§1018592
ORDEN ARP/400/2006, DE 31 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN ARP/172/2004, DE 20 DE MAYO, QUE REGULA LAS ACTUACIONES DE LOS CONSEJOS REGULADORES DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN VITIVINÍCOLAS RESPECTO AL REGISTRO VITIVINÍCOLA DE CATALUÑA, Y ESTABLECE LOS CRITERIOS DE ADECUACIÓN DE LAS DISCREPANCIAS DE SUPERFICIES DE LAS PARCELAS INSCRITAS EN EL REGISTRO.
El Decreto 264/2003, de 21 de octubre, regula el Registro vitivinícola de Cataluña, y en su disposición adicional primera establece que el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca fijará un marco de actuación para que los consejos reguladores de las denominaciones de origen vínicas puedan utilizar el Registro y, en concreto, como herramienta para la gestión y el control de los inscritos, como señala el artículo 2 del Decreto mencionado.
Mediante la Orden ARP/172/2004, de 20 de mayo, se regulan las actuaciones de los consejos reguladores de las denominaciones de origen vitivinícolas respecto al Registro vitivinícola de Cataluña, y se establecen los criterios de adecuación de las discrepancias de superficies de las parcelas inscritas en el Registro (DOGC núm. 4145, de 2.6.2004), Teniendo en cuenta las competencias de los consejos reguladores de las denominaciones de origen que les atribuyen el artículo 11 de la Ley 15/2002, de 27 de junio, de ordenación vitivinícola, el artículo 33 del Decreto 474/2004, de 28 de diciembre, de despliegue de esta Ley, y los reglamentos respectivos de cada denominación de origen, se cree conveniente facilitar el control que deben llevar los consejos reguladores sobre sus inscritos, y permitir que accedan a los datos alfanuméricos y gráficos de los inscritos en el Registro vitivinícola de Cataluña.
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas, de conformidad con la disposición adicional primera del Decreto 264/2003, de 21 de octubre, que regula el Registro vitivinícola de Cataluña, ORDENO:
Artículo único Se modifica el artículo 2.1 de la Orden ARP/ 172/2004, de 20 de mayo, que queda redactado de la manera siguiente:
2.1 Los consejos reguladores de las denominaciones de origen vitivinícolas que tengan zona de producción y de elaboración en Cataluña tendrán acceso a los datos alfanuméricos y gráficos del Registro vitivinícola de Cataluña, para coordinar la gestión y el control de la producción, la elaboración y el embotellado que efectúan las correspondientes denominaciones de origen. DISPOSICIÓN FINAL
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.