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  • EDICIÓN DE 07/12/2006
 
 

VENTA DE ENTRADAS

07/12/2006
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Resolución de 1 de diciembre de 2006, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se amplía el plazo establecido por la Orden CUL/2594/2006, de 26 de julio, para adaptar los equipamientos informáticos para la venta de entradas y transmisión de sus datos a los nuevos requerimientos y funcionalidades previstos en los anexos I y II de la misma (BOE de 8 de diciembre de 2006). Texto completo.

§1020320

RESOLUCIÓN DE 1 DE DICIEMBRE DE 2006, DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO ESTABLECIDO POR LA ORDEN CUL/2594/2006, DE 26 DE JULIO, PARA ADAPTAR LOS EQUIPAMIENTOS INFORMÁTICOS PARA LA VENTA DE ENTRADAS Y TRANSMISIÓN DE SUS DATOS A LOS NUEVOS REQUERIMIENTOS Y FUNCIONALIDADES PREVISTOS EN LOS ANEXOS I Y II DE LA MISMA.

La Orden CUL/2594/2006, de 26 de julio (Boletín Oficial del Estado de 8 de agosto), que modifica el anexo I de la Orden de 7 de julio de 1997, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 81/1997, de 24 de enero, señala la fecha 1 de enero de 2007 como límite para que las empresas suministradoras de equipamientos informáticos para la venta de entradas en salas de exhibición y transmisión de sus datos, los adapten a los nuevos requerimientos y funcionalidades previstos en los anexos I y II de la misma, para su homologación por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

No obstante, dado que la finalización y principio de año requieren una atención especial en el sistema de tratamiento de los datos y que la incidencia de la modificación podría repercutir negativamente en el buen funcionamiento del mismo, y teniendo en cuenta la petición de las empresas suministradoras de los equipamientos, afectadas por dichas modificaciones, se estima oportuno ampliar el plazo inicialmente fijado.

La Orden de 7 de julio de 1997 (Boletín Oficial del Estado del 14), en su disposición primera, establece la autorización al Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales para dictar las resoluciones que fueran precisas para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en dicha orden.

En su virtud, a petición de las empresas afectadas, y con el fin de que el sistema de información del Organismo no se vea perjudicado por las modificaciones técnicas, esta Dirección General resuelve:

Primero.-Fijar el día 1 de abril de 2007 como fecha límite para la adaptación de los equipamientos informáticos de venta de entradas y transmisión de datos de las salas de exhibición a los requerimientos y funcionalidades recogidas en la Orden CUL/2594/2006, de 26 de julio.

Segundo.-Las empresas suministradoras de los citados equipamientos deberán dirigir las solicitudes de homologación al Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales antes del 15 de enero de 2007. En dicha solicitud deberá constar el nombre o razón social y domicilio de la empresa, así como el nombre e identificación del representante de la misma. Deberá ir acompañada de la documentación precisa para acreditar que el equipamiento para homologar cumple los requisitos y funcionalidades técnicas previstas en los anexos I y II de la citada Orden CUL/2594/2006, de 26 de julio.

Tercero.-La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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