Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/08/2006
 
 

PLAN ENERGÉTICO

01/08/2006
Compartir: 

Decreto 81/2006, de 6 de julio, por el que se aprueba el Plan Energético de Cantabria 2006-2011 (BOCA de 31 de julio de 2006). Texto completo.

§1018370

El Decreto 81/2006 aprueba el Plan Energético de Cantabria 2006-2011 y remite el mencionado Plan al Parlamento de Cantabria en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.3 del Decreto 142/2004, de 22 de diciembre.

DECRETO 81/2006, DE 6 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ENERGÉTICO DE CANTABRIA 2006-2011.

Preámbulo

El sector energético constituye sin duda uno de los pilares fundamentales para el desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por su contribución decisiva al bienestar y a la calidad de vida de sus ciudadanos dentro de un modelo de desarrollo sostenible.

En este sentido y con el fin de alcanzar un sistema energético para nuestra Comunidad Autónoma que sea racional, eficiente, diversificado, renovable y respetuoso con el medio ambiente, se ha elaborado, en cumplimiento del Decreto 142/2004, de 22 de diciembre, el denominado Plan Energético de Cantabria, que constituye el instrumento estratégico y de coordinación de las políticas sectoriales en materia de infraestructuras energéticas, así como de fomento de las energías renovables y de promoción de las distintas actuaciones que se proyecten en materia de ahorro, eficiencia y diversificación energética dentro de un horizonte temporal que culmina en el año 2011.

La voluntad política de disponer de una herramienta de gestión energética integral se fortalece por la presencia de nuevos condicionantes globales que afectarán al sector energético en los próximos años; así, la aplicación del Protocolo de Kyoto y la directiva de comercio de derechos de emisión, además de la nueva legislación europea y estatal en distintos ámbitos relacionados con la energía.

Dichos factores implican la necesidad de integrar la política energética autonómica con otras políticas sectoriales relacionadas.

En este marco surge la necesidad de definir el Plan Energético de Cantabria, con el objetivo de abordar los problemas energéticos específicos de la Comunidad y adecuar sus directrices y requerimientos al ámbito nacional y comunitario.

Dentro del proceso de elaboración del citado Plan Energético interesa destacar la importancia que en su concreción ha tenido la participación de las distintas Consejerías del Gobierno de Cantabria y de otros entes públicos, así como su carácter eminentemente abierto e integrador, al tratarse de un documento receptivo a las distintas sugerencias que los mencionados organismos han podido efectuar pero también a las aportaciones que, en el marco del trámite de información pública articulado, se han formulado por los ciudadanos. De la misma manera deben subrayarse las consultas efectuadas a los agentes económicos y sociales integrantes del Acuerdo de Concertación Social y al Consejo Económico y Social, cuyas contribuciones han favorecido la definitiva concreción del mencionado Plan.

En su virtud, cumplidos los trámites previstos en el Decreto 142/2004, de 22 de diciembre, por el que se regula la formulación del Plan Energético de Cantabria, a propuesta del Consejero de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico y previa deliberación del Consejo de Gobierno reunido en fecha de 6 de julio de 2006.

ACUERDA

1.-Aprobar el Plan Energético de Cantabria 2006-2011.

2.- Remitir el mencionado Plan al Parlamento de Cantabria en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.3 del Decreto 142/2004, de 22 de diciembre, por el que se regula la formulación del Plan Energético de Cantabria, con objeto de que la mencionada Cámara se pronuncie conforme señala el artículo 165 de su Reglamento.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana