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  • EDICIÓN DE 01/12/2006
 
 

BECAS CON CARGO A PROYECTOS, GRUPOS Y CONVENIOS DE INVESTIGACIÓN

01/12/2006
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Resolución de 25 de octubre de 2006, de la Universidad de Granada, por la que en “Ejecución de la Sentencia” de 8 de junio de 2006, del juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Granada se concreta el baremo aplicable a la Resolución de 1 de septiembre de 2004, por la que se convocaba concurso público para la adjudicación de becas con cargo a Proyectos, Grupos y Convenios de Investigación, Anexo III (BOJA de 1 de diciembre de 2006). Texto completo.

§1020237

RESOLUCIÓN DE 25 DE OCTUBRE DE 2006, DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, POR LA QUE EN “EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA” DE 8 DE JUNIO DE 2006, DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. UNO DE GRANADA SE CONCRETA EL BAREMO APLICABLE A LA RESOLUCIÓN DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2004, POR LA QUE SE CONVOCABA CONCURSO PÚBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DE BECAS CON CARGO A PROYECTOS, GRUPOS Y CONVENIOS DE INVESTIGACIÓN, ANEXO III.

En ejecución de la Sentencia de 8 de junio de 2006, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Granada, se concretan los criterios de valoración contenidos en el Anexo III de la Resolución de 1 de septiembre de 2004, de la Universidad de Granada por la que se convocaba concurso público de becas con cargo a Proyectos, Grupos y Convenios de Investigación (BOJA núm. 189, de 27 de septiembre de 2004). Dichos criterios de valoración quedan concretados como sigue:

La puntuación máxima que se podrá asignar a los concursantes será de 10 puntos distribuidos del siguiente modo:

– Nota media del expediente académico: (Hasta un máximo de 4 puntos).

Matrícula de Honor (4 puntos).

Sobresaliente (3 puntos).

Notable (2 puntos).

Aprobado (1 puntos).

– Valoración específica de materias relacionadas con la Restauración Arquitectónica (hasta un máximo de 1,5 puntos).

– Formación de postgrado en Restauración Arquitectónica (hasta un máximo de 1,5 puntos).

– Experiencia en trabajos de Restauración Arquitectónica (hasta un máximo de 1,5 puntos).

– Otros Méritos (hasta un máximo de 1,5 puntos).

Los méritos a valorar por la Comisión conforme a la concreción de los criterios de valoración anteriormente reseñados, deberán de poseerse con fecha anterior a 8 de octubre de 2004, que fue cuando expiraba el plazo para presentación de solicitudes al objeto de participar en la referida convocatoria de becas, por lo que quienes participaron en el repetido concurso dispondrán, en su caso, de un plazo de 10 días naturales a contar del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para presentar de nuevo, en los lugares indicados en la Resolución de 1 de septiembre de 2004, los méritos alegados y poseídos con anterioridad a la fecha antes indicada.

Lo que se hace público para conocimiento y efectos de las personas afectadas.

Granada, 25 de octubre de 2006.- El Rector, David Aguilar Peña.

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