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PROGRAMA EDUCATIVO

18/09/2006
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Orden de 25 de julio de 2006, por la que se convoca el programa educativo “Aulas Viajeras de Andalucía” para el año 2007 (BOJA de 18 de septiembre de 2006). Texto completo.

§1019045

ORDEN DE 25 DE JULIO DE 2006, POR LA QUE SE CONVOCA EL PROGRAMA EDUCATIVO “AULAS VIAJERAS DE ANDALUCÍA” PARA EL AÑO 2007.

El Decreto 106/1992, de 9 de junio, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía, establece, entre los objetivos de esta etapa educativa, el conocer y apreciar el patrimonio natural, cultural e histórico de Andalucía y analizar los elementos y rasgos básicos del mismo, así como su inserción en la diversidad de Comunidades del Estado. Este conocimiento de la realidad andaluza se contempla en los objetivos y contenidos de distintas áreas del currículo. Dicho conocimiento conecta con la cultura experiencial del alumnado, que vive y conoce su propia realidad vital, condicionada por las oportunidades que haya podido tener de salir de su entorno inmediato y conocer de forma directa otros espacios andaluces.

El programa educativo “Aulas Viajeras de Andalucía” se concibe como un recurso para que el alumnado del Primer Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria conozca mejor la Comunidad Autónoma de Andalucía. Está destinado especialmente a quienes provienen de sectores sociales menos favorecidos, y ofrece la oportunidad de conocer de forma directa otros espacios y ambientes andaluces.

“Aulas Viajeras de Andalucía” pretende fomentar el conocimiento y acercamiento del alumnado, de forma práctica y lúdica, a su Comunidad Autónoma: a sus gentes, sus costumbres, sus tierras, su historia, su patrimonio cultural y ambiental, sus valores y sus recursos.

Este acercamiento requiere la preparación del viaje y la búsqueda e intercambio de información entre los compañeros y compañeras; de esta forma, la participación en “Aulas Viajeras de Andalucía” debe suscitar situaciones creativas de aprendizaje, basadas en el trabajo en equipo, colaboración, interdisciplinariedad, así como en el desarrollo de la autonomía en la búsqueda, tratamiento y comunicación de la información.

Por otro lado, la convivencia durante varios días, no sólo con sus compañeros y compañeras, sino también con otro grupo de alumnos y alumnas de una localidad diferente, supone una ocasión para trabajar con profundidad en la educación en valores como: el respeto, la solidaridad, la cooperación, la autonomía, la responsabilidad. “Aulas Viajeras de Andalucía” se convierte así en un espacio de convivencia distendido en el que compartir conocimientos y experiencias.

Por todo ello, en virtud de lo anterior, esta Consejería de Educación HA DISPUESTO Primero. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria del programa educativo “Aulas Viajeras de Andalucía” para el año 2007. Dicho programa consistirá en la preparación y realización, por parte de un grupo de alumnos y alumnas acompañados de su profesor o profesora, de un viaje de cinco días de duración, de lunes a viernes. Cada ruta se realizará simultáneamente por dos grupos de alumnos y alumnas de diferente procedencia para facilitar la convivencia entre el alumnado de distintos lugares de nuestra Comunidad Autónoma.

Segundo. Rutas y fechas.

Las rutas prefijadas para la realización del programa, con las visitas establecidas, cabeceras y finales, serán las que aparecen en Anexo I de la presente Orden.

Las fechas de realización de la actividad serán asignadas por la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa durante el año 2006.

Tercero. Destinatarios.

La convocatoria va dirigida a grupos de 24 alumnos y alumnas del Primer Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, acompañados por dos profesores o profesoras del centro, preferentemente, uno de ellos su tutor o tutora o en su defecto miembros del equipo educativo del grupo.

Cuarto. Financiación.

La Consejería de Educación financiará:

- El transporte desde el lugar de origen hasta la cabecera de ruta y viceversa.

- El transporte, manutención y alojamiento durante el desarrollo de la actividad.

- Una persona de coordinación por ruta para el desarrollo de la actividad.

- Gastos diversos de la cabecera de ruta.

- Seguro de accidentes y responsabilidad civil.

Quinto. Solicitudes y documentación.

1. Cada centro participará en la convocatoria con una única solicitud según el modelo que figura como Anexo II.

Dicha solicitud puede incluir un proyecto de participación para uno o para varios grupos del centro. En el caso de que el número de solicitudes sea superior al de plazas disponibles, sólo se adjudicará la participación en el programa a un grupo por centro seleccionado, en ese caso, cada centro determinará el grupo de alumnos y alumnas que participará finalmente en el programa.

2. Las solicitudes deberán dirigirse al Ilmo/a. Sr/a. Delegado/a Provincial de Educación, y se presentarán en el Registro General de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación, o bien por cualesquiera de las vías expuestas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma Andaluza, así como en el buzón de documentos de las Delegaciones Provinciales del Gobierno de Andalucía. En el caso de presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá entregarse la documentación en sobre abierto para que sea sellada y fechada por la oficina de Correos.

Además, los centros participantes deberán grabar en el perfil que se habilitará al efecto en el programa Séneca la solicitud conforme al Anexo II de la presente Orden.

3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de:

a) Certificado de aprobación del Consejo Escolar del Centro autorizando la participación en la actividad, en el que conste que esta actividad está contemplada en el Plan Anual de Centro.

b) Proyecto Educativo de actividades para realizar antes, durante y después, en torno a la ruta solicitada, de acuerdo con los objetivos educativos y orientaciones expuestos en la presente Orden. El Proyecto Educativo para el desarrollo de las “Aulas Viajeras de Andalucía” deberá incluir al menos:

- Descripción del grupo o grupos de alumnos y alumnas participantes.

- Objetivos que se proponen alcanzar con la participación en el programa.

- Actividades previstas para llevar a cabo durante los tres momentos del diseño del programa: actividades previas en el centro escolar para conocer y valorar Andalucía; actividades que favorezcan la convivencia y el aprovechamiento de las visitas durante el desarrollo de la ruta; y actividades para recordar y compartir, tras la realización del viaje.

4. Toda la documentación deberá aportarse en el momento de presentación de la solicitud.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días naturales a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Selección.

1. En cada provincia se constituirá una Comisión Provincial de Estudio, presidida por el/la Delegado/a Provincial y compuesta por los siguientes miembros:

- El/la Jefe/a de Servicio de Ordenación Educativa.

- Un/a inspector/a a propuesta del Jefe/a de Servicio de Inspección Educativa.

- Dos profesores/as de Centros no participantes en la convocatoria y con experiencia en anteriores, designados/as por la Delegación Provincial de Educación.

- Un/a funcionario/a de la Delegación Provincial de Educación que actuará como secretario/a.

Se constituirá además una Comisión Regional de Selección presidida por el Ilmo. Sr. Director General de Ordenación y Evaluación Educativa o persona en quien delegue y compuesta por los siguientes miembros:

- Un/a Jefe/a de Servicio de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa.

- Una persona en representación de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación.

- Una persona en representación de la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado.

- Una persona de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, que actuará como secretaria.

Con objeto de garantizar la composición paritaria de los órganos consultivos y de asesoramiento de la Administración de la Junta de Andalucía, en ambas Comisiones, se actuará conforme a lo establecido en el artículo 140 de la Ley 18/2003 de 29 de diciembre.

2. La Comisión Provincial de Estudio valorará las solicitudes recibidas según los criterios que se fijan en el punto siguiente, y remitirá a la Comisión Regional de Selección un informe con la relación priorizada de centros solicitantes en el que se indicará, además de la valoración, el nivel educativo de los participantes y el número de alumnos y alumnas que constituyen el grupo. Se remitirá igualmente la relación de los centros excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

3. Los criterios para la valoración de los centros educativos participantes en esta convocatoria serán:

a) Proyecto de trabajo presentado. Valoración hasta cuatro puntos.

b) Participación en anteriores convocatorias sin haber sido seleccionado. Valoración hasta dos puntos.

c) Centros autorizados a desarrollar Planes de Compensación Educativa. Valoración de dos puntos.

d) Ser Colegio Público Rural o Escuelas Rurales con imposibilidad Geográfica de Agrupamiento. Valoración de dos puntos.

Octavo. Resolución.

1. La Comisión Regional de Selección hará pública las listas provisionales de centros seleccionados, estableciéndose un plazo de cinco días para presentar alegaciones ante la correspondiente Delegación Provincial de Educación.

2. Transcurrido dicho plazo, y resueltas las alegaciones, la Comisión Regional de Selección trasladará la propuesta de Centros Seleccionados al Director General de Ordenación y Evaluación Educativa que la elevará a definitiva.

3. Dicha Comisión Regional de Selección asignará la ruta y la fecha de realización de la actividad para cada centro educativo seleccionado.

4. La Resolución del Director General, indicando por provincias los centros seleccionados, la relación priorizada de los centros de reserva y los centros excluidos, con indicación de las causas de exclusión, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sin perjuicio de lo anterior, a efecto meramente informativo, los listados por provincias se expondrán en los tablones de anuncio de las correspondientes Delegaciones Provinciales de Educación.

5. Las vacantes producidas por renuncia de los centros serán cubiertas por centros de la misma provincia, siguiendo el orden establecido en la relación de reserva.

Noveno. Obligaciones de los seleccionados.

El profesorado responsable de los grupos seleccionados se compromete a:

1. Realizar con el alumnado las actividades previas al viaje, programar y desarrollar actividades durante el viaje y con posterioridad a éste, de acuerdo con el proyecto presentado y teniendo en cuenta el material y las orientaciones ofrecidas por la Consejería de Educación.

2. Obtener y custodiar en el Centro la autorización firmada por los representantes legales del alumnado participante.

3. Comunicar a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, quince días antes de la realización de la ruta, la relación nominal de alumnos y alumnas asistentes, con indicación de curso y grupo.

4. Realizar la evaluación posterior de la actividad, mediante la redacción de una memoria descriptiva del viaje y estancias realizados. Dicha memoria reflejará el grado de cumplimiento de los objetivos programados y la evaluación de las actividades desarrolladas, así como las posibles sugerencias que pudieran ser tomadas en cuenta en futuras convocatorias, en su caso. De esta memoria evaluadora se harán dos copias, una se incluirá en la memoria anual del centro y otra se enviará en el plazo de un mes tras la finalización de la ruta, a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa de la Consejería de Educación, junto con el listado de alumnos y alumnas participantes.

Disposición Final Primera. Difusión de la presente Orden.

1. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, en el ámbito de sus competencias, informarán de la publicación de la presente Orden a todos los centros docentes a los que resulte de aplicación.

2. Los directores y directoras de los centros en los que sea de aplicación la presente Orden dispondrán lo necesario para que la misma sea conocida por todos los sectores de la comunidad educativa del centro.

Disposición Final Segunda. Desarrollo e interpretación de la presente Orden.

Se autoriza a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa a la aplicación, interpretación y resolución de la presente Orden.

Disposición Final Tercera. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Disposición Final Cuarta. Recurso.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de Reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

CONTENIDO DE LAS RUTAS

A) Ruta Andalucía Occidental:

- Lunes: Salida del punto de origen hacia Córdoba. Visita a la Mezquita-Catedral y la Judería. Alojamiento en Córdoba.

- Martes: Salida hacia Sevilla. Visita a los Reales Alcázares, Plaza de España, la Catedral, Giralda y el barrio de Santa Cruz.

Alojamiento en Sevilla.

- Miércoles: Salida hacia El Puerto de Santa María (Cádiz), paseo en barco desde el Puerto de Santa María por la Bahía hasta la ciudad de Cádiz. Visita al centro histórico de la ciudad de Cádiz. Alojamiento en Huelva/Punta Umbría.

- Jueves: Salida hacia el Parque Natural Doñana: Centro de Recepción de la Rocina, Museo del mundo marino; Aldea de El Rocío; Monasterio de la Rábida y Muelle de las Tres Carabelas.

Alojamiento en Huelva/Punta Umbría.

- Viernes: Regreso al lugar de origen.

B) Ruta de Andalucía Oriental:

- Lunes: Salida del punto de origen hacia Antequera. Recorrido por el paraje natural El Torcal de Antequera. Alojamiento en Granada/Víznar.

- Martes: Visita a la Alhambra-Generalife, Parque de las Ciencias. Alojamiento en Granada/Viznar.

- Miércoles: Salida hacia las ciudades de Úbeda y Baeza, símbolos del Renacimiento Andaluz y visita de sus centros históricos. Alojamiento en Almería/Aguadulce.

- Jueves: Visita al Parque Marítimo Terrestre Cabo de Gata–Níjar, y al Jardín Botánico de Rodalquilar. Alojamiento en Almería/Aguadulce.

- Viernes: Regreso al lugar de origen.

Anexo II

Omitido.

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