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  • EDICIÓN DE 02/08/2006
 
 

CONVENIO EUROPEO DE EXTRADICIÓN

02/08/2006
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Resolución de 24 de julio de 2006, de la Secretaría General Técnica, sobre la declaración de Italia al Convenio Europeo de Extradición (Número 24 del Consejo de Europa) hecho en París el 13 de diciembre de 1957 (publicado en el Boletín Oficial del Estado n.º 136, de 8 de junio de 1982) (BOE de 3 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018437

RESOLUCIÓN DE 24 DE JULIO DE 2006, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA, SOBRE LA DECLARACIÓN DE ITALIA AL CONVENIO EUROPEO DE EXTRADICIÓN (NÚMERO 24 DEL CONSEJO DE EUROPA) HECHO EN PARÍS EL 13 DE DICIEMBRE DE 1957 (PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO N.º 136, DE 8 DE JUNIO DE 1982).

Declaración de Italia formulada el 25 de abril de 2006, de conformidad con el apartado 3 del Artículo 28 del Convenio Europeo de Extradición:

“De conformidad con el apartado 3 del Artículo 28 del Convenio Europeo de Extradición, la República Italiana notifica que aplicará la Decisión marco del Consejo de la Unión Europea 2002/584/JAI de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimiento de entrega entre los Estados miembros de la Unión Europea.

Se ha aplicado la Decisión marco en Italia mediante la Ley núm. 69 de 22 de abril de 2005 (Disposiciones para la aplicación de la Decisión marco del Consejo 2002/584/JAI de 13 de junio de 2002 relativa a la orden de detención europea y los procedimientos de entrega entre los Estados Miembros”, G.U. 29 abril 2005 n.º 98) que entró en vigor el 14 de mayo de 2005”.

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