las bases que se adjuntan como anexo I.

Artículo 2.-Convocatoria

El premio al libro mejor editado en Aragón se convocará anualmente.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Se faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo del presente Decreto.

Segunda.-La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

ANEXO I BASES DEL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO AL LIBRO MEJOR EDITADO EN ARAGÓN

Primera.-Objeto del premio.

El objeto del presente concurso es premiar la mejor labor editorial desarrollada cada año, reconociendo así al libro mejor editado por sus características formales.

Segunda.-Requisitos de participación.

Podrán concurrir a este premio todas aquellas obras que reúnan las siguientes condiciones:

a) Las obras deberán tener la condición de libro.

b) Haber sido editadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.

c) Cumplir los requisitos legales que rigen normalmente en las fases de producción y difusión.

Se considerarán libros editados en Aragón aquéllos realizados por editoriales radicadas en esta Comunidad Autónoma e incluso las coediciones, con independencia del lugar de impresión. La fecha de edición quedará determinada por la fecha de asignación del depósito legal.

Quedarán excluidos del concurso:

a) Los libros que carezcan de depósito legal e I.S.B.N.

b) las reediciones que no aporten mejora o variación sustancial respecto a la edición original.

Tercera.-Premio.

1. Se concederá un solo premio de carácter honorífico, careciendo de dotación económica.

2. El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General de Cultura, dará la mayor difusión posible a los libros premiados dentro de sus acciones de promoción del libro, en especial a través de ferias nacionales e internacionales.

3. El editor de las obras premiadas podrá hacer uso publicitario de tal circunstancia, indicando en los ejemplares de manera expresa el año que corresponda.

Cuarta.-Solicitudes.

Los editores podrán participar en el concurso con una o varias obras, mediante solicitud cuyo modelo oficial se adjunta, y a la que se acompañarán:

a) Dos ejemplares de cada obra presentada.

b) En caso de reediciones que supongan mejoras o variaciones respecto a la primera edición, un ejemplar de la primera edición.

c) Una breve descripción argumental de las mismas resaltando los elementos que, a juicio del editor, constituyen los méritos de la publicación (como máximo un folio a dos espacios)

Quinta.-Lugar de presentación.

Las solicitudes podrán presentarse en las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o bien por cualesquiera de los cauces previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

Sexta.-Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las obras finalizará a las 14 horas del día 31 de enero de cada año.

Séptima.-Jurado.

1.-El fallo del Concurso corresponderá a un Jurado constituido al efecto, presidido por la Directora General de Cultura. Formarán parte del mismo, como vocal nato, el Director del Centro del Libro de Aragón, y tres vocales, designados por la Presidenta, entre personas de reconocido prestigio en la materia objeto del premio, uno de ellos será miembro del Consejo Asesor del Libro. Actuará como secretario del Jurado, con voz pero sin voto, el Jefe de la Sección de Gestión y Ediciones.

2.-El Jurado acordará una propuesta de concesión del Premio al libro mejor editado en Aragón que será elevada para su aprobación al Gobierno de Aragón.

3.-La propuesta será decidida por el Jurado por mayoría de votos de los miembros que asistan personalmente a las reuniones, pudiendo declarar desierto el premio cuando los libros presentados no reúnan la calidad suficiente.

4.-En los criterios de valoración el Jurado tendrá en cuenta la conjunción de todos los elementos que intervienen en la edición, pero únicamente podrán ser seleccionados aquellos libros que tengan un elevado nivel en el cuidado general de la misma.

Octava.-Resolución.

La resolución del Concurso para la concesión del Premio al libro mejor editado en Aragón se dictará en el plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. El Decreto del Gobierno de Aragón será conforme a la propuesta elevada por el Jurado.

Novena.-Entrega del Premio.

El Premio se entregará en el mismo acto de entrega de los premios literarios convocados cada año por el Gobierno de Aragón, Miguel Labordeta, Arnal Cavero, Guillem Nicolau, y el Premio a la trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón.

Décima.-Difusión.

Los ejemplares de las obras premiadas quedarán en propiedad de la Dirección General de Cultura, a efectos de lo dispuesto en la base tercera, 2 y, posteriormente, serán definitivamente integrados en bibliotecas que se determinen.

Las obras no premiadas quedarán a disposición de los editores propietarios, quienes podrán retirarlas antes del 31 de diciembre de cada año. En caso contrario, serán destinadas a bibliotecas públicas de la Red de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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