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XII CONCURSO DE ARTESANÍA “JUNTA DE EXTREMADURA”

31/08/2006
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Orden de 23 de agosto de 2006 por la que se convoca el XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura” (DOE de 31 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018807

ORDEN DE 23 DE AGOSTO DE 2006 POR LA QUE SE CONVOCA EL XII CONCURSO DE ARTESANÍA “JUNTA DE EXTREMADURA”.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 3/1994, de 25 de mayo, de Artesanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la presente Orden se convoca el XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura” y se regulan las bases que habrán de regir el mismo, con el que se pretende incentivar y estimular la creación y favorecer la divulgación de los trabajos realizados por los artesanos de nuestra Comunidad, así como la actualización de los diseños para impulsar la creación de dichos productos.

Por todo ello, dispongo:

Artículo 1. Convocatoria.

Se convoca el XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura”, que se regirá por las bases que se detallan en el artículo 2, de la presente Orden.

Artículo 2. Bases del concurso.

El XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura” se regirá por las siguientes bases:

1. Ámbito del concurso.

El XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura” pretende valorar, estimular y promocionar la actividad artesana de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Con este fin, el Concurso se estructura en las siguientes categorías:

A. Premio “Junta de Extremadura”, a los que concurrirán todas las obras presentadas.

B. Premio “Artesanía Tradicional”, al que podrán concurrir todas aquellas obras que sean representativas de la artesanía tradicional extremeña, y siempre que así se indique, según lo establecido en el apartado 2.

C. Premio “Diseño aplicado a la Artesanía”, al que podrán concurrir todas aquellas obras realizadas al modo artesanal, en cuyo proceso de creación se hayan empleado criterios especiales de diseño, y siempre que así se indique, según lo establecido en el apartado 2.

2. Modo de participación.

Todas las obras presentadas al XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura” optarán al Premio “Junta de Extremadura”.

Las obras presentadas podrán optar, además, a los Premios “Artesanía Tradicional” y “Diseño aplicado a la Artesanía”, siempre que su/s autor/es así lo indique/n en el apartado correspondiente de la Solicitud de Participación (Anexos II y III respectivamente).

Los Premios “Artesanía Tradicional” y “Diseño aplicado a la Artesanía” son incompatibles entre sí, debiendo indicar el concursante, en su caso, por cuál de ellos opta, en los términos previstos en la Solicitud de Participación.

3. Participantes.

Podrán participar en el XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura” todos aquellos artesanos que se encuentren inscritos en el Registro de Artesanos de la Consejería de Economía y Trabajo de la Junta de Extremadura a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y cuya actividad se incluya en el Repertorio de Oficios Artesanos.

No podrán participar los ganadores de los premios concedidos por la Junta de Extremadura en la anterior convocatoria del Concurso de Artesanía.

4. Obras.

Cada artesano podrá presentar al Concurso un máximo de dos obras.

Cada obra podrá constar de una o más piezas que el autor presente como conjunto. Las piezas que se presenten bajo un mismo lema se considerarán como obra única y los premios se adjudicarán siempre a la obra completa. Se admitirán obras realizadas por dos o más autores.

5. Modo de presentación de las obras.

Las obras se presentarán debidamente embaladas para facilitar la posibilidad de su utilización tanto en las posibles exposiciones que pudieran organizarse con posterioridad al concurso, así como para su devolución. En caso de embalaje manifiestamente insuficiente, la organización se reserva el derecho de aceptar las obras.

Además para la exposición de las obras en el concurso, aquellas que por sus especiales características de tamaño, peso o colocación necesiten un soporte o apoyo especial, este deberá ser aportado por el propio artesano, no garantizándose en caso contrario la adecuada exposición de la obra dentro del concurso.

6. Requisitos adicionales.

Por cada obra que se presente, se cumplimentará una Solicitud de Participación en el XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura”, en el modelo que figura en la Orden de convocatoria como Anexo I, la cual incluye una declaración jurada haciendo constar que la obra no ha sido presentada a ningún otro concurso o acto similar. A la Solicitud de Participación se acompañarán de un mínimo de dos fotografías diferentes, de la obra que se presenta al Concurso.

La organización no aceptará ninguna obra que no disponga de su correspondiente Solicitud de Participación completa, debidamente cumplimentada y firmada por el artesano.

7. Plazos.

Para participar en el XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura”, se observarán los siguientes plazos:

a) Con anterioridad al día 29 de septiembre de 2006, las solicitudes de participación, que se formularán en el impreso que figura como Anexo I a esta Orden, se presentarán en el Registro General de la Consejería de Economía y Trabajo, en los Centros de Atención Administrativa (CAD), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Todas las solicitudes deberán obligatoriamente rellenarse a máquina.

Aquellas solicitudes que se presenten rellenas a mano, serán automáticamente excluidas.

b) Las obras concretas para participar en el Concurso se entregarán en el plazo comprendido entre el día 9 de octubre de 2006 y el 17 octubre de 2006. La presentación de las mismas se realizará de 9,00 a 14,00 horas en las dependencias de la Dirección General de Comercio, (Paseo de Roma, s/n., Módulo A, 3.ª Planta, 06800, Mérida), salvo que se comunique lo contrario a los participantes admitidos.

8. Composición del Jurado.

La composición del Jurado Calificador del XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura” será la siguiente:

– Presidente: Ilmo. Sr. Director General de Comercio o persona en quien expresamente delegue.

Vocales:

– Un representante de la Dirección General de Comercio, nombrado por el Director General.

– Un representante de la Diputación Provincial de Badajoz, nombrado por la Presidencia de la misma.

– Un representante de la Diputación Provincial de Cáceres, nombrado por la Presidencia de la misma.

– El Director de la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de Mérida.

– Un artesano que ostente la condición de Maestro Artesano, según acreditación del Registro de Artesanos de la Junta de Extremadura, nombrado por el Director General.

– El Director de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial.

– Un profesional de la comercialización de la artesanía o un técnico con especiales conocimientos en materia de diseño, nombrado por el Director General de Comercio.

– Un representante de la Red Extremeña de Desarrollo Rural (Redex).

– Un representante de la Consejería de Cultura.

Como Secretario del Jurado actuará un funcionario de la Dirección General de Comercio, nombrado por el Director General.

9. Premios.

El Jurado calificador podrá conceder los siguientes premios:

– Primer premio “Junta de Extremadura”: Trofeo de la Junta de Extremadura y dotación económica de 5.000,00 €.

– Premio “Artesanía Tradicional”: Trofeo de la Junta de Extremadura y dotación económica de 4.500,00 €.

– Premio “Diseño aplicado a la Artesanía”: Trofeo de la Junta de Extremadura y dotación económica de 4.500,00 €.

Los premios son indivisibles, no podrán ser acumulativos y podrán ser declarados desiertos cuando el Jurado considere que ninguno de los trabajos reúne las características que le hagan acreedor del mismo.

Dichos premios estarán sujetos a las retenciones que se determinan en la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el R.D. 214/1999, de 5 de febrero (Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y en las demás normas tributarias que les fueran de aplicación en la fecha de concesión de los mismos.

10. Fallo del Jurado y entrega de premios.

El fallo del jurado y la entrega de premios se realizará el día 6 de noviembre de 2006.

11. Propiedad de las obras premiadas y reserva de derechos de autor.

Las obras premiadas pasarán a ser propiedad de la Consejería de Economía y Trabajo, y podrán ser utilizadas en publicaciones, exposiciones o cualquier otra actividad que se estime conveniente, si bien se expresará, cuando proceda, el nombre de su autor o autores, así como la distinción concedida.

12. Retirada de obras no premiadas.

Las obras que no resulten premiadas podrán ser retiradas a partir del día siguiente a la finalización de la exposición, y en un plazo máximo de una semana, salvo que vayan a ser empleadas en las exposiciones que se pudieran organizar con posterioridad al Concurso, en cuyo caso se comunicará por parte de la Dirección General de Comercio.

13. Decisiones del Jurado calificador.

Las decisiones del Jurado serán inapelables.

14. Seguros.

La Dirección General de Comercio dispondrá de un seguro que cubrirá los daños que pudieran ocasionarse a las obras con motivo del Concurso, a partir del momento en que las obras sean depositadas en las dependencias de la Dirección General. Una vez finalizados los plazos para la retirada de las obras, la Dirección General no se hará responsable de la integridad y conservación de las obras que no hubieran sido retiradas.

15. Aceptación de las bases.

El solo hecho de participar en el XII Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura” supone la total aceptación y el acatamiento de las bases por parte de los participantes.

Artículo 3. Financiación.

La XII Edición del Concurso de Artesanía “Junta de Extremadura” se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 19.08.761A.642.00, código de proyecto de gastos 2004.1908.0031.00, denominado “Promoción Comercial de la Artesanía Extremeña”, por el importe total de la dotación de los premios, esto es 14.000 euros, más aquellos otros gastos que se deriven de la gestión y organización del certamen.

La presente actuación está cofinanciada en un 75% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en la medida 1.1. del Programa Operativo Integrado de Extremadura 2000-2006.

Artículo 4. Publicidad e Información.

La Administración convocante llevará a cabo las actuaciones de publicidad y difusión de la participación comunitaria de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1159/2000 de la Comisión de 30 de mayo de 2000.

Artículo 5. Carácter de los Premios.

De acuerdo con la Disposición Adicional Tercera del Decreto 64/2005, de 15 marzo, y al amparo de la Disposición Adicional Décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, estos premios quedan excluidos de la consideración de ayuda pública ya que su adjudicación implica la adquisición por parte de la Consejería de Economía y Trabajo de la propiedad material o intelectual del bien premiado.

Disposición final.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos

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