Diario del Derecho. Edición de 22/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/09/2006
 
 

DÍA DE LA JUSTICIA

08/09/2006
Compartir: 

Resolución JUS/2874/2006, de 4 de septiembre, por la que se determina el Día de la Justicia en Cataluña para el año 2006 (DOGC de 8 de septiembre de 2006). Texto completo.

§1018930

RESOLUCIÓN JUS/2874/2006, DE 4 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE DETERMINA EL DÍA DE LA JUSTICIA EN CATALUÑA PARA EL AÑO 2006.

El Decreto 82/2002, de 5 de marzo, declaró el Día de la Justicia en Cataluña con la finalidad de favorecer el acercamiento entre la Administración de justicia y la ciudadanía, y de resaltar el valor de la justicia en un Estado de derecho.

De acuerdo con el Decreto 276/2004, de 11 de mayo, de modificación del Decreto 82/2002, el Día de la Justicia en Cataluña se celebrará al inicio del año judicial, en la fecha que determine la persona titular del Departamento de Justicia mediante resolución que se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

El artículo 179 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, establece que el año judicial, período ordinario de actividad de los tribunales, se extenderá desde el 1 de septiembre, o el día hábil siguiente, hasta el 31 de julio de cada año natural.

Este año se ha considerado una fecha oportuna la del 26 de septiembre, de forma concordante con las fechas previstas por parte de los órganos de gobierno del Poder Judicial para el inicio del año judicial en España y en Cataluña.

Por todo ello, en uso de las facultades que me son conferidas,

Resuelvo:

Determinar el 26 de septiembre como Día de la Justicia en Cataluña para el año 2006.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: ¿Qué ha dicho la Comisión de Venecia?; por Carlos Vidal Prado, catedrático de Derecho Constitucional de la UNED
  2. Tribunal Supremo: El ámbito temporal de la responsabilidad civil en el delito de impago de pensiones se extiende desde el primer incumplimiento hasta la fecha del juicio oral
  3. Actualidad: El Supremo avala que en las causas judiciales se usen pruebas obtenidas de EncroChat
  4. Estudios y Comentarios: La innecesaria constitucionalización del aborto; por Ricardo de Lorenzo y Montero, doctor en Derecho y Académico Correspondiente de las Reales Academias Nacionales de Jurisprudencia y Legislación y de Medicina
  5. Tribunal Supremo: La prohibición de revisión en vía administrativa y contenciosa-administrativa de las liquidaciones vinculadas a delito no lesiona el derecho a la tutela judicial, pues se podrá controlar su conformidad a Derecho por la jurisdicción penal
  6. Actualidad: Bolaños descarta crear nuevas secciones en los juzgados de Barakaldo y Vitoria
  7. Actualidad: El TC ordena reabrir la investigación sobre la muerte de un joven en Portbou (Girona) en 2020
  8. Actualidad: El informe del CGPJ aprecia "insuficiencias y fallas" en la ley sobre el secreto profesional de los periodistas
  9. Actualidad: El Supremo tacha de "violencia económica" el impago de pensiones por hijo y prohíbe contarlas para obtener el paro
  10. Tribunal Supremo: La pérdida sobrevenida de objeto del proceso produce la terminación del mismo por concurrir una causa evidente que hace desaparecer su finalidad legítima

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana