Diario del Derecho. Edición de 16/07/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/08/2006
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 6 DE FEBRERO DE 2006

01/08/2006
Compartir: 

Orden de 17 de julio de 2006, de la Consejería de Sanidad, por la que se Modifica la Orden de 6 de febrero de 2006 de la Consejería de Sanidad por la que se regulan las Bases y convocan subvenciones a Ayuntamientos de la Región de Murcia, destinadas a la construcción y obras de mejora de Centros de Atención Primaria durante el ejercicio del año 2006 a fin de ampliar la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas (BORM de 29 de julio de 2006). Texto completo.

§1018380

ORDEN DE 17 DE JULIO DE 2006, DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 6 DE FEBRERO DE 2006 DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD POR LA QUE SE REGULAN LAS BASES Y CONVOCAN SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA REGIÓN DE MURCIA, DESTINADAS A LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS DE MEJORA DE CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DURANTE EL EJERCICIO DEL AÑO 2006 A FIN DE AMPLIAR LA CUANTÍA TOTAL MÁXIMA DE LAS SUBVENCIONES CONVOCADAS.

Mediante Orden de 6 de febrero de 2006, de la Consejería de Sanidad, se regularon las bases y se convocaron subvenciones a Ayuntamientos de la Región de Murcia, destinadas a la construcción y obras de mejora de centros de atención primaria durante el ejercicio del año 2006.

En el artículo 3 de la mencionada Orden se establecía que dichas subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria 18.03.00.411C.762.00, proyecto de inversión 10335, subproyecto 010335060002, de la Ley 10/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio del año 2006, en el que figuran créditos por importe de 901.518,00.-euros.

No obstante lo dispuesto, tras transferencia de crédito efectuada, la disponibilidad actual de la partida es mayor y, a la vista de las solicitudes presentadas, se estima conveniente ampliar la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas. Efectivamente, ante la insuficiencia del importe existente se ha realizado transferencia de crédito para aumentar el presupuesto inicial de 901.518,00.-euros, en otros 1.399.453,00.-euros, quedando como saldo definitivo 2.300.971,00.-euros.

La modificación de la dotación del crédito exige conforme al artículo 17.2 b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la modificación de la Orden que fija las bases reguladoras y convoca la presentes subvenciones.

En su virtud, a propuesta del Director General de Planificación, Financiación Sanitaria y Política Farmacéutica, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 16 y 25.4 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el artículo 17.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

Dispongo:

Artículo Único.

Se modifica el artículo 3 de la Orden de fecha 6 de febrero de 2006 de la Consejería de Sanidad por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para Ayuntamientos de la Región de Murcia, destinadas a la construcción y obras de mejora de centros de atención primaria durante el ejercicio del año 2006 que queda con la siguiente redacción: “dichas subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria 18.03.00.411C.762.00, proyecto de inversión 10335, de la Ley 10/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio del año 2006, en el que figuran créditos por importe de 2.300.971,00.-euros.” Disposición transitoria.

Las disposiciones de la presente Orden se aplicarán a las solicitudes de subvención presentadas por los Ayuntamientos al amparo de la Orden de fecha 6 de febrero de 2006 de la Consejería de Sanidad por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para Ayuntamientos de la Región de Murcia, destinadas a la construcción y obras de mejora de centros de atención primaria durante el ejercicio del año 2006. El plazo de seis meses, máximo para resolver y notificar las resoluciones a que den lugar las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de fecha 6 de febrero de 2006 de la Consejería de Sanidad, se computará a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden de modificación.

Disposición final.

La presente Orden, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Bruselas pone en duda ante el TJUE que la amnistía sea de interés general por ser parte de un "acuerdo político"
  2. Estudios y Comentarios: ¿Financiación justa o singular y generalizable? (I); por Tomás de la Quadra-Salcedo, catedrático emérito de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid, exministro de Justicia, expresidente del Consejo de Estado y exministro de Admnistración Territorial
  3. Actualidad: El Supremo descarta investigar a Bolaños por el 'caso Begoña Gómez' ante la "absoluta ausencia" de indicios
  4. Estudios y Comentarios: ¿Financiación autonómica justa o singular, bilateral y generalizable? (y II); por Tomás de la Quadra-Salcedo, catedrático emérito de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid, exministro de Justicia, expresidente del Consejo de Estado y exministro de Administración Territorial
  5. Tribunal Supremo: No es aplicable el TR de la Ley Concursal de 2020, que excluyó la exoneración inmediata de los créditos de derecho público por extralimitarse de la habilitación legal
  6. Tribunal Supremo: El Supremo se pronuncia sobre la prescripción de la acción de restitución de las cantidades pagadas en exceso por el titular de una tarjeta revolving
  7. Actualidad: La Audiencia de Sevilla acuerda elevar al TJUE las sentencias del TC sobre los ERE para evitar "riesgo de impunidad"
  8. Actualidad: El Supremo rebaja a doce años y medio la pena de prisión al conductor de un atropello mortal en Santander
  9. Actualidad: El CGPJ ratifica las ternas de cara a un último intento para desbloquear nombramientos clave en el Supremo
  10. Estudios y Comentarios: El Gobierno contra la Justicia; por Javier Gómez de Liaño, abogado

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana