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  • EDICIÓN DE 14/07/2006
 
 

CONVALIDACIÓN DEL DECRETO FORAL - NORMA DE URGENCIA FISCAL 3/2005

14/07/2006
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Norma Foral 3/2006, de 23 de marzo, de convalidación del Decreto Foral - Norma de Urgencia Fiscal 3/2005, de 30 de diciembre, por el que se modifica la Norma Foral 7/1996, de 4 de julio, del Impuesto sobre Sociedades (BOPV de 14 de julio de 2006). Texto completo.

§1018095

NORMA FORAL 3/2006, DE 23 DE MARZO, DE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO FORAL - NORMA DE URGENCIA FISCAL 3/2005, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA LA NORMA FORAL 7/1996, DE 4 DE JULIO, DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

EL DIPUTADO GENERAL DE GIPUZKOA

Hago saber que las Juntas Generales de Gipuzkoa han aprobado y yo promulgo y ordeno la publicación de la siguiente “Norma Foral 3/2006 de 23 de marzo de convalidación del Decreto Foral- Norma de Urgencia Fiscal 3/2005, de 30 de diciembre, por el que se modifica la Norma Foral 7/1996, de 4 de julio, del Impuesto sobre sociedades” a los efectos de que todos los ciudadanos, particulares y autoridades a quienes sea de aplicación la guarden y hagan guardarla.

PREÁMBULO

Conforme a lo autorizado por el artículo 8 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, el Consejo de Diputados ha dictado, por razones de urgencia, el Decreto Foral - Norma De Urgencia Fiscal 3/2005, de 30 de diciembre, por el que se modifica la Norma Foral 7/1996, de 4 de julio, del Impuesto sobre Sociedades, al objeto de cubrir el vacío normativo producido por los últimos pronunciamientos jurisprudenciales en relación con algunos contenidos de la regulación del Impuesto sobre Sociedades.

El apartado 2 del referido artículo 8 establece la obligación de dar cuenta a las Juntas Generales de las disposiciones aprobadas al amparo del indicado precepto para su posterior convalidación.

Cumplido dicho trámite, procede dictar Norma Foral convalidante del Decreto Foral dictado.

Artículo único.– Se convalida el Decreto Foral-Norma De Urgencia Fiscal 3/2005, de 30 de diciembre, por el que se modifica la Norma Foral 7/1996, de 4 de julio, del Impuesto sobre Sociedades.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Norma Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

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