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  • EDICIÓN DE 09/08/2006
 
 

PARO

09/08/2006
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Resolución TRI/2647/2006, de 28 de julio, por la que se amplía el plazo de ejecución de las acciones de formación en empresas con compromiso de contratación dirigidas a trabajadores en situación de paro, previstas en la Resolución TRI/382/2006, de 9 de febrero, por la que se inicia y se desarrolla el procedimiento de concesión de formación en empresas con compromiso de contratación dirigidas a trabajadores en situación de paro (DOGC de 9 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018579

RESOLUCIÓN TRI/2647/2006, DE 28 DE JULIO, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES DE FORMACIÓN EN EMPRESAS CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN DIRIGIDAS A TRABAJADORES EN SITUACIÓN DE PARO, PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN TRI/382/2006, DE 9 DE FEBRERO, POR LA QUE SE INICIA Y SE DESARROLLA EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE FORMACIÓN EN EMPRESAS CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN DIRIGIDAS A TRABAJADORES EN SITUACIÓN DE PARO.

Considerando la Orden TRI/211/2005, de 27 de abril, por la que se regula el procedimiento común relativo a los otorgamientos de las subvenciones gestionadas por el Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 4384, de 13.5.2005); Considerando la Orden TRI/212/2005, de 27 de abril, reguladora de los programas de mejora de la calificación profesional (DOGC núm. 4384, de 13.5.2005); Considerando que la Resolución TRI/382/ 2006, de 9 de febrero (DOGC núm. 4581, de 27.2.2006), por la que se inicia y se desarrolla el procedimiento de concesión de las subvenciones para la realización de acciones de formación en empresas con compromiso de contratación dirigidas a trabajadores en situación de paro, establece en el artículo 12.2 que la acción formativa subvencionada debe finalizar dentro del ejercicio presupuestario del otorgamiento; Considerando que se hace necesario modificar el artículo 12.2 de la Resolución TRI/382/ 2006, de 9 de febrero, mencionada; Vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003); Vista la Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de ocupación y de creación del Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 3676, de 12.7.2002); Considerando lo que disponen el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004); Vista la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 (DOGC núm. 4541, de 31.12.2005); Vistos los informes previos del Servicio de Asesoramiento Jurídico y de la Intervención Delegada, y en uso de las facultades que me son conferidas, resuelvo:

Artículo único Se modifica el artículo 12.2 de la Resolución TRI/382/2006, de 9 de febrero, que queda redactado de la manera siguiente:

“12.2 El plazo de finalización de la ejecución de la acción formativa subvencionada es hasta el 30 de junio de 2007, siempre y cuando esta se haya iniciado antes del 31 de diciembre de 2006.”

DISPOSICIÓN FINAL Esta Resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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