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  • EDICIÓN DE 06/10/2006
 
 

ZONAS DE LA DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO

06/10/2006
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Orden Foral 318/2006, de 31 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crean y adscriben los Parques de Bomberos y se determinan las Zonas de la Dirección de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, en la Agencia Navarra de Emergencias (BON de 6 de octubre de 2006). Texto completo.

§1019334

ORDEN FORAL 318/2006, DE 31 DE AGOSTO, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE CREAN Y ADSCRIBEN LOS PARQUES DE BOMBEROS Y SE DETERMINAN LAS ZONAS DE LA DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO, EN LA AGENCIA NAVARRA DE EMERGENCIAS.

Mediante Decreto Foral 38/2006, de 19 de junio, se creó la Agencia Navarra de Emergencias a la que han quedado adscritos los recursos pertenecientes al anterior Servicio de Extinción de Incendios y de Salvamento de la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, quedando integrados, asimismo, los recursos adscritos al Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios y de Salvamento de Navarra en el mismo momento de ser efectiva su disolución, según se determina en el acuerdo suscrito entre el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, para la disolución del referido Consorcio y la integración de sus respectivos servicios, firmado el pasado 21 de julio, y con efectividad a partir del 1 de septiembre de 2006.

Los Estatutos de la Agencia Navarra de Emergencias disponen la estructura organizativa siguiente: Direcciones, Áreas (asimiladas a Secciones) y Unidades (asimiladas a Negociados). Asimismo, en su artículo 31, estructura territorialmente en Zonas y Parques la Dirección de Prevención Extinción de Incendios y Salvamento. Establece la Zona como una división geográfica que agrupa a uno o varios Parques y resuelve que la determinación de las Zonas y la creación y extinción de los Parques se realice mediante Orden Foral del Consejero de Presidencia, Justicia.

En consecuencia, resulta necesario completar la estructura de la Agencia Navarra de Emergencias a nivel de Zonas y Parques, para garantizar el correcto funcionamiento de la Dirección de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, dividiendo la Comunidad Foral de Navarra en 6 grandes zonas geográficas, agrupadas por criterios de proximidad, conjunción de idénticos riesgos y similares intervenciones, facilidad de accesos y tiempo de respuesta, así como posibilidad de respuesta individual y simultánea del operativo desde los Parques implicados y la propia distribución de labores administrativas y de gestión del personal y su apoyo logístico, creando y adscribiendo los Parques de Bomberos correspondientes.

Visto el expediente integrado por la propuesta del Director-Gerente de la Agencia Navarra de Emergencia y el informe favorable de la Dirección General de Interior; en ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 31 de los Estatutos de la Agencia Navarra de Emergencia, aprobados por Decreto Foral 38/2006, de 19 de junio,

ORDENO:

1.º Crear los siguientes Parques de Bomberos:

a) Parque de Altsasu / Alsasua:

a.1) Tipología: Parque Auxiliar.

a.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

a.3) Número de Intervenciones: 500.

a.4) Población que atiende: Ver anexo I.

a.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

a.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

b) Parque de Auritz / Burguete:

b.1) Tipología: Parque Auxiliar.

b.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

b.3) Número de Intervenciones: 250.

b.4) Población que atiende: Ver anexo I.

b.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

b.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

c) Parque de Estella:

c.1) Tipología: Parque Apoyo y Estacional de verano.

c.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 21 bomberos y 7 cabos de bombero.

c.3) Número de Intervenciones: 800.

c.4) Población que atiende: Ver anexo I.

c.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

c.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

d) Parque de Lodosa:

d.1) Tipología: Parque Auxiliar.

d.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

d.3) Número de Intervenciones: 500.

d.4) Población que atiende: Ver anexo I.

d.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

d.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

e) Parque de Navascués:

e.1) Tipología: Parque Auxiliar.

e.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

e.3) Número de Intervenciones: 200.

e.4) Población que atiende: Ver anexo I.

e.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

e.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

f) Parque de Oronoz-Mugairi:

f.1) Tipología: Parque Apoyo y Estacional de invierno.

f.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 21 bomberos y 7 cabos de bombero.

f.3) Número de Intervenciones: 550.

f.4) Población que atiende: Ver anexo I.

f.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

f.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

g) Parque de Pamplona:

g.1) Tipología: Parque Central y Estacional.

g.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 98 bomberos y 21 cabos de bombero.

g.3) Número de Intervenciones: 5.300.

g.4) Población que atiende: Ver anexo I.

g.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

g.6) Mando del Parque: Suboficial de Bomberos.

h) Parque de Peralta:

h.1) Tipología: Parque Auxiliar y estacional de verano.

h.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

h.3) Número de Intervenciones: 250.

h.4) Población que atiende: Ver anexo I.

h.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

h.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

i) Parque de Sangüesa:

i.1) Tipología: Parque Auxiliar y estacional de verano.

i.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 14 bomberos y 7 cabos de bombero.

i.3) Número de Intervenciones: 300.

i.4) Población que atiende: Ver anexo I.

i.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

i.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

j) Parque de Tafalla:

j.1) Tipología: Parque Apoyo y Estacional de verano.

j.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 21 bomberos y 7 cabos de bombero.

j.3) Número de Intervenciones: 900.

j.4) Población que atiende: Ver anexo I.

j.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

j.6) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

k) Parque de Tudela:

k.1) Tipología: Parque de Zona y Estacional de verano.

k.2) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 28 bomberos y 14 cabos de bombero.

k.3) Número de Intervenciones: 1.200.

k.4) Población que atiende: Ver anexo I.

k.5) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

k.6) Mando del Parque: Suboficial de Bomberos.

2.º Determinar las Zonas en las que se estructura territorialmente la Dirección de Prevención Extinción de Incendios y Salvamento de la Agencia Navarra de Emergencias y adscribir los Parques correspondientes según el siguiente detalle:

1) Zona Pamplona: Adscribir a la misma los Parques de Pamplona y Auritz/Burguete. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

2) Zona Tudela: Adscribir a la misma el Parque de Tudela. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

3) Zona Noreste: Adscribir a la misma los Parques de Navascués y Sangüesa. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

4) Zona Estella: Adscribir a la misma los Parques de Estella y Lodosa. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

5) Zona Noroeste: Adscribir a la misma los Parques de Altsasu/Alsasua y Oronoz-Mugairi. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

6) Zona Media: Adscribir a la misma los Parques de Tafalla y Peralta. Al mando de la misma estará un Suboficial de Bomberos.

3.º Publicar la presente Orden Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Anexos

Omitidos.

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