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  • EDICIÓN DE 23/08/2006
 
 

ENTIDAD AUTÓNOMA DE JUEGOS Y APUESTAS

23/08/2006
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Orden INT/419/2006, de 14 de agosto, de reestructuración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad y de reasignación de funciones de sus órganos (DOGC de 23 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018726

ORDEN INT/419/2006, DE 14 DE AGOSTO, DE REESTRUCTURACIÓN DE LA ENTIDAD AUTÓNOMA DE JUEGOS Y APUESTAS DE LA GENERALIDAD Y DE REASIGNACIÓN DE FUNCIONES DE SUS ÓRGANOS.

El artículo 2 de la Ley 5/1986, de 17 de abril, de creación de la entidad autónoma de Juego y Apuestas de la Generalidad, en la redacción dada por la Ley 11/2005, de 7 de julio, establece que la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad tiene a su cargo la organización, la gestión directa y la comercialización de los juegos que las disposiciones legales reservan a la gestión de la Generalidad, y también la recaudación por cuenta de la Generalidad de los ingresos públicos derivados de esta actividad y el pago de los premios que se establezcan. Asimismo, la Entidad pueda hacer las actividades y los servicios que se le encomienden relacionados con los juegos y las apuestas.

El artículo 8 del Decreto 296/1996, de 23 de julio, de organización y funcionamiento de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, modificado por el Decreto 213/2000, de 26 de junio, establece que, para el ejercicio de sus funciones, la Entidad tiene que estructurarse en departamentos, unidades y áreas, estructura organizativa y funcional que debe ser aprobada por la persona titular del Departamento de Interior a propuesta del Consejo de Administración de la Entidad.

La estructura aprobada por la Orden JUI/146/2003, de 19 de marzo, de estructuración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, no satisface las necesidades presentes de la Entidad, que actualmente requiere, como medida principal, la coordinación de los diversos departamentos mediante el encargo de estas funciones a algún responsable de la estructura de la Entidad. Asimismo, la Entidad requiere la creación de dos nuevas unidades en el departamento Administrativo y Financiero y en el departamento Técnico y Sorteos que deben tener por función la gestión económica y velar por las infraestructuras de la Entidad respectivamente. Éstas son las medidas principales que contiene esta Orden, las cuales se acompañan de otros ajustes como por ejemplo la creación de nuevas áreas en el departamento Administrativo y Financiero y una nueva configuración de las funciones de cada una de ellas.

Por todo eso, a propuesta del Consejo de Administración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 8 del Decreto 296/1996, de 23 de julio, de organización y funcionamiento de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad,

Ordeno:

Artículo 1

Estructura de la Entidad

1.1 La estructura básica organizativa de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad la conforman los siguientes departamentos: el departamento Administrativo y Financiero, el departamento de Marketing y Comercial, el departamento Técnico y Sorteos y el departamento de Desarrollo Tecnológico. De cada uno de estos departamentos dependen las unidades y áreas que se especifican en esta Orden.

1.2 Las tareas de coordinación de los departamentos de la Entidad están a cargo del jefe de departamento de la Entidad que nombre el Consejo de Administración a propuesta del director para realizar las funciones de asistencia al director y coordinación general de los diferentes órganos que conforman la estructura organizativa y funcional, en los términos que le sean indicados.

Artículo 2

departamento Administrativo y Financiero

2.1 El ámbito de actuación del departamento Administrativo y Financiero engloba las actuaciones que tienen relación con el marco administrativo y financiero de las actividades que desarrolla la Entidad.

2.2 El departamento Administrativo y Financiero se estructura en las unidades y áreas siguientes:

a) Unidad de gestión económica

b) Unidad jurídica y de contratación

c) Unidad de atención, gestión interna y recursos humanos

d) Área de gestión de juegos

e) Área de gestión financiera

f) Área de gestión presupuestaria

2.3 Las funciones asignadas al jefe del departamento son las siguientes:

a) Asumir la dirección administrativa y proponer la planificación financiera de la Entidad.

b) Administrar los recursos económicos incluyendo la gestión de la tesorería y presentar los estados financieros y la situación patrimonial.

c) Proponer el anteproyecto de presupuesto, gestionar su ejecución y presentar la liquidación del mismo.

d) Supervisar e impulsar las actuaciones en materia jurídica, de contrataciones, recursos humanos y régimen interno.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

2.4 A la Unidad de gestión económica le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Preparar el anteproyecto de presupuesto y hacer su seguimiento.

b) Elaborar los estados financieros y gestionar la documentación correspondiente coordinando las cuestiones relacionadas con los ingresos y los gastos de la Entidad.

c) Tramitar y hacer el seguimiento de los expedientes económicos de los diferentes departamentos de la Entidad, así como las declaraciones relativas a las obligaciones fiscales y tributarias.

d) Realizar estudios, informes y gestiones en materia económica.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

2.5 A la Unidad jurídica y de contratación le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Proponer y tramitar las modificaciones de la normativa que afecta a las actuaciones y al funcionamiento de la Entidad.

b) Tramitar las consultas y expedientes de contratación, convenios y otros, la gestión de las convocatorias y la realización de las licitaciones correspondientes.

c) Asesorar en el cumplimiento de la normativa que afecta las actuaciones y el funcionamiento de la Entidad y en la ejecución de los contratos suscritos por ésta.

d) Gestionar las actuaciones relativas a la propiedad industrial.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

2.6 A la Unidad de atención, gestión interna y recursos humanos le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Coordinar las actuaciones dirigidas a los servicios de atención e información al público, pago de premios, tramitación de incidencias y consultas.

b) Gestionar el capítulo I del presupuesto, la nómina, la Seguridad Social y la administración de los expedientes y asuntos relacionados con el personal y las actividades de formación.

c) Organizar el funcionamiento de las relaciones internas de la Entidad, así como la coordinación del archivo central de la Entidad.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

2.7 Al Área de gestión de juego le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Controlar y supervisar los datos relacionados con los ingresos y los gastos derivados de la recaudación de apuestas y premios y contabilizar las operaciones financieras derivadas de las actuaciones en materia de juego.

b) Hacer el seguimiento y control de las operaciones relacionadas con la tramitación de ingresos incluyendo la gestión de las liquidaciones con los agentes vendedores.

c) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

2.8 Al Área de gestión financiera le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Contabilizar las operaciones financieras derivadas de las actuaciones del presupuesto de gastos de la Entidad.

b) Gestionar los pagos a proveedores y acreedores a realizar.

c) Colaborar en la preparación de los estados financieros y en la documentación oficial a presentar por la Entidad.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

2.9 Al Área de gestión presupuestaria le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Contabilizar las operaciones vinculadas a la ejecución del presupuesto de la Entidad.

b) Colaborar en la preparación del presupuesto y seguimiento de su grado de cumplimiento.

c) Controlar los bienes patrimoniales de la Entidad incluyendo el estado de tesorería.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

Artículo 3

Departamento de Marketing y Comercial

3.1 El ámbito de actuación del departamento de Marketing y Comercial engloba las actuaciones que tienen relación con el ámbito comercial, de estrategia y planificación de las loterías, así como la difusión publicitaria y la imagen de éstas.

3.2 El departamento de Marketing y Comercial se estructura en la unidad comercial y el área de gestión de productos.

3.3 Las funciones asignadas al jefe del departamento son las siguientes:

a) Elaborar estrategias de actuación directamente vinculadas a la implantación de modalidades de juego y la actualización de las existentes.

b) Diseñar la política comercial y las estrategias de venta por los canales de distribución y su seguimiento, así como la planificación de los estudios de mercado.

c) Coordinar y supervisar las actuaciones de carácter promocional de las loterías, así como los actos de difusión y relaciones públicas que se lleven a cabo.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

3.4 A la Unidad comercial le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Hacer el seguimiento de la organización, la gestión y el funcionamiento de la estructura comercial de distribución y el estado de la red comercial.

b) Resolver las quejas vinculadas con las actuaciones en los puntos de venta, así como canalizar las sugerencias y las incidencias.

c) Participar en las actuaciones de promoción de las loterías en la red de agentes vendedores y actuar en representación de la Entidad ante éstos cuando se requiera.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

3.5 Al Área de gestión de productos le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Preparar y definir el plan de actuaciones para cada una de las loterías que tenga asignadas, así como la colaboración en la definición de la planificación publicitaria y promocional respectiva.

b) Asumir y ejecutar las actuaciones derivadas del plan de marketing aprobado, procediendo, en su caso, a la propuesta de contratación con los medios de comunicación de los espacios publicitarios.

c) Investigación de la información, evaluación y preparación de análisis, estadísticas y memorias en relación con el mercado en que se opere.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

Artículo 4

Departamento Técnico y Sorteos.

4.1 El ámbito de actuación del departamento Técnico y Sorteos engloba las actuaciones que tienen relación con el ámbito de las infraestructuras, equipamientos y instalaciones de soporte para la gestión de las loterías y los sorteos.

4.2 El departamento Técnico y Sorteos se estructura en la unidad de infraestructuras.

4.3 Las funciones asignadas al/a la jefe/a del departamento son las siguientes:

a) Asumir el control y la supervisión del tratamiento de las informaciones recibidas en el centro de procesamiento de datos y la operativa de éste.

b) Supervisar y controlar los elementos materiales vinculados a las infraestructuras tanto de comunicaciones como de tratamiento de información que posibilitan la realización de apuestas.

c) Planificar y ejecutar el desarrollo informático de la Entidad, y gestionar los aplicativos, equipamientos y la interconexión entre las redes por el tratamiento y procesamiento de datos.

d) Diseñar y ejecutar el plano de emergencia de las instalaciones y sistemas relativos a las loterías.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

4.4 A la Unidad de infraestructuras le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Coordinar las actuaciones sobre la aplicación de los sistemas de telecomunicaciones en colaboración con los diferentes suministradores y operadores como también la elaboración de informes técnicos en materia de comunicaciones.

b) Control y gestión del mantenimiento y la conservación de todas las infraestructuras de la Entidad y de los equipamientos de los puntos de venta.

c) Planificar y hacer el seguimiento de los sistemas de vigilancia y seguridad de las dependencias de la Entidad.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

Artículo 5

Departamento de Desarrollo Tecnológico

5.1 El ámbito de actuación del departamento de Desarrollo Tecnológico engloba las actuaciones que tienen relación con el ámbito de las nuevas tecnologías y su adaptación en torno a las loterías.

5.2 Las funciones asignadas al jefe del departamento son las siguientes:

a) Hacer el seguimiento de la evolución de las tecnologías y su viabilidad de implantación a las loterías planificando y coordinando proyectos a desarrollar.

b) Supervisar los procedimientos y tecnologías aplicadas a la gestión de las loterías proponiendo alternativas para mejorar la eficacia.

c) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea atribuida.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden JUI/146/2003, de 19 de marzo, de estructuración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad (DOGC núm. 3857, de 3.4.2003).

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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