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FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

11/09/2006
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Orden de 27 de julio de 2006, de la Consejera de Cultura, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Cultura y del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE) (BOPV de 11 de septiembre de 2006). Texto completo.

§1018948

ORDEN DE 27 DE JULIO DE 2006, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, POR LA QUE SE REGULAN LOS FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA Y DEL INSTITUTO DE ALFABETIZACIÓN Y REEUSKALDUNIZACIÓN DE ADULTOS (HABE).

La Orden de 5 de octubre de 1995, de la Consejera de Cultura, procedía a regular los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Cultura y por los Organismos Autónomos adscritos al mismo.

Posteriormente, la Orden de 20 de marzo de 1997, de la Consejera de Cultura, modifica la Orden de 5 de octubre de 1995 para adecuarla a las normas orgánicas del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos y Regularización de Euskaltegis (HABE), aprobadas mediante el Decreto 34/1996, de 13 de febrero.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece en su artículo 20.1 que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario oficial correspondiente. En el apartado 3 del mismo artículo, se señala que en las disposiciones que se dicten para la supresión de los ficheros se establecerá el destino de los mismos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción.

La Ley del Parlamento Vasco 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos determina en su artículo 4 que la creación, modificación y supresión de ficheros de la Administración de la Comunidad Autónoma se realizará por orden del titular del Departamento al que esté adscrito el fichero, la cual deberá contener todas las menciones exigidas por la legislación en vigor, y será objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dicha Ley 2/2004, en su Disposición Adicional Primera, estipula que las administraciones públicas, instituciones y corporaciones sujetas al ámbito de esta Ley comunicarán a la Agencia Vasca de Protección de Datos, en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley, los ficheros de datos de carácter personal que sean de su titularidad, previa aprobación y publicación de la disposición reguladora correspondiente.

Mediante Decreto 8/2005, de 27 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos se llevó a efecto la reordenación de la estructura departamental de la Administración. Por otro lado, el Decreto 25/2006, de 14 de febrero ha determinado la estructura orgánica del Departamento de Cultura.

Esta nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura mediante el citado Decreto, con las modificaciones y ajustes organizativos que la misma supone, ha hecho surgir nuevamente la necesidad de proceder a eliminar algunos ficheros inoperativos, refundir otros ficheros existentes, por responder a finalidades complementarias que demandan un tratamiento informático unitario, e incorporar nuevos ficheros automatizados de carácter personal que derivan de la implantación de aplicaciones informáticas nuevas para dar respuesta a las necesidades de gestión que este Departamento de Cultura tiene planteadas.

Con el fin de facilitar el conocimiento público de los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco y del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), y al objeto de adecuarlos a la nueva estructura departamental así como a los contenidos del Acuerdo del Gobierno Vasco, de 16 de julio de 2002, sobre organización de la seguridad de los ficheros automatizados de datos de carácter personal de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se aúnan todos los ficheros de datos de carácter personal en la presente Orden, que deroga las anteriores disposiciones reguladoras de ficheros automatizados de datos de carácter personal, suprimiendo todos los ficheros preexistentes e incorporando los ficheros ya regulados por éstas, con las modificaciones y adecuaciones que las disposiciones legales o el transcurso del tiempo recomiendan.

Consecuentemente con el propósito de no disgregar los ficheros en distintas disposiciones, siempre en aras a la claridad y seguridad jurídica de los ciudadanos, se enumeran todos los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Cultura y del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos en el anexo I y en el anexo II a la presente disposición, respectivamente, en los que, además, se incluyen otros nuevos ficheros que no aparecían en las anteriores disposiciones. Además, en los anexos III y IV se enumeran los ficheros del Departamento de Cultura y del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos, respectivamente, suprimidos por la presente Orden.

En virtud de lo expuesto,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

1.– Esta Orden tiene por objeto regular los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Cultura y por el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE).

2.– De conformidad con el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se indicará para cada uno de los ficheros de datos de carácter personal mencionados en los anexos a la presente Orden: las finalidades de los ficheros y los usos previstos para los mismos, las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, los procedimientos de recogida de los mismos, las estructuras básicas de los ficheros, indicando los tipos de datos que incluyen, las cesiones de datos y/o transferencias internacionales previstas, los órganos de la Administración responsables de los ficheros, los servicios o unidades ante los que podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, y la indicación del nivel (básico, medio, alto) de las medidas de seguridad aplicables a cada uno de ellos.

Artículo 2.– Creación y supresión de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Cultura y del Organismo Autónomo HABE que se relacionan respectivamente en los anexos I y II de la presente Orden y se suprimen sus ficheros, enumerados en los anexos III y IV, respectivamente.

Artículo 3.– Cesiones de datos.

1.– Sin perjuicio de las cesiones de datos que, en relación con cada fichero, se prevén en los anexos I y II a la presente Orden, los datos incluidos en los mismos podrán ser cedidos, en el ámbito del Departamento de Cultura y el Organismo Autónomo HABE, para el cumplimiento de las funciones que les encomienda el ordenamiento jurídico y versen sobre competencias y materias similares.

2.– Asimismo, podrán ser cedidos a los órganos y servicios de estadística de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de otras Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en la Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.

Artículo 4.– Medidas de seguridad y gestión.

Los titulares de los órganos responsables de cada fichero adoptarán las medidas necesarias que garanticen el uso de dichos ficheros para las finalidades para las que fueron creados y la seguridad de los datos de carácter personal, y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en sus normas de desarrollo.

Artículo 5.– Prestación de servicios de tratamiento de datos.

Quienes, por cuenta del Departamento de Cultura o del Organismo Autónomo HABE, presten servicios de tratamiento de datos de carácter personal realizarán las funciones encomendadas conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento y así se hará constar en el contrato que a tal fin se realice, no pudiendo aplicarlos o utilizarlos con fin distinto, ni comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otra personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas a la entrada en vigor de la presente Orden cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la misma, y en particular las siguientes:

Orden de 5 de octubre de 1995, de la Consejera de Cultura, por la que se relacionan y regulan los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Cultura y Organismos Autónomos adscritos al mismo.

Orden de 20 de marzo de 1997, de la Consejera de Cultura, de modificación de la Orden de 5 de octubre de 1995, por la que se relacionan y regulan los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Cultura y Organismos Autónomos adscritos al mismo.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La Dirección de Servicios del Departamento de Cultura procederá a la notificación a la Agencias Vasca de Protección de Datos de los ficheros de datos de carácter personal contenidos en el anexo I de la presente Orden, para su inscripción en el Registro de Protección de Datos así como a la cancelación de la inscripción de los ficheros suprimidos por la presente disposición, contenidos en el anexo III de la presente Orden.

Segunda.– El Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE) procederá a la notificación a la Agencia Vasca de Protección de Datos de los ficheros de datos de carácter personal contenidos en el anexo II de la presente Orden, para su inscripción en el Registro de Protección de Datos así como a la cancelación de la inscripción de los ficheros suprimidos por la presente disposición, contenidos en el anexo IV de la presente Orden.

Tercera.– La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS DEL DEPARTAMENTO

DE CULTURA

Se crean los siguientes ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Cultura:

1.– Dirección de Coordinación.

1.1.– Ayudas y subvenciones de la Dirección de Coordinación.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de las convocatorias de las ayudas y subvenciones de la Dirección de Coordinación.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de subvenciones.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios y documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Otros: representante, empresa.

e) Cesiones de datos:

Publicación en el BOPV del nombre y apellidos de las personas beneficiarias de la subvención y del importe de la misma, en el caso de tratarse de personas físicas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Coordinación de la Viceconsejería de Política Lingüística.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.2.– Contactos de la Dirección de Coordinación.

a) Finalidad y usos previstos:

Contactar, atender consultas y solicitudes, enviar información y publicaciones y gestionar solicitudes e invitaciones a participar en cursos, congresos, jornadas y otros eventos organizados por la Dirección o con su colaboración.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que tienen relación con las áreas de actuación de la Dirección por su propio interés particular, profesional o pertenencia a entidades públicas o privadas, así como usuarios y usuarias de servicios de la Dirección.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios, entrevistas, encuestas, comunicación telefónica, correo postal o electrónico u otra documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

– Página web.

Datos de características personales:

– Lengua de comunicación.

Datos de detalle de empleo:

– Cargo o puesto de trabajo en empresa o entidad.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Profesión.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Coordinación de la Viceconsejería de Política Lingüística.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.3.– Encuestas de Euskera.

a) Finalidad y usos previstos:

Análisis y seguimiento de la evolución del uso, conocimiento, y transmisión del euskera.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas encuestadas en Euskadi, Navarra e Iparralde.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las propias personas mediante encuestas y de los órganos estadísticos de las Administraciones Públicas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de características personales:

– Estado civil.

– De familia.

– Fecha de nacimiento.

– Lugar de nacimiento.

– Edad.

– Sexo.

– Lengua materna.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Nivel de euskera.

Datos de detalle de empleo:

– Otros: tipo de trabajo.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Coordinación de la Viceconsejería de Política Lingüística.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.– Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas.

2.1.– Ayudas y subvenciones en materia de planes de euskera.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de las convocatorias de las ayudas y subvenciones de la Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de subvenciones.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas y las entidades solicitantes mediante formularios y documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Nivel de euskera.

Datos de detalle de empleo:

– Puesto de trabajo.

– Representante, empresa.

Datos económico-financieros.

– Ingresos, rentas.

e) Cesiones de datos:

Publicación en el BOPV del nombre y apellidos de las personas beneficiarias de la subvención y del importe de la misma, en el caso de tratarse de personas físicas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.2.– Planes EBPN (Plan General de Promoción del Uso del Euskera)

a) Finalidad y usos previstos:

Seguimiento de planes EBPN en administraciones públicas de Euskadi. Encuestas de satisfacción. Envío de publicaciones e información varia.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal técnico y responsables políticos de euskera de las administraciones públicas de Euskadi.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas y de las administraciones mediante encuestas o entrevistas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de detalle de empleo:

– Puesto de trabajo.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.3.– Seguimiento de los requisitos lingüísticos de los puestos de trabajo de las Administraciones Públicas.

a) Finalidad y usos previstos:

Seguimiento de la planificación de la normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas del País Vasco, realizando el seguimiento del perfil lingüístico de los puestos de trabajo y del nivel de capacitación lingüística alcanzada por sus titulares u ocupantes. Gestión de los planes de uso de las entidades públicas no dependientes del Gobierno Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Titulares u ocupantes de puestos de trabajo de las Administraciones Públicas y personal de la entidad pública que participa en el plan.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas, de Registros Públicos, de Administraciones Públicas y del Boletín Oficial donde se publican las RPT.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de características personales:

– Fecha de nacimiento.

– Lengua de comunicación.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Perfil lingüístico acreditado y fecha de acreditación.

– Nivel de euskera y fecha de obtención.

Datos de detalle de empleo:

– Puesto de trabajo.

– Relación de empleo.

– Adscripción al grupo, cuerpo o escala.

– Nivel retributivo.

– Régimen de dedicación.

– Exenciones al cumplimiento del régimen general de preceptividades de los perfiles lingüísticos.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas de la Viceconsejería de Política Lingüística.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.4.– Contactos de la Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas.

a) Finalidad y usos previstos:

Contactar, atender consultas y solicitudes, enviar información y publicaciones y gestionar solicitudes e invitaciones a participar en cursos, congresos, jornadas y otros eventos organizados por la Dirección o con su colaboración.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que tienen relación con las áreas de actuación de la Dirección por su propio interés particular, profesional o pertenencia a entidades públicas o privadas, así como usuarios y usuarias de servicios de la Dirección.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios, entrevistas, encuestas, comunicación telefónica, correo postal o electrónico u otra documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

– Página web.

Datos de características personales:

– Lengua de comunicación.

Datos de detalle de empleo:

– Cargo o puesto de trabajo en empresa o entidad.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Profesión.

e) Cesiones de datos:

A HABE.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.– Dirección de Promoción del Euskera.

3.1.– Ayudas y subvenciones en materia de promoción del euskera.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de las convocatorias de las ayudas y subvenciones de la Dirección de Promoción del Euskera.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de subvenciones.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas mediante formularios y documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Representante, empresa.

e) Cesiones de datos:

Publicación en el BOPV del nombre y apellidos de las personas beneficiarias de la subvención y del importe de la misma, en el caso de tratarse de personas físicas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Promoción del Euskera de la Viceconsejería de Política Lingüística.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.2.– Difusión de la toponimia.

a) Finalidad y usos previstos:

Envío de actualizaciones y resolución de consultas realizadas sobre la toponimia de Euskal Herria.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas interesadas y representantes de entidades interesadas en información toponímica, así como informantes.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen mediante encuestas, formularios y solicitudes.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

Datos de detalle de empleo:

– Puesto de trabajo.

– Empresa, entidad.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Promoción del Euskera de la Viceconsejería de Política Lingüística.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.3.– Contactos de la Dirección de Promoción del Euskera.

a) Finalidad y usos previstos:

Contactar, atender consultas y solicitudes, enviar información y publicaciones y gestionar solicitudes e invitaciones a participar en cursos, congresos, jornadas y otros eventos organizados por la Dirección o con su colaboración.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que tienen relación con las áreas de actuación de la Dirección por su propio interés particular, profesional o pertenencia a entidades públicas o privadas, así como usuarios y usuarias de servicios de la Dirección.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios, entrevistas, encuestas, comunicación telefónica, correo postal o electrónico u otra documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

– Página web.

Datos de características personales:

– Lengua de comunicación.

Datos de detalle de empleo:

– Cargo o puesto de trabajo en empresa o entidad.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Profesión.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Promoción del Euskera de la Viceconsejería de Política Lingüística.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

4.– Dirección de Promoción de la Cultura.

4.1.– Ayudas y subvenciones en materia de creación y difusión cultural.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de ayudas económicas y subvenciones en materia de creación y difusión cultural (música, cine, teatro, danza, libros, artes plásticas, etc.)

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de subvenciones en materia de creación y difusión cultural.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios y otra documentación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Otros: representante, empresa.

Datos económico-financieros:

– Datos bancarios (número de cuenta)

Datos de transacciones:

– Importe de la subvención o ayuda.

e) Cesiones de datos:

Publicación en el BOPV del nombre y apellidos de las personas beneficiarias de la subvención y del importe de la misma, en el caso de tratarse de personas físicas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Promoción de la Cultura de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

4.2.– Contactos de la Dirección de Promoción de la Cultura.

a) Finalidad y usos previstos:

Contactar, atender consultas y solicitudes, enviar información y publicaciones y gestionar solicitudes e invitaciones a participar en cursos, congresos, jornadas y otros eventos organizados por la Dirección o con su colaboración.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que tienen relación con las áreas de actuación de la Dirección por su propio interés particular, profesional o pertenencia a entidades públicas o privadas, así como usuarios y usuarias de servicios de la Dirección.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios, entrevistas, encuestas, comunicación telefónica, correo postal o electrónico u otra documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

– Página web.

Datos de características personales:

– Lengua de comunicación.

Datos de detalle de empleo:

– Cargo o puesto de trabajo en empresa o entidad.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Profesión.

e) Cesiones de datos:

A las compañías de teatro se facilitan datos de los responsables de los teatros de la red vasca. A los teatros de la red vasca, se facilitan datos de los responsables de las compañías de teatro.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Promoción de la Cultura de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

5.– Dirección de Juventud y Acción Comunitaria.

5.1.– Juventud vasca cooperante.

a) Finalidad y usos previstos:

Selección de los y las cooperantes que van a participar en los diferentes proyectos de cooperación.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que solicitan participar en proyectos de cooperación.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios y vía telemática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Imágenes (fotografías)

Datos de características personales:

– Fecha y lugar de nacimiento.

– Datos de familia.

– Sexo.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a asociaciones.

– Proyecto, ONG y País de destino.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Curriculum Vitae.

e) Cesiones de datos:

A ONGs participantes en el proyecto y a Sanidad Exterior (Ministerio de Sanidad). Publicación en BOPV de nombre y apellidos de participantes en el programa.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Juventud y Acción Comunitaria de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

5.2.– Escuelas de Tiempo Libre.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de las certificaciones de tiempo libre infantil y juvenil reconocidas: Director o Directora, Monitor o Monitora y Dinamizadores de Tiempo Libre.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que han obtenido títulos de Director o Directora de Tiempo Libre, Monitor o Monitora de Tiempo Libre y/o Dinamizador o Dinamizadora, así como aquellas que están realizando dichos estudios. Personas interlocutoras de las entidades relacionadas con estos títulos (Escuelas que imparten los estudios y Diputaciones Forales) ante la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las Escuelas y las Diputaciones, a través de formularios y mediante aplicación informática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de características personales:

– Fecha de nacimiento.

– Sexo.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Escuela de obtención del título.

e) Cesiones de datos:

A las Diputaciones Forales y Escuelas de Tiempo Libre.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Juventud y Acción Comunitaria de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

5.3.– Gestión de carnets.

a) Finalidad y usos previstos:

Emisión de carnés internacionales y de alberguista, gestión y control de la emisión de la Gazte txartela y fines estadísticos.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Titulares de los carnés.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios y vía telemática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de características personales:

– Fecha de nacimiento.

– Sexo.

– Si es extranjero.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Ocupación.

e) Cesiones de datos:

A las Oficinas de información juvenil (municipales, de la Diputación o privadas) y a los Albergues de la Diputación, que tramitan y emiten los carnés internacionales y de alberguista.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Juventud y Acción Comunitaria de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

5.4.– Contactos de la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria.

a) Finalidad y usos previstos:

Contactar, atender consultas y solicitudes, enviar información y publicaciones y gestionar solicitudes e invitaciones a participar en cursos, congresos, jornadas y otros eventos organizados por la Dirección o con su colaboración.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que tienen relación con las áreas de actuación de la Dirección por su propio interés particular, profesional o pertenencia a entidades públicas o privadas, así como usuarios y usuarias de servicios de la Dirección.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios, entrevistas, encuestas, comunicación telefónica, correo postal o electrónico u otra documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

– Página web.

Datos de características personales:

– Lengua de comunicación.

Datos de detalle de empleo:

– Cargo o puesto de trabajo en empresa o entidad.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Profesión.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Juventud y Acción Comunitaria de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

5.5.– Ayudas y subvenciones de la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de subvenciones de la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de subvenciones.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios y otra documentación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Otros: representante, empresa.

Datos económico-financieros:

– Datos bancarios (número de cuenta)

Datos de transacciones:

– Importe de la subvención.

e) Cesiones de datos:

Publicación en el BOPV del nombre y apellidos de las personas beneficiarias de la subvención y del importe de la misma, en el caso de tratarse de personas físicas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Juventud y Acción Comunitaria de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

5.6.– Agentes de juventud.

a) Finalidad y usos previstos:

Facilitar el intercambio de información entre las diferentes autoridades encargadas de la toma de decisiones, el personal investigador, los profesionales y los principales agentes intervinientes en el campo juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Difusión de publicaciones e información del OVJ. Elaboración de un directorio a mostrar en un portal web de acceso restringido.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Autoridades encargadas de la toma de decisiones, personal investigador, profesionales y agentes intervinientes en el campo juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma Vasca.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas, de Boletines Oficiales, de prensa escrita y de Ayuntamientos, mediante formularios, encuestas, por vía telemática y directamente de la aplicación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

Datos de características personales:

– Idioma de comunicación.

Datos de características sociales:

– Pertenencia a clubes, asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Puesto de trabajo.

– Cargo, empresa.

Datos especialmente protegidos:

– Ideología.

– Sindicales.

– Religiosos.

– Orientación sexual.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Juventud y Acción Comunitaria de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

5.7.– Campos de trabajo.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión del programa de Campos de Trabajo y fines estadísticos.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Participantes en campos de trabajo y personas de contacto para casos de urgencia.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas, de asociaciones internacionales y de Administraciones Públicas de otras Comunidades Autónomas mediante formularios y por vía telemática y telefónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Firma.

Datos de características personales:

– Fecha de nacimiento.

– Sexo.

– Nacionalidad.

– Si es extranjero.

Datos económico-financieros:

– Cuenta corriente.

Datos académicos y profesionales:

– Ocupación, Idiomas, Experiencia en voluntariado.

Datos especialmente protegidos:

– Salud.

e) Cesiones de datos:

Al Instituto Nacional de la Juventud (Injuve), dependiente del Ministerio de Trabajo, que gestiona los campos de trabajo extranjeros y los seguros. A la Administración de otras Comunidades Autónomas en las que se desarrolla el campo de trabajo. Publicación en BOPV de nombre y apellidos de participantes en el programa.

f) Transferencias internacionales:

A asociaciones internacionales privadas que gestionan campos de trabajo en el extranjero (en Italia, Francia y Alemania).

g) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Juventud y Acción Comunitaria de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

h) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.– Dirección de Deportes.

6.1.– Registro público de entidades deportivas.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión del registro de entidades deportivas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas responsables e interlocutoras de las entidades deportivas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las entidades deportivas mediante formularios y vía telemática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– Nombre y apellidos.

– Teléfono.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a clubes o asociaciones.

e) Cesiones de datos:

Publicación en la Web de los nombres y la federación a la que pertenecen.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Deportes de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.2.– Contactos de la Dirección de Deportes.

a) Finalidad y usos previstos:

Contactar, atender consultas y solicitudes, enviar información y publicaciones y gestionar solicitudes e invitaciones a participar en cursos, congresos, jornadas y otros eventos organizados por la Dirección o con su colaboración.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que tienen relación con las áreas de actuación de la Dirección por su propio interés particular, profesional o pertenencia a entidades públicas o privadas, así como usuarios y usuarias de servicios de la Dirección.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios, entrevistas, encuestas, comunicación telefónica, correo postal o electrónico u otra documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

– Página web.

Datos de características personales:

– Lengua de comunicación.

Datos de detalle de empleo:

– Cargo o puesto de trabajo en empresa o entidad.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Profesión.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Deportes de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.3.– Ayudas y subvenciones en materia de deportes.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de subvenciones en materia de deporte.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de subvenciones en materia de deporte.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios y otra documentación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a clubes o asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Representante, Empresa.

Datos de transacciones:

– Importe de la subvención.

e) Cesiones de datos:

Publicación en el BOPV del nombre y apellidos de las personas beneficiarias de la subvención y del importe de la misma, en el caso de tratarse de personas físicas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Deportes de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.4.– Deportistas usuarios del Centro de Perfeccionamiento Técnico.

a) Finalidad y usos previstos:

Control de accesos de deportistas al centro de alto rendimiento.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Deportistas que entran y salen del centro.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante entrevistas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI.

– Nombre y apellidos.

– Teléfono.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a clubes o asociaciones.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

g) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Deportes de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

h) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.5.– Participantes en juegos escolares.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de la organización de los juegos escolares.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Participantes en los juegos escolares y organizadores.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las Diputaciones mediante formularios y vía telemática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– Nombre y apellidos.

– Dirección.

Datos de características personales:

– Sexo.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a clubes o asociaciones.

– Licencias, permisos, autorizaciones.

e) Cesiones de datos:

Publicación de los datos en Internet.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Deportes de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.6.– Deportistas de alto nivel.

a) Finalidad y usos previstos:

Control de los valores biológicos que estiman la capacidad de los deportistas de alto nivel. Gestión de los deportistas atendidos por el centro de perfeccionamiento técnico.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Deportistas de alto nivel.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de la persona interesada mediante exploraciones médicas, analítica, formularios, entrevistas, encuestas, vía telemática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI.

– Nombre y apellidos.

– Dirección.

– Teléfono.

– Marcas físicas.

Datos de características personales:

– Estado civil.

– Fecha de nacimiento.

– Lugar de nacimiento.

– Características físicas.

– Edad.

– Sexo.

– Nacionalidad.

Datos de circunstancias sociales:

– Estilo de vida (deportiva)

– Pertenencias a clubes o asociaciones.

Datos especialmente protegidos:

– Salud.

– Vida sexual.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Deportes de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.7.– Premios a deportistas de alto nivel.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de los premios a deportistas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Deportistas susceptibles de recibir un premio.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de la persona interesada y de las federaciones deportivas mediante formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI.

– Nombre y apellidos.

– Dirección.

– Teléfono.

Datos de características personales:

– Sexo.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencias a clubes o asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Datos no económicos de trabajadores.

Datos económico-financieros:

– Ingresos rentas.

– Datos bancarios (cuentas...)

– Datos económicos de nominas.

Datos de infracciones:

– Administrativas.

Datos especialmente protegidos:

– Salud.

e) Cesiones de datos:

Publicación de los datos en el Boletín Oficial del País Vasco y en Internet.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Deportes de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.8.– Escuela Vasca del Deporte.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de la Escuela Vasca del Deporte.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Alumnos y alumnas de la Escuela Vasca del deporte.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios y vía telemática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI.

– Nombre y apellidos.

– Dirección.

– Teléfono.

Datos de características personales:

– Fecha de nacimiento.

– Sexo.

– Nacionalidad.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencias a clubes o asociaciones.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Puestos de trabajo.

Datos económico-financieros:

– Datos bancarios (cuentas...)

Datos especialmente protegidos:

– Salud.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Deportes de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

7.– Dirección de Patrimonio Cultural.

7.1.– Propiedad intelectual.

a) Finalidad y usos previstos:

Recepción, inscripción y liquidación provisional de la tasa de la obra presentada en el Registro. Realización del parte mensual y remisión junto a las obras depositadas al Registro General de la Propiedad Intelectual.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que solicitan que se registren sus obras en el Registro de Propiedad Intelectual.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada mediante formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de Información comercial:

– Creaciones artísticas, literarias, científicas o técnicas.

e) Cesiones de datos:

Al Registro General de Propiedad Intelectual.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio Cultural de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

7.2.– Depósito legal.

a) Finalidad y usos previstos:

Adjudicación del número de depósito legal para libros, revistas y otros materiales y el control de su recepción. Estadísticas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Peticionarios del depósito legal, así como autores, autoras, editores, editoras, impresores, impresoras, productores y productoras del material.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada y de otras personas físicas distintas a la persona interesada (autoras, editores, editoras, impresores, impresoras, productores y productoras del material) mediante formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

Datos de Información comercial:

– Creaciones artísticas, literarias, científicas o técnicas.

e) Cesiones de datos:

A la Biblioteca Nacional de Madrid: el listado con los materiales del depósito legal, en que aparece el autor o autora de cada uno de ellos.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio Cultural de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

7.3.– Catálogo en línea de las bibliotecas públicas de Euskadi.

a) Finalidad y usos previstos:

Control de los préstamos y del conocimiento de las bibliotecas. Indicadores de rendimiento de las bibliotecas y estadísticas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Bibliotecarios, bibliotecarias, lectores y lectoras de las bibliotecas públicas de Euskadi.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de los lectores y lectoras mediante formularios y de las bibliotecas públicas por vía telemática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Firma electrónica.

– Número de lector o lectora.

Datos de características personales:

– Datos de familia (de los padres, si es menor)

– Fecha de nacimiento.

– Sexo.

– Idioma de contacto.

Datos de circunstancias sociales:

– Otros: tipo de lector o lectora, biblioteca asignada.

Datos académicos y profesionales:

– Otros: profesión.

Datos de detalle de empleo:

– Puesto de trabajo (de bibliotecarios y bibliotecarias)

Datos de transacciones:

– Último préstamo.

e) Cesiones de datos:

A las bibliotecas públicas integradas en el Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio Cultural de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

7.4.– Contactos de la Dirección de Patrimonio Cultural.

a) Finalidad y usos previstos:

Contactar, atender consultas y solicitudes, enviar información y publicaciones y gestionar solicitudes e invitaciones a participar en cursos, congresos, jornadas y otros eventos organizados por la Dirección o con su colaboración.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que tienen relación con las áreas de actuación de la Dirección por su propio interés particular, profesional o pertenencia a entidades públicas o privadas, así como usuarios y usuarias de servicios de la Dirección.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios, entrevistas, encuestas, comunicación telefónica, correo postal o electrónico u otra documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

– Página web.

Datos de características personales:

– Lengua de comunicación.

Datos de detalle de empleo:

– Cargo o puesto de trabajo en empresa o entidad.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Profesión.

Datos de transacciones.

– Fondos consultados y consultas en el Archivo.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio Cultural de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

7.5.– Ayudas y subvenciones en materia de Patrimonio Cultural.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de subvenciones en materia de patrimonio cultural.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de subvenciones en materia de patrimonio cultural.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada mediante formularios y otra documentación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Otros: representante, Empresa.

Datos económico-financieros:

– Datos bancarios (número de cuenta)

Datos de transacciones:

– Importe de la subvención.

e) Cesiones de datos:

Publicación en el BOPV del nombre y apellidos de las personas beneficiarias de la subvención y del importe de la misma, en el caso de tratarse de personas físicas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio Cultural de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

8.– Dirección del Gabinete y Medios de Comunicación Social.

8.1.– Contactos de la Dirección del Gabinete y Medios de Comunicación Social.

a) Finalidad y usos previstos:

Contactar y enviar información, así como la gestión de las relaciones sociales e institucionales. Invitar a actos organizados por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco o con su colaboración (presentación del Plan Vasco de Cultura, premios de arte y literatura, feria del libro y del disco, etc.). Distribución de publicaciones y de felicitaciones de Navidad.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Cargos públicos y personas pertenecientes a las Comisiones de Cultura, y, en general, personalidades relacionadas con el mundo de la Cultura.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada y de Administraciones Públicas mediante encuestas y de medios de comunicación (prensa, revista “Argia” y de la guía de comunicación de Presidencia).

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a clubes y asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Cargo, Institución, Departamento.

Datos especialmente protegidos:

– Ideología.

e) Cesiones de datos:

A Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña o de la Comunidad de Madrid, cuando se organiza allí Gure Artea.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Gabinete y Medios de Comunicación Social

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

9.– Dirección de Servicios.

9.1.– Contratación.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de expedientes de contratación.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Licitadores y sus representantes o apoderados y apoderadas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada mediante ofertas, contratos y documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Pertenencia a colegios o asociaciones profesionales.

Datos de detalle de empleo:

– Puesto de trabajo.

– Empresa.

e) Cesiones de datos:

A cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

9.2.– Formación.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de la formación del personal del Departamento de Cultura, detectando las necesidades individuales de formación.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Las personas interesadas y el IVAP.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

Datos académicos y profesionales:

– Necesidades individuales de formación.

– Cursos realizados.

Datos de detalle de empleo:

– Servicio del Departamento.

– Tareas del puesto de trabajo.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

9.3.– Ayudas y subvenciones de la Dirección de Servicios.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de subvenciones de la Dirección de Servicios.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de subvenciones.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada mediante formularios y otra documentación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de circunstancias sociales:

– Pertenencia a asociaciones.

Datos de detalle de empleo:

– Representante, Empresa.

Datos económico-financieros:

– Datos bancarios (número de cuenta)

Datos de transacciones.

– Importe de la subvención.

e) Cesiones de datos:

Publicación en el BOPV del nombre y apellidos de las personas beneficiarias de la subvención y del importe de la misma, en el caso de tratarse de personas físicas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

9.4.– Expedientes de Asesoría Jurídica.

a) Finalidad y usos previstos:

Tramitación de recursos administrativos, actos de órganos colegiados, expedientes sancionadores, etc.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas interesadas en los expedientes.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada mediante la documentación que aporta.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

Datos de detalle de empleo:

– Puesto de trabajo.

Datos de infracciones:

– Infracciones administrativas.

e) Cesiones de datos:

A cualquiera persona interesada en el expediente.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel Medio.

9.5 Contactos de la Dirección de Servicios.

a) Finalidad y usos previstos:

Contactar, atender consultas y solicitudes, enviar información y publicaciones y gestionar solicitudes e invitaciones a participar en cursos, congresos, jornadas y otros eventos organizados por el Departamento o con su colaboración.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que tienen relación con las áreas de actuación del Departamento por su propio interés particular, profesional o pertenencia a entidades públicas o privadas, así como usuarios y usuarias de servicios de la Dirección.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas mediante formularios, entrevistas, encuestas, comunicación telefónica, correo postal o electrónico u otra documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo:

– DNI/NIF.

– Nombre y apellidos.

– Dirección (postal, electrónica)

– Teléfono.

– Fax.

– Página web.

Datos de características personales:

– Lengua de comunicación.

Datos de detalle de empleo:

– Cargo o puesto de trabajo en empresa o entidad.

Datos académicos y profesionales:

– Formación, titulaciones.

– Profesión.

e) Cesiones de datos:

No se prevén.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Cultura

Dirección de Servicios

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

ANEXO II

CREACIÓN DE FICHEROS DEL INSTITUTO DE

ALFABETIZACIÓN Y REEUSKALDUNIZACIÓN DE ADULTOS (HABE)

Se crean los siguientes ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE):

1.– Fakturak.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y seguimiento de la facturación de publicaciones y demás servicios prestados por HABE.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas físicas o jurídicas interesadas en cualquier publicación o servicio prestado por HABE.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

De la persona interesada o su representante legal, mediante transmisión telemática, Internet, formularios, cupones y vía telefónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI o NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, e-mail.

Datos de características sociales: territorio.

Datos económico-financieros: modo de pago, número de factura.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos – HABE.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

HABE - Instituto para la Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos

Organismo Autónomo del Gobierno Vasco

C/ Vitoria-Gasteiz, n.º 3

20018 Donostia–San Sebastián (Gipuzkoa)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.– Ikasleak.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión del alumnado y su proceso de aprendizaje.

Gestión de acreditación de niveles de HABE.

Gestión de acreditación de EGA.

Gestión de subvención a alumnos y alumnas.

Remisión de información relativa a los diferentes programas y recursos existentes tanto propios como ajenos en materia de euskaldunización - alfabetización.

Estudios estadísticos.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas matriculadas en un centro inscrito en el Registro de HABE.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

De la persona interesada o su representante legal o euskaltegis y centros de autoaprendizaje de euskera, mediante formularios, cupones y transmisión telemática, Internet, en soporte magnético o informático, telemático o papel.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI o NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, imagen, voz, e–mail, contraseña.

Datos de características personales: fecha y lugar de nacimiento, sexo, nacionalidad, año de llegada al País Vasco, conocimiento de euskera del padre y madre.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, modelo lingüístico de estudios realizados.

Datos de detalle de empleo: situación laboral, puesto de trabajo.

Datos económico–financieros: datos bancarios (cuenta corriente)

e) Cesiones de datos:

Departamento de Educación, Universidades e Investigación, Ayuntamientos, euskaltegis, y entidades públicas o privadas conveniadas con HABE para la financiación del aprendizaje de euskera de sus trabajadores.

f) Órgano responsable del fichero:

Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos – HABE.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

HABE - Instituto para la Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos

Organismo Autónomo del Gobierno Vasco

C/ Vitoria-Gasteiz, n.º 3

20018 Donostia–San Sebastián (Gipuzkoa)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.– Euskaltegien izendegia.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de centros inscritos en el Registro de HABE cuando sean susceptibles de subvención por parte de ésta.

Tratamiento de control y seguimiento de la justificación de gasto exigida a los euskaltegis beneficiarios de subvención.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas de contacto o responsables de centros inscritos en el Registro de HABE.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

De la persona interesada o su representante legal o euskaltegis y centros de autoaprendizaje de euskera, mediante formularios o cupones en soporte papel.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI o NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

Datos de detalle de empleo: categoría, grado.

Datos económico–financieros: datos bancarios (número de cuenta corriente)

e) Cesiones de datos:

Departamento de Hacienda y Administraciones Públicas.

f) Órgano responsable del fichero:

Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos – HABE.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

HABE - Instituto para la Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos

Organismo Autónomo del Gobierno Vasco

C/ Vitoria-Gasteiz, n.º 3

20018 Donostia–San Sebastián (Gipuzkoa)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

4.– Zerbitzuak.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de usuarios y usuarias de la biblioteca, de suscriptores a revistas y de comunicaciones con ciudadanos y ciudadanas solicitadas vía web.

Remisión de información relativa a los diferentes servicios programas y recursos existentes tanto propios como ajenos en materia de euskaldunización – alfabetización.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas con algún tipo de necesidad lingüística.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

De la propia persona interesada o su representante legal, mediante formularios/cupones, transmisión telemática, Internet o vía telefónica, en soporte papel, digital o telefónico.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, imagen/voz, número del lector o lectora.

Datos de características personales: fecha de nacimiento.

Datos de detalles de empleo: categoría y grado.

Datos económico–financieros: datos bancarios (cuenta corriente)

e) Cesiones de datos:

Entidades financieras.

f) Órgano responsable del fichero:

Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos – HABE.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

HABE - Instituto para la Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos

Organismo Autónomo del Gobierno Vasco

C/ Vitoria-Gasteiz, n.º 3

20018 Donostia–San Sebastián (Gipuzkoa)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

5.– Heziketa.

a) Finalidad y usos previstos:

Seguimiento y gestión de las actividades formativas desarrolladas por todas las personas que participen de aquéllas organizadas por HABE.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas participantes en cualquiera de las actividades formativas organizadas por HABE.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la propia persona interesada o su representante legal, de euskaltegis y centros de autoaprendizaje de euskera y Administraciones Públicas como el Gobierno Vasco, mediante formularios o cupones, transmisión telemática, Internet y telefónica en soporte papel, digital o telefónico.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI o NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, imagen, voz, número de matrícula.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, experiencia profesional, pertenencia a colegios o asociaciones profesionales, euskaltegi al que pertenece.

Datos de detalle de empleo: lugar de trabajo.

Datos económico-financieros: datos bancarios (cuenta corriente)

e) Cesiones de datos:

Instituto Vasco de Administraciones Públicas, Universidad del País Vasco y otras entidades con las que se organizan cursos.

f) Órgano responsable del fichero:

Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos – HABE.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

HABE - Instituto para la Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos

Organismo Autónomo del Gobierno Vasco

C/ Vitoria-Gasteiz, n.º 3

20018 Donostia–San Sebastián (Gipuzkoa)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.– Egonaldiak familia euskaldunetan.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de las personas participantes, tanto familias como estudiantes del programa Egonaldiak Familia Euskaldunetan.

Remisión de información y publicidad relacionada con el programa.

Análisis y estudios estadísticos.

b) Personas o colectivos afectados:

Familias euskaldunes residentes en poblaciones o entidades de población con un porcentaje de vascoparlantes superior al 70%, así como estudiantes con interés en participar en el programa.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas o su representante legal y de la entidad adjudicataria del servicio, mediante formularios y cupones, transmisión telemática, Internet o vía telefónica, en formato papel, digital o telefónico.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI o NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

Datos de circunstancias sociales: estado civil, de familia, fecha de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad, lengua materna.

Datos de características sociales: de vivienda, de propiedades y posesiones, distancia del centro de población.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones (nivel de euskera)

Datos de detalle de empleo: si trabaja o no en administración pública o educación.

Datos económico-financieros: datos bancarios (número de cuenta)

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos – HABE.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

HABE - Instituto para la Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos

Organismo Autónomo del Gobierno Vasco

C/ Vitoria-Gasteiz, n.º 3

20018 Donostia–San Sebastián (Gipuzkoa)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

7.– Irakasleak.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión del profesorado así como comprobación del cumplimiento por parte del mismo de los requisitos exigidos.

Remisión de información relativa a los diferentes programas y recursos existentes tanto propios como ajenos en materia de euskaldunización – alfabetización.

b) Personas o colectivos afectados:

Profesores y profesoras de los euskaltegis y centros de autoaprendizaje de euskera.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas, de euskaltegis y centros de autoaprendizaje de euskera, mediante formularios o cupones, transmisión telemática, en formato papel o digital.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI o NIF, Número de Seguridad Social, Mutualidad, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

Datos de características personales: estado civil, fecha de nacimiento, sexo, lengua materna.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, experiencia profesional.

Datos de detalle de empleo: categoría y grado, puesto de trabajo, datos no económicos de nómina, historial del trabajador, euskaltegi donde trabaja, número de horas que trabaja.

Datos económico-financieros: ingresos rentas, datos económicos de nómina.

e) Cesiones de datos:

Euskaltegis y centros de autoaprendizaje de euskera, entidades conveniadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos – HABE.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

HABE - Instituto para la Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos

Organismo Autónomo del Gobierno Vasco

C/ Vitoria-Gasteiz, n.º 3

20018 Donostia–San Sebastián (Gipuzkoa)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

ANEXO III

SUPRESIÓN DE FICHEROS DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA

Se suprimen los siguientes ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Cultura, recogidos en la Orden de 5 de octubre de 1995, de la Consejera de Cultura, indicando para cada uno de ellos su destino o las previsiones para su destrucción:

a) “Relaciones Públicas y Protocolo”, bajo la responsabilidad de la Dirección del Gabinete de Apoyo al Consejero, cuyo contenido se integra en el nuevo fichero denominado “Contactos de la Dirección de Gabinete y Medios de Comunicación Social”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Gabinete y Medios de Comunicación Social.

b) “Teatro”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Creación y Difusión Cultural, cuyo contenido se integra en el nuevo fichero “Contactos de la Dirección de Promoción de la Cultura”, bajo la responsabilidad de esta misma Dirección.

c) “Registro de Participantes en Campos de Trabajo”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria, cuyo contenido se integra en el nuevo fichero denominado “Campos de Trabajo”, bajo la responsabilidad de esta misma Dirección.

d) “Registro de Monitores y Directores de Tiempo Libre” y “Registro de Animadores Socioculturales”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria, cuyo contenido se integra en el nuevo fichero denominado “Titulaciones de Escuelas de Tiempo Libre”, bajo la responsabilidad de esta misma Dirección.

e) “Gazte Txartela”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria, cuyo contenido se integra en el nuevo fichero denominado “Gestión de carnets”, bajo la responsabilidad de esta misma Dirección.

f) “Registro de Entradas y Salidas”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Servicios, cuyo contenido se integra en el fichero denominado “Libro de registro de entradas/salidas”, bajo la responsabilidad de la Dirección de la Oficina para la Modernización Administrativa del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

g) “Berripapera” bajo la responsabilidad de la Dirección de Estudios e Información, cuyo contenido se integra en el nuevo fichero denominado “Contactos de la Dirección de Promoción del Euskera”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Promoción del Euskera.

h) “Relación de Puestos de Trabajo y Titulares”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Normalización Lingüística en las Administraciones Públicas, cuyo contenido se desdobla en los nuevos ficheros denominado “Seguimiento de planes de euskera” y “Gestión de los requisitos lingüísticos en las Relaciones de Puestos de Trabajo”, ambos bajo la responsabilidad de la Dirección de Planes de Euskera.

ANEXO IV

SUPRESIÓN DE FICHEROS DEL INSTITUTO DE

ALFABETIZACIÓN Y REEUSKALDUNIZACIÓN DE ADULTOS (HABE)

Se suprimen los siguientes ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Instituto de Reeuskaldunización y Alfabetización de Adultos (HABE), recogidos en la Orden de 5 de octubre de 1995 y en la Orden de 20 de marzo de 1997, ambas de la Consejera de Cultura, indicando para cada uno de ellos su destino o las previsiones para su destrucción:

a) “Alumnos” y “Exámenes para obtención de Títulos de Euskera”, creados por la Orden de la Consejera de Cultura de 5 de octubre de 1995, cuyo contenido se integra en el fichero denominado “Ikasleak”.

b) “Profesores”, creado por la Orden de la Consejera de Cultura de 5 de octubre de 1995, que se elimina por mantener la coherencia con la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina “Irakasleak”.

c) “Suscriptores”, creado por la Orden de la Consejera de Cultura de 5 de octubre de 1995, cuyo contenido se integra en el fichero denominado “Zerbitzuak”.

d) “Gestión de Personal”, creado por la Orden de la Consejera de Cultura de 5 de octubre de 1995, cuyo contenido se integra en el fichero denominado “Gestión Integrada de Personal”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Función Pública del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

e) “Fondos Ordinarios”, creado por la Orden de la Consejera de Cultura de 5 de octubre de 1995, cuyo contenido se integra en el fichero “Fakturak”.

f) “Formación”, creado por la Orden de la Consejera de Cultura de 5 de octubre de 1995, que se elimina por mantener la coherencia con la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina “Heziketa”.

g) “Egonaldiak Familia Euskaldunetan (EFE) “, creado por la Orden de 5 de octubre de 1995, de la Consejera de Cultura, y modificado por la Orden de 20 de marzo de 1997, también de la Consejera de Cultura. Se elimina por mantener la coherencia con la presente publicación de ficheros y el nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

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