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CONCIERTOS EDUCATIVOS

09/08/2006
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Resolución EDU/2644/2006, de 3 de agosto, por la que se resuelven las solicitudes de centros docentes privados para acogerse al régimen de conciertos educativos, para los niveles postobligatorios (DOGC de 9 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018578

RESOLUCIÓN EDU/2644/2006, DE 3 DE AGOSTO, POR LA QUE SE RESUELVEN LAS SOLICITUDES DE CENTROS DOCENTES PRIVADOS PARA ACOGERSE AL RÉGIMEN DE CONCIERTOS EDUCATIVOS, PARA LOS NIVELES POSTOBLIGATORIOS.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 8 del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, los centros docentes privados que, a partir de un determinado curso académico, se quieran acoger al régimen de conciertos podrán solicitarlo al Departamento de Educación y Universidades durante el mes de enero anterior al comienzo del curso mencionado.

Una vez cumplidos los requisitos que señala el artículo 8 del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, y examinada la documentación que establece el artículo 9 del mismo Decreto, hay que resolver las solicitudes presentadas por los centros docentes privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Centros Educativos, resuelvo:

—1 Denegar a los centros docentes privados que constan en el anexo de esta Resolución el acceso al régimen de los conciertos educativos, para los niveles postobligatorios, por las causas que en cada caso se especifican.

—2 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de centros docentes.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

ANEXO

BATX: bachillerato.

CFPM: ciclo formativo de grado medio.

CFPS: ciclo formativo de grado superior.

Causas de denegación (CD):

(1) No se satisfacen necesidades de escolarización, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116.1 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

(2) La previsión del régimen de conciertos educativos para los centros que imparten enseñanzas no obligatorias se fundamenta en las disposiciones adicionales 3 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, y 6 del Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos, aprobado por el Real decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, según las cuales solo se garantiza el concierto para aquellos centros y enseñanzas subvencionados a la entrada en vigor de la mencionada Ley orgánica, y para el número de unidades que estaban en funcionamiento y subvencionadas en aquel momento.

SERVICIOS TERRITORIALES: BARCELONA I (CIUDAD) Comarca: Barcelonès.

Municipio: Barcelona (Barcelonès).

Denominación: Closa.

Código: 08014097.

Nivel educativo: BATX.

CD: (1) i (2).

Municipio: Barcelona (Barcelonès).

Denominación: Escola Pia Sant Antoni.

Código: 08005746.

Nivel educativo: CFPM CD: (1) i (2).

Nivel educativo: CFPS.

CD: (1) i (2).

Municipio: Barcelona (Barcelonès).

Denominación: IPSI.

Código: 08009697.

Nivel educativo: BATX.

CD: (2).

Municipio: Barcelona (Barcelonès).

Denominación: Josep Tous.

Código: 08006143.

Nivel educativo: BATX.

CD: (1) i (2).

Municipio: Barcelona (Barcelonès).

Denominación: Maristes La Immaculada.

Código: 08005564.

Nivel educativo: BATX.

CD: (2).

Municipio: Barcelona (Barcelonès).

Denominación: Menéndez Pidal.

Código: 08007241.

Nivel educativo: BATX.

CD: ( 1) i (2).

Municipio: Barcelona (Barcelonès).

Denominación: Santa Maria dels Apòstols.

Código: 08008191.

Nivel educativo: CFPS.

CD: (1) i (2) SERVICIOS TERRITORIALES: BARCELONA II (COMARCAS).

Municipio: Badalona (Barcelonès).

Denominación: Badalonès.

Código: 08000761.

Nivel educativo: CFPS.

CD: (2).

Municipio: Granollers (Vallès Oriental).

Denominación: Parc Estudi.

Código: 08044788.

Nivel educativo: CFPM.

CD: (2).

Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès).

Denominación: Catalán Comercial.

Código: 08062560.

Nivel educativo: CFPM.

CD: (2).

Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès).

Denominación: Dolmen.

Código: 08038673.

Nivel educativo: CFPM.

CD: (2).

Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès).

Denominación: Sant Josep Obrer.

Código: 08018601.

Nivel educativo: BATX.

CD: (1) i (2).

Municipio: Montgat (Maresme).

Denominación: Mireia.

Código: 08021879.

Nivel educativo: BATX.

CD: (2).

Municipio: Sant Adrià de Besòs (Barcelonès).

Denominación: Túrbula.

Código: 08025137.

Nivel educativo: BATX CD: (1) i (2).

Nivel educativo: CFPS.

CD: (2).

SERVICIOS TERRITORIALES: VALLÈS OCCIDENTAL.

Municipio: Terrassa (Vallès Occidental).

Denominación: Anna Vilamanyà.

Código: 08057370.

Nivel educativo: CFPM.

CD: (2).

Nivel educativo: CFPS.

CD: (2).

Municipio: Terrassa (Vallès Occidental).

Denominación: Tecnos.

Código: 08029684.

Nivel educativo: BATX.

CD: (2).

Municipio: Terrassa (Vallès Occidental).

Denominación: Segle XX.

Código: 08058805.

Nivel educativo: CFPM.

CD: (2).

SERVICIOS TERRITORIALES: LLEIDA.

Municipio: Balaguer (Noguera).

Denominación: Acser.

Código: 25006793.

Nivel educativo: CFPM.

CD: (2).

Municipio: Lleida (Segrià).

Denominación: Maristes Montserrat.

Código: 25002313.

Nivel educativo: BATX.

CD: (1) i (2).

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