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TRABAJO DOCENTES

09/08/2006
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Orden Foral 80/2006, de 11 de julio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 156/2005, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación (BON de 9 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018569

ORDEN FORAL 80/2006, DE 11 DE JULIO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 156/2005, DE 23 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS DE GESTIÓN DE LAS RELACIONES DE ASPIRANTES AL DESEMPEÑO, MEDIANTE CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PUESTOS DE TRABAJO DOCENTES AL SERVICIO DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN.

Mediante Orden Foral 156/2005, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, (Boletín Oficial de Navarra, número 118, de 3 de octubre de 2005), se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación.

La precitada norma fue modificada mediante Orden Foral 188/2005, de 21 de noviembre, del Consejero de Educación, (Boletín Oficial de Navarra, Número 144, de 2 de diciembre de 2005).

La representación sindical presente en la Mesa Sectorial de personal docente no universitario, ha solicitado en reiteradas ocasiones la modificación de la regulación del sistema de renuncias al puesto de trabajo, recogido en la Base Novena de la Orden Foral 156/2005, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, al entender que la obligación que se impone a los aspirantes, una vez finalizado el período de renuncia voluntaria, de aceptar las ofertas de contratos a tiempo parcial, iguales o superiores a media jornada, si pretenden continuar incluidos en las relaciones de aspirantes, causa un grave perjuicio a estos, en cuanto que, en la mayoría de las ocasiones, desconocen las expectativas laborales que tendrán a lo largo del curso escolar.

La Administración educativa, admitió esta reivindicación sindical, en la reunión negociadora mantenida el día 23 de junio de 2006.

Por lo expuesto, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, ordeno:

Artículo único._Efectuar la siguiente modificación en el texto de la Orden Foral 156/2005, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación.

En la página 9798, columna izquierda, dentro del apartado a) de la Base Novena, relativa a las renuncias al puesto de trabajo, se sustituye la redacción del renglón cuarto “ Ofertársele un contrato inferior a media jornada.” Por “ Ofertársele un contrato a tiempo parcial”.

DISPOSICIONES FINALES

Primera._La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Segunda._Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercera._Trasladar la presente Orden Foral a la Secretaría General Técnica, al Servicio de Ordenación e Innovación Escolar, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, y al Servicio de Recursos Humanos, a los efectos oportunos.

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