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MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN CTC/867/2006

17/08/2006
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Resolución TRI/2668/2006, de 20 de julio, por la que se modifica la Resolución CTC/867/2006, de 24 de marzo, por la que se abre la convocatoria, y se modifican las bases para la concesión de subvenciones destinadas a las organizaciones de consumidores y usuarios que llevan a cabo actividades de información y de defensa de los consumidores y usuarios (DOGC de 17 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018663

RESOLUCIÓN TRI/2668/2006, DE 20 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN CTC/867/2006, DE 24 DE MARZO, POR LA QUE SE ABRE LA CONVOCATORIA, Y SE MODIFICAN LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LAS ORGANIZACIONES DE CONSUMIDORES Y USUARIOS QUE LLEVAN A CABO ACTIVIDADES DE INFORMACIÓN Y DE DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS.

Vista la Resolución CTC/867/2006, de 24 de marzo, por la que se abre la convocatoria y se modifican las bases para la concesión de subvenciones destinadas a las organizaciones de consumidores y usuarios que llevan a cabo actividades de información y de defensa de los consumidores y usuarios.

Dado que con el presupuesto previsto en la Resolución CTC/867/2006, de 24 de marzo, no se puede dar cumplimiento a la realización de proyectos de las organizaciones de consumidores y usuarios que llevan a cabo actividades de información y de defensa de los consumidores y usuarios, se considera oportuno modificar el artículo 2.1 de la mencionada Resolución CTC/867/2006, de 24 de marzo, con respecto al importe máximo de la convocatoria de subvenciones destinadas a las organizaciones de consumidores y usuarios que llevan a cabo actividades de información y de defensa de los consumidores y usuarios.

Vistos el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, y en uso de las atribuciones que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Se modifica el artículo 2.1 de la Resolución CTC/867/2006, de 24 de marzo, que queda redactado de la manera siguiente:

“El importe total de las subvenciones otorgadas no puede exceder los 495.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria D/6170.482.6100.00/4610 y de 60.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria D/6170.782.6100.00/4610.”

Disposición final

Esta Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

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