Diario del Derecho. Edición de 22/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/09/2006
 
 

VENTA DE LAS VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA

21/09/2006
Compartir: 

Orden 2890/2006, de 4 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen los precios máximos de venta de las viviendas con protección pública para arrendamiento acogidas al sistema de renta concertada del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio (BOCAM de 21 de septiembre de 2006). Texto completo.

§1019100

ORDEN 2890/2006, DE 4 DE SEPTIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS PRECIOS MÁXIMOS DE VENTA DE LAS VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA PARA ARRENDAMIENTO ACOGIDAS AL SISTEMA DE RENTA CONCERTADA DEL REAL DECRETO 801/2005, DE 1 DE JULIO.

El Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda, establece a los solos efectos de dicho Real Decreto, dentro de lo que son las viviendas protegidas de nueva construcción con destino al arrendamiento, un grupo denominado viviendas protegidas para arrendar de renta concertada. El encaje de esta figura dentro de las tipologías de Vivienda con Protección Pública que establece el Reglamento de Viviendas de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 11/2005, de 27 de enero, recomienda para desarrollar la propuesta que define el Real Decreto en cuanto a la creación de dicha figura, el establecimiento de un precio máximo de venta específico para esas viviendas que servirá de base para determinar las rentas máximas anuales iniciales de las mismas.

De esta forma, por lo que respecta a las Viviendas de Protección Pública para Arrendamiento, cabrá la promoción tanto de Viviendas de Protección Pública para Arrendamiento acogidas al sistema de renta básica a que se refiere el artículo 32.1.a) del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, como de Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento acogidas al sistema de renta concertada a que se refiere el artículo 32.1.b) de dicho Real Decreto.

En su virtud, en ejercicio de la competencia atribuida a la Comunidad de Madrid en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda por el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía y conforme con el artículo 8 del Decreto 61/2003, de 21 de noviembre; el artículo 1 del Decreto 119/2004 de 29 de julio; y el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo único

Precios máximos de venta de las Viviendas de Protección Pública para Arrendamiento acogidas al sistema de renta concertada del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio.

1. Los precios máximos de venta por metro cuadrado de superficie útil de las Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento acogidas al sistema de renta concertada a que se refiere el artículo 32.1.b) del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio (VPPA RC) son los siguientes:

— Zona A: 1.566,96 euros el metro cuadrado útil.

— Zona B: 1.343,11 euros el metro cuadrado útil.

— Zona C: 1.231,18 euros el metro cuadrado útil.

— Zona D: 1.119,26 euros el metro cuadrado útil.

2. Los precios máximos de venta establecidos en el apartado anterior serán de aplicación únicamente a aquellas viviendas para las que se solicite su calificación provisional con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: ¿Qué ha dicho la Comisión de Venecia?; por Carlos Vidal Prado, catedrático de Derecho Constitucional de la UNED
  2. Tribunal Supremo: El ámbito temporal de la responsabilidad civil en el delito de impago de pensiones se extiende desde el primer incumplimiento hasta la fecha del juicio oral
  3. Actualidad: El Supremo avala que en las causas judiciales se usen pruebas obtenidas de EncroChat
  4. Estudios y Comentarios: La innecesaria constitucionalización del aborto; por Ricardo de Lorenzo y Montero, doctor en Derecho y Académico Correspondiente de las Reales Academias Nacionales de Jurisprudencia y Legislación y de Medicina
  5. Tribunal Supremo: La prohibición de revisión en vía administrativa y contenciosa-administrativa de las liquidaciones vinculadas a delito no lesiona el derecho a la tutela judicial, pues se podrá controlar su conformidad a Derecho por la jurisdicción penal
  6. Actualidad: Bolaños descarta crear nuevas secciones en los juzgados de Barakaldo y Vitoria
  7. Actualidad: El informe del CGPJ aprecia "insuficiencias y fallas" en la ley sobre el secreto profesional de los periodistas
  8. Tribunal Supremo: La pérdida sobrevenida de objeto del proceso produce la terminación del mismo por concurrir una causa evidente que hace desaparecer su finalidad legítima
  9. Actualidad: El TC ordena reabrir la investigación sobre la muerte de un joven en Portbou (Girona) en 2020
  10. Actualidad: El Supremo tacha de "violencia económica" el impago de pensiones por hijo y prohíbe contarlas para obtener el paro

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana