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MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EDC/860/2006

01/12/2006
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Resolución EDU/3868/2006, de 24 de noviembre, de modificación de la Resolución EDC/860/2006, de 29 de marzo, de convocatoria para la concesión de ayudas al profesorado y al personal laboral de los centros educativos públicos del Departamento de Educación que realiza funciones de atención al alumnado y que ha participado en actividades educativas con el alumnado realizadas fuera de los centros durante el curso escolar 2004-2005 (DOGC de 1 de diciembre de 2006). Texto completo.

§1020245

RESOLUCIÓN EDU/3868/2006, DE 24 DE NOVIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EDC/860/2006, DE 29 DE MARZO, DE CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL PROFESORADO Y AL PERSONAL LABORAL DE LOS CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN QUE REALIZA FUNCIONES DE ATENCIÓN AL ALUMNADO Y QUE HA PARTICIPADO EN ACTIVIDADES EDUCATIVAS CON EL ALUMNADO REALIZADAS FUERA DE LOS CENTROS DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2004-2005.

El III Acuerdo general sobre condiciones de trabajo del personal del ámbito de aplicación de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Generalidad de Cataluña para los años 2005-2008, publicado en el DOGC núm. 4517, de 24.11.2005, establece en el punto 5.2, Fondos de modernización y racionalización de la Administración, apartado a), la dotación de un fondo equivalente al 0,3% anual de la masa salarial de todos los empleados y todas las empleadas públicos del ámbito de aplicación de la Mesa General para los años 2006, 2007 y 2008. También, prevé que la Mesa General de Negociación de la Administración de la Generalidad de Cataluña y, en su caso, las diferentes mesas sectoriales, determinará anualmente la aplicación y la distribución de dicho fondo para colectivos determinados y para medidas específicas.

En consecuencia, el 27 de septiembre de 2006, el Departamento de Educación y Universidades y las organizaciones sindicales USTEC-STE's.IAC, FE CCOO y FETE-UGT de la Mesa Sectorial de negociación de personal docente no universitario, firman el Acuerdo de aplicación y distribución del fondo equivalente al 0,3% anual de la masa salarial para el personal docente no universitario para el año 2006, el cual dispone destinar 620.000 euros para ayudas a actividades educativas realizadas fuera del centro para el curso 2004-2005.

Para dar cumplimiento a lo que establece el mencionado Acuerdo, es necesario modificar la Resolución EDC/860/2006, de 29 de marzo, de convocatoria para la concesión de ayudas al profesorado y al personal laboral de los centros educativos públicos del Departamento de Educación que realiza funciones de atención al alumnado y que ha participado en actividades educativas con el alumnado realizadas fuera de los centros durante el curso 2004-2005.

En consecuencia,

Resuelvo:

.1 Modificar el punto 3 de la Resolución EDC/860/2006, de 29 de marzo, en el sentido de ampliar el crédito destinado a la convocatoria, hasta un importe máximo de 1.942.226,00 euros a cargo de la aplicación presupuestaria EN03D/231000100/4210 del presupuesto de 2006.

.2 Modificar el punto 6.2 de las bases reguladoras aprobadas por la Resolución EDC/860/2006, de 29 de marzo, en el sentido de establecer que el importe unitario de la ayuda no será superior a 50,00 euros.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo establecido por el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

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