Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/08/2006
 
 

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN TRI/1888/2006

08/08/2006
Compartir: 

Resolución TRI/2636/2006, de 28 de julio, por la que se modifica la Resolución TRI/1888/2006, de 23 de mayo, por la que se abre la convocatoria para el año 2006 para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de estimulación de la demanda en el marco de los nuevos yacimientos de empleo (DOGC de 8 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018552

RESOLUCIÓN TRI/2636/2006, DE 28 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN TRI/1888/2006, DE 23 DE MAYO, POR LA QUE SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2006 PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ESTIMULACIÓN DE LA DEMANDA EN EL MARCO DE LOS NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO.

Vista Resolución TRI/1888/2006, de 23 de mayo, por la que se abre la convocatoria para el año 2006 para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de estimulación de la demanda en el marco de los nuevos yacimientos de empleo (DOGC núm. 4653, de 13.6.2006), que prevé el Decreto 286/2004, de 11 de mayo, modificado por el Decreto 81/2005, de 3 de mayo; Considerando que, en relación con el importe total de ayudas concedidas durante el ejercicio 2005 para este mismo programa, se han presentado renuncias por parte de los beneficiarios de las ayudas por un importe total de 250.000 euros; Considerando que con el presupuesto previsto en la Resolución TRI/1888/2006, de 23 de mayo, no se puede dar apoyo a la realización de proyectos de continuación de estimulación de la demanda iniciados en ejercicios anteriores, y considerando que este remanente hace posible incrementar la dotación de recursos asignados a esta convocatoria de ayudas, se considera oportuno modificar el artículo 3 de la mencionada Resolución TRI/1888/2006, de 23 de mayo, con respecto al importe máximo de la convocatoria de estimulación de la demanda correspondiente al ejercicio 2006; Considerando que, de acuerdo con la Ley 20/ 2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 (DOGC núm. 4541, de 31.12.2005), el remanente de este programa de ayudas consta con cargo a la partida 6204/470620008/332 D del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2006; Considerando el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003); Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, y en uso de las atribuciones que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

Modificar el artículo 3 de la Resolución TRI/ 1888/2006, de 23 de mayo, que queda redactado de la manera siguiente:

“Aplicación presupuestaria e importe máximo destinado “El importe máximo destinado al otorgamiento de las ayudas para la realización de proyectos de estimulación de la demanda correspondientes a la anualidad 2006 es de 1.250.000 euros cofinanciados con FSE a cargo de la partida presupuestaria 6204.D/470620008/332 D del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el 2006.”

DISPOSICIÓN FINAL Esta Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana