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  • EDICIÓN DE 04/12/2006
 
 

PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE CREA UNA ÚNICA BASE DE DATOS POLICIAL DE ADN

04/12/2006
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El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN. En la actualidad el Ministerio del Interior dispone de cuatro bases de datos sobre esta materia en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. El Proyecto integrará las cuatro en una nueva base única, a cuyo fin la Secretaría de Estado de Seguridad dispone del software CODIS, facilitado gratuitamente por el FBI estadounidense.

§1020266

El ADN constituye hoy en día un instrumento esencial en manos de las autoridades judiciales y policiales para la investigación de delitos, la identificación de cadáveres o la averiguación del paradero de personas desaparecidas. El Proyecto de Ley constituye, básicamente, un primer paso en la integración de las bases de datos existentes en el ámbito del Ministerio del Interior y deja la puerta abierta a la integración de los datos procedentes de otras bases, mediante los oportunos convenios (ficheros de Policías Autonómicas o del Instituto Nacional de Toxicología, por ejemplo).

La información contenida en la nueva base de datos constituirá un recurso fundamental para resolver determinados tipos de investigaciones, especialmente la de aquellos delitos de especial gravedad o generadores de alarma social en la opinión pública. En este sentido, dentro del marco de previsiones establecidas en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de 13 de diciembre de 1999, la nueva norma regula una serie de cuestiones fundamentales, cuya finalidad básica es tanto la investigación y averiguación de determinados delitos, como la identificación de restos cadavéricos o personas desaparecidas.

Delitos de especial gravedad

Las medidas incorporadas en el Proyecto únicamente se aplicarán a aquellos delitos de especial gravedad como son, por ejemplo, los delitos contra la vida, la integridad de las personas, la libertad sexual, el robo con fuerza o violencia, así como los delitos de terrorismo y los casos de delincuencia organizada.

El Proyecto recoge, además que, de todos los posibles datos obtenidos a partir del ADN, únicamente se inscribirán los relativos a la identidad de la persona y su sexo, y queda garantizada la rigurosidad de los análisis que sólo podrán realizarse en laboratorios debidamente acreditados y homologados, y el control del proceso por parte de la Policía Judicial, bajo la dirección de la Autoridad Judicial.

Del mismo modo, el Proyecto de Ley, de acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, incluye todo tipo de garantías para los derechos de los ciudadanos. Así, los datos sólo podrán ser utilizados por las Unidades de Policía Judicial y las autoridades judiciales y fiscales y sólo podrán ser cedidos a las autoridades judiciales, fiscales o policiales de terceros países, de acuerdo con los convenios internacionales en la materia, a las Policías Autonómicas y al Centro Nacional de Inteligencia.

Por otra parte, la asignación de un nivel de seguridad alto a la nueva base de datos implica, entre otros controles, el conocimiento preciso y pormenorizado de todas y cada una de las personas que accedan a la misma y, a diferencia de lo que sucede en la actualidad, donde existe un vacío normativo en la materia, se regulan todos los supuestos de cancelación de datos incluidos en la base, previéndose, además, los derechos de acceso y rectificación.

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