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PROGRAMA DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA

24/07/2006
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Resolución 547/2006, de 6 de junio, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento del Programa de Inmersión Lingüística para la enseñanza del Español al alumnado extranjero en los Institutos y Centros de Educación Secundaria (BON de 24 de julio de 2006). Texto completo.

§1018245

RESOLUCIÓN 547/2006, DE 6 DE JUNIO, DEL DIRECTOR GENERAL DE ENSEÑANZAS ESCOLARES Y PROFESIONALES, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES QUE REGULAN LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA PARA LA ENSEÑANZA DEL ESPAÑOL AL ALUMNADO EXTRANJERO EN LOS INSTITUTOS Y CENTROS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

La Orden Foral 253/2004, de 16 de septiembre, del Consejero de Educación regula la atención educativa al alumnado extranjero y de minorías socioculturalmente desfavorecidas en la Comunidad Foral de Navarra.

En el apartado 2.3.1 de la mencionada Orden Foral se expresa que el Programa de Inmersión Lingüística para la enseñanza del Español al alumnado extranjero en los Institutos y Centros de Educación Secundaria, es un programa específico para el aprendizaje intensivo del español y el conocimiento de la cultura de acogida y, en consecuencia, la integración educativa y social del alumnado extranjero escolarizado en Centros de Secundaria. Además en la misma Orden Foral se desarrollan los criterios de adscripción al Programa, la ratio de alumnos por aula juntamente con el perfil del profesorado.

El Director del Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración presenta informe favorable para la aprobación de las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento del Programa de Inmersión Lingüística para la enseñanza del Español al alumnado extranjero en los Institutos y Centros de Educación Secundaria.

La presencia de una diversidad cultural mayor en nuestra Comunidad Foral ha suscitado la reflexión encaminada a la toma de medidas concretas. El Sistema Educativo y los agentes e instituciones que lo conforman reconocen la necesidad de cambios que afecten a la cultura misma vivida y transmitida desde la escuela. En concreto, el fenómeno de la afluencia de alumnado inmigrante requiere, entre otras cosas, una respuesta adecuada por parte del Sistema Educativo.

Las dificultades que supone el desconocimiento de la lengua de acogida por parte de algunos alumnos han de ser atendidas a través de medidas de intensificación lingüística y de incorporación a la lengua vehicular del currículo.

Si bien estas necesidades afectan a las diferentes etapas educativas, es en la Educación Secundaria donde se manifiestan con más notoriedad. Para algunos alumnos extranjeros, el desconocimiento de la lengua, los notables retrasos curriculares y las dificultades de integración educativa y social hacen muy difícil su acceso y escolarización en esta etapa y, a su vez, los Institutos y Centros demandan apoyos para poder afrontar estas necesidades.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

RESUELVO:

1.º Aprobar las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento del Programa de Inmersión Lingüística para la enseñanza del Español, al alumnado extranjero, en los Institutos y Centros que imparten Educación Secundaria, que se recogen en los Anexos 1.º, 2.º y 3.º

2.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos al Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, al Servicio de Ordenación e Innovación Escolar, al Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, a la Sección de Multiculturalidad e Inmigración y a los centros públicos y concertados interesados, a los efectos oportunos.

3.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Anexos

Omitidos.

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