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  • EDICIÓN DE 14/07/2006
 
 

SEGUROS AGRARIOS

14/07/2006
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Orden de 4 de julio de 2006, de la Consejería de Agricultura y Agua, de modificación de la Orden de 28 de diciembre de 2005, por la que se regulan ayudas al coste de las primas de los seguros agrarios combinados para el año 2006 y liquidación de planes anteriores (BORM de 14 de julio de 2006). Texto completo.

§1018097

ORDEN DE 4 DE JULIO DE 2006, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y AGUA, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 28 DE DICIEMBRE DE 2005, POR LA QUE SE REGULAN AYUDAS AL COSTE DE LAS PRIMAS DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS PARA EL AÑO 2006 Y LIQUIDACIÓN DE PLANES ANTERIORES.

La Orden de 17 de febrero de 2006 de la Consejería de Agricultura y Agua por la que se delegan competencias del titular del departamento en diversos órganos de la Consejería establece que se delegue la concesión, denegación, autorización, disposición o compromiso del gasto, reconocimiento de la obligación y propuesta de pagos y reintegros de pagos indebidos con cargo a los capítulos IV y VII de todos los programas de gasto de la Consejería, hasta una cuantía máxima de 60.000 euros.

El Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A., de fecha 7 de febrero de 2.000, para liquidación y pago de subvenciones a los seguros agrarios, establece que el pago a Agroseguro de la parte de la prima que, en concepto de subvención corresponda a la Consejería, para cada línea de seguro, se efectuará por esta contra certificaciones de liquidaciones referentes a las declaraciones de seguros agrarios correctamente suscritos y aceptadas por la Consejería.

Las citadas certificaciones, en algunas ocasiones superan la cuantía máxima citada en la Orden de 17 de Febrero de 2006, esto supone una gran dificultad a la hora de elaborar la Orden de pago a Agroseguro, ya que la misma Orden de pago llevaría declaraciones cuya competencia de firma es del Secretario General, o del Consejero.

Por lo tanto para simplificar la gestión de los expedientes de pago a Agroseguro, se hace necesario modificar la Orden de 28 de diciembre de 2005.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Industria y Asociacionismo Agrario y en uso de las facultades que me atribuyen los artículos 16 y 25.4 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre de Régimen Jurídico de Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Dispongo:

Artículo único: Se modifica el apartado séptimo de la parte dispositiva de la Orden de 28 de diciembre de 2005, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se regulan ayudas al coste de las primas de los seguros agrarios comprendidos en el Plan Nacional de Seguros Agrarios Combinados para el año 2006, y liquidación de planes anteriores, que queda redactado de la siguiente forma:

- La Consejería de Agricultura y Agua, comunicará a Agroseguro las órdenes de concesión de las citadas subvenciones, que no serán firmes hasta que los cálculos correspondientes sean definitivos.

- El órgano competente para resolver la concesión, anulación, pago y reintegro de las ayudas reguladas en la presente Orden es el Director General de Industrias y Asociacionismo Agrario, por delegación del Consejero de Agricultura y Agua, así como para dictar las normas necesarias para el desarrollo de esta Orden.

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