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NORMAS SUBSIDIARIAS DE GARAFÍA

22/12/2006
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Decreto 181/2006, de 12 de diciembre, por el que se acuerda la suspensión de las normas subsidiarias de Garafía en el ámbito del Roque de Los Muchachos para la realización de un parque cultural y científico y se aprueban las normas sustantivas transitorias de ordenación (BOC de 22 de diciembre de 2006). Texto completo.

§1020542

DECRETO 181/2006, DE 12 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ACUERDA LA SUSPENSIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE GARAFÍA EN EL ÁMBITO DEL ROQUE DE LOS MUCHACHOS PARA LA REALIZACIÓN DE UN PARQUE CULTURAL Y CIENTÍFICO Y SE APRUEBAN LAS NORMAS SUSTANTIVAS TRANSITORIAS DE ORDENACIÓN.

Desde la creación del ámbito científico delimitado en el Roque de Los Muchachos, el Cabildo Insular de La Palma y el Instituto de Astrofísica de Canarias han manifestado su aspiración de crear, en las cercanías del Complejo de observatorios y centros de estudio situados en el ámbito de referencia, un Parque Cultural que sirva de cauce para explotar desde el punto de vista del conocimiento de las instalaciones allí existentes por parte de los visitantes, en continuo aumento desde su creación tanto unos como otros, no estando previsto expresamente y, por tanto, legitimado, el equipamiento que se pretende por el planeamiento urbanístico vigente, razón por la cual se propone la medida excepcional prevista en el artículo 47 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Visto que mediante Acuerdo Plenario de 12 de mayo de 2006, el Cabildo Insular de La Palma acordó la aprobación del Convenio de Cooperación entre el Cabildo Insular de La Palma, el Ayuntamiento de Villa de Garafía y el Instituto de Astrofísica de Canarias, para la construcción, puesta en servicio, funcionamiento y mantenimiento del Parque Cultural del Roque de Los Muchachos, así como proponer al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma que adopte el Acuerdo de suspender la vigencia de las Normas Subsidiarias de Villa de Garafía en el ámbito afectado por dicho Parque Cultural, conforme a lo establecido en el artículo 47 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Visto que, como consecuencia de lo anterior, la COTMAC en sesión plenaria de fecha 22 de junio de 2006 adoptó el acuerdo de informar favorablemente la propuesta y su tramitación por el procedimiento previsto en artículo 47 citado.

Considerando que el artículo 63.1.b) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, establece que en el suelo rústico de protección paisajística serán posibles, entre otros, los usos y actividades necesarios para la conservación y, en su caso, el disfrute público de sus valores, siendo de aplicación al caso, por cuanto el Centro Cultural proyectado se configura como una instalación de uso y dominio público destinada al desarrollo de actividades científicas, docentes y divulgativas relacionadas, tanto con el Complejo Astrofísico existente, como con los Espacios Naturales Protegidos de su entorno.

Considerando que el artículo 47.1 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, establece que “El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma podrá suspender motivadamente la vigencia de cualquier instrumento de ordenación para su revisión o modificación, en todo o en parte, tanto de su contenido como de su ámbito territorial. El acuerdo de suspensión se adoptará a propuesta del Consejero competente en materia de ordenación territorial y urbanística y a iniciativa, en su caso, de los Cabildos Insulares o de las Consejerías competentes en razón de su incidencia territorial y previos informe de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias y audiencia del Municipio o Municipios afectados”.

Considerando que el apartado 2 del artículo antes citado dispone que “El acuerdo de suspensión establecerá las normas sustantivas de ordenación aplicables transitoriamente en sustitución de las suspendidas”.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 12 de diciembre de 2006,

DISPONGO:

Artículo primero.- Suspender las determinaciones de las Normas Subsidiarias de Garafía en la parcela de 19.000 metros cuadrados de superficie ubicada en El Roque de Los Muchachos, para la realización de un Parque Cultural y Científico, según la delimitación señalada en el Plano que se adjunta como anexo I.

Artículo segundo.- En sustitución de las determinaciones suspendidas, establecer las normas sustantivas de ordenación, que se recogen en el anexo II, y que estarán vigentes hasta la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación de Garafía.

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- El presente Decreto y sus anexos se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias y en el Boletín Oficial de la Provincia, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Anexos

Omitidos.

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