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  • EDICIÓN DE 10/11/2006
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 100/2005

10/11/2006
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Decreto 97/2006, de 8 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo (BOCAM de 10 de noviembre de 2006). Texto completo.

§1019869

DECRETO 97/2006, DE 8 DE NOVIEMBRE, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y CONSUMO.

Mediante Decreto 100/2005, de 29 de septiembre, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo, cuyos objetivos pretendían fundamentalmente la construcción de nuevas infraestructuras sanitarias, así como la reducción de las listas de espera quirúrgica.

El tiempo transcurrido y el cumplimiento de estos objetivos previstos hace preciso adaptar el marco organizativo de la Consejería de Sanidad y Consumo, no solo para conseguir la consolidación de los objetivos cumplidos, sino también para alcanzar de la forma más eficaz y satisfactoria aquellos otros que permitan seguir avanzando en la mejora de la calidad de la asistencia sanitaria.

A fin de adecuar la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo a esta nueva realidad, se procede a modificar el Decreto 100/2005, de 29 de septiembre, antes citado, configurando una única Viceconsejería que asuma las atribuciones y funciones de las Viceconsejerías que hasta ahora articulaban de forma básica la estructura de la Consejería de Sanidad y Consumo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad y Consumo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 8 de noviembre de 2006, DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo.

Se modifica el Decreto 100/2005, de 29 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo, en los siguientes términos:

Uno. El artículo 3 del Decreto quedará redactado del siguiente tenor literal:

La Consejería de Sanidad y Consumo, bajo la superior dirección de su titular, tendrá la siguiente estructura orgánica:

a) Viceconsejería de Sanidad y Consumo.

b) Secretaría General Técnica.

c) Dirección General de Seguimiento Presupuestario y Régimen Económico y Financiero.

d) Dirección General de Salud Pública y Alimentación.

e) Dirección General de Consumo.

f) Dirección General de Calidad, Acreditación, Evaluación e Inspección.

g) Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.

h) Dirección General de Recursos Humanos.

i) Dirección General de Atención al Paciente y Relaciones Institucionales.

j) Dirección General de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública.

k) Dirección General de Informática, Comunicaciones e Innovación Tecnológica.

Dos. Todas las referencias efectuadas en el Decreto de estructura de la Consejería de Sanidad y Consumo a la Viceconsejería de Calidad Asistencial, Salud Pública y Consumo o a la Viceconsejería de Asistencia e Infraestructuras Sanitarias, se entenderán efectuadas a la Viceconsejería de Sanidad y Consumo, que asumirá las competencias y estructura propias de las Viceconsejerías suprimidas.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA Única.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación normativa.

Se autoriza al Consejero de Sanidad y Consumo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente Decreto, así como para completar las estructuras orgánicas de su Departamento, estableciendo las unidades de nivel inferior al de Subdirección General.

Segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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