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  • EDICIÓN DE 28/11/2006
 
 

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN TRI/2234/2006

28/11/2006
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Resolución TRI/3780/2006, de 15 de noviembre, por la que se modifica la Resolución TRI/2234/2006, de 9 de junio, por la que se abre la convocatoria para el año 2006 para la concesión de subvenciones de las acciones de desarrollo local mediante pactos territoriales para el empleo y de inicio del plazo para la presentación de solicitudes para el reconocimiento de los pactos territoriales para el empleo (DOGC de 28 de noviembre de 2006). Texto completo.

§1020178

RESOLUCIÓN TRI/3780/2006, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN TRI/2234/2006, DE 9 DE JUNIO, POR LA QUE SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2006 PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LAS ACCIONES DE DESARROLLO LOCAL MEDIANTE PACTOS TERRITORIALES PARA EL EMPLEO Y DE INICIO DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS PACTOS TERRITORIALES PARA EL EMPLEO.

Considerando que el artículo 9.2 de la Resolución TRI/2234/2006, de 9 de junio, de convocatoria para el año 2006 para la concesión de subvenciones de las acciones de desarrollo local mediante pactos territoriales para el empleo, y de inicio del plazo por la presentación de solicitudes para el reconocimiento de los pactos territoriales para el empleo (DOGC núm. 4669, de 5.7.2006), prevé que las acciones de desarrollo local mediante pactos territoriales para el empleo se deberán iniciar y ejecutar en los plazos que establece el artículo 17 de la Resolución TRI/1783/2005, de 13 de junio;

Considerando que el artículo 17 de la Resolución TRI/1783/2005, de 13 de junio, por la que se regulan las condiciones para llevar a cabo y financiar las acciones de desarrollo local que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña mediante pactos territoriales para el empleo, así como el reconocimiento de los pactos territoriales para el empleo, y se abre la convocatoria para el año 2005 (DOGC núm. 4406, de 15.6.2005), establece que las acciones de desarrollo local que promueve el SOC mediante pactos territoriales para el empleo se deberán iniciar dentro del ejercicio presupuestario en que se aprueben, y se podrán ejecutar hasta el 28 de febrero del ejercicio presupuestario siguiente;

Considerando que para poder ejecutar correctamente las acciones de desarrollo local que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña mediante pactos territoriales para el empleo durante el año 2006, es necesario modificar el artículo 9.2 de la Resolución TRI/2234/2006, de 9 de junio, y ampliar el plazo de ejecución de las acciones mencionadas;

Vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 11.2003), y el Real decreto 887/2006, de 21 de junio, que la desarrolla (BOE núm. 176, de 25.7.2006);

Vista la Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de ocupación y de creación del Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 3676, de 12.7.2002);

Considerando lo que disponen el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004);

Vista la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 (DOGC núm. 4541, de 31.12.2005);

Vistos los informes previos del Servicio de Asesoramiento Jurídico y de la Intervención Delegada, y en uso de las facultades que me son conferidas,

Resuelvo:

Artículo único

Se modifica el artículo 9.2 de la Resolución TRI/2234/2006, de 9 de junio, que queda redactado de la manera siguiente:

“9.2 Las acciones se deberán iniciar dentro del ejercicio presupuestario del 2006, y se podrán ejecutar hasta el 30 de junio de 2007.”

Disposición final

Esta Resolución producirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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