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LOTERÍA DENOMINADA BINJOCS

15/11/2006
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Orden INT/523/2006, de 10 de noviembre, por la que se concretan los premios acumulados de las variantes de la lotería denominada Binjocs (DOGC de 15 de noviembre de 2006). Texto completo.

§1019962

ORDEN INT/523/2006, DE 10 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE CONCRETAN LOS PREMIOS ACUMULADOS DE LAS VARIANTES DE LA LOTERÍA DENOMINADA BINJOCS.

El Decreto 365/2006, de 3 de octubre, aprueba el Reglamento de la lotería denominada Binjocs. El artículo 6 del mencionado Decreto establece tres tipos de premios posibles en esta lotería, el premio colectivo, el premio de estructura fija y el premio acumulado. El mismo artículo 6, en su apartado 2, establece que las variantes de juego pueden presentar uno de los tres tipos de premios o bien una combinación de éstos.

Con esta Orden se definen dos premios acumulados, los denominados acumulado de sala y acumulado de red. El primero se nutre de un porcentaje aplicado sobre el precio del billete de todas las partidas de las variantes de la lotería Binjocs que se realizan en los diferentes terminales de juego ubicados en una misma sala de bingo o salón de juego; el segundo se nutre de un porcentaje aplicado sobre el precio del billete de todas las partidas de las citadas variantes que se realizan en todos los terminales de juego conectados al sistema informático de control de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, con independencia de su ubicación. Estos porcentajes sobre el precio del billete son los que se determinen para cada variante de lotería Binjocs, en las órdenes específicas correspondientes que opten a este tipo de premios.

Estos premios acumulados se prevén comunes a las diferentes variantes de la lotería Binjocs que así lo establezcan. De esta manera, una persona jugadora de una variante de la lotería Binjocs puede optar a premios comunes con el resto de variantes.

Tanto el acumulado de sala como el acumulado de red integran premios que se configuran a partir de la aplicación de un porcentaje sobre el importe de su bote principal. Será la orden de concreción de cada variante la que determinará cuáles son los porcentajes que habrá que tener en cuenta en cada caso y las especificaciones para poder acceder a este tipo de premios.

Considerando la propuesta del Consejo de Administración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 2.2 del Decreto 365/2006, de 3 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la lotería denominada Binjocs,

Ordeno

Artículo 1

Objeto

El objeto de esta Orden es la concreción de los premios acumulados comunes a las variantes del juego de lotería Binjocs que expresamente opten a este tipo de premios comunes.

Artículo 2

Tipo de premios acumulados

2.1 Se establecen dos tipos de premios acumulados comunes, el acumulado de sala (jackpot de sala) y el acumulado de red (jackpot de red):

a) El acumulado de sala se nutre de un porcentaje sobre el precio de los billetes que participan en todas las partidas de las variantes de la lotería Binjocs que hayan optado por este tipo de premio, que se realizan en los terminales de juego instalados dentro de un mismo establecimiento.

b) El acumulado de red se nutre de un porcentaje sobre el precio de los billetes que participan en todas las partidas de las variantes de la lotería Binjocs que hayan optado por este tipo de premio, que se realizan en todos los terminales de juego conectados al sistema informático de control de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, con independencia de su ubicación.

2.2 El acumulado de sala y el acumulado de red integran premios que se configuran a partir de la aplicación de un porcentaje sobre la totalidad del bote principal correspondiente. En cualquier caso, se garantiza un importe mínimo del bote principal de 500 euros para el acumulado de sala y de 1000 euros para el acumulado de red.

2.3 La concreción de las variantes de la lotería Binjocs que opten por los premios acumulados tiene que especificar el porcentaje que se tiene que aplicar sobre el precio del billete jugado para constituir el/los premio/s acumulado/s y las condiciones necesarias para poder acceder a cada uno de estos dos premios, como entre otros, el número de billetes jugados, el precio del billete adquirido y las condiciones que tiene que cumplir el billete ganador. Asimismo, esta concreción tiene que especificar sobre qué porcentajes del bote principal se constituyen los premios de sala o de red y el valor máximo que en ningún caso pueden superar.

Artículo 3

Configuración de los premios acumulados de sala y de red

3.1 El premio acumulado de sala y el acumulado de red están constituidos por un bote principal y un bote de reserva. El bote principal se destina íntegramente al pago del premio acumulado correspondiente. El bote de reserva tiene por función que la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad pueda cubrir la diferencia entre el importe del bote principal y el importe mínimo garantizado del apartado 2.2 del artículo anterior.

3.2 El 75% del porcentaje del precio del billete destinado a estos premios, establecido en cada variante de la lotería Binjocs, constituye el bote principal, y el 25% restante, el bote de reserva.

3.3 Cuando un jugador gana íntegramente el bote principal de un premio acumulado, la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, para la partida siguiente, tiene que destinar el 75% del bote de reserva correspondiente al bote principal.

3.4 Cuando un jugador gana un porcentaje inferior al 100% del bote principal de un premio acumulado, la entidad autónoma tiene que aplicar este porcentaje al bote de reserva y destinar el 75% del importe resultante de esta operación al bote principal. El importe resultante de esta operación en ningún caso puede superar el 75% del valor máximo previsto para cada uno de estos premios.

3.5 Cuando el bote de reserva exceda de 500 euros para el premio acumulado de sala y de 1000 euros para el premio acumulado de red, el director de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad puede resolver destinar la totalidad o parte de la cantidad excedente a incrementar el bote principal de los premios.

Artículo 4

Visualización de los premios acumulados

En cualquier caso, las personas jugadoras de las variantes de la lotería Binjocs que hayan optado por el acumulado de sala y/o por el premio acumulado de red tienen que poder visualizar en la pantalla de juego del terminal el importe del bote principal correspondiente a uno y/u otro premio.

Disposición adicional

Se establece un bote principal de 10.000 euros para la primera partida de la lotería Binjocs con acumulado de red.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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