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  • EDICIÓN DE 30/06/2006
 
 

INSTITUTO REGIONAL DE LAS CUALIFICACIONES

30/06/2006
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Decreto 55/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Regional de las Cualificaciones (BOCAM de 30 de junio de 2006). Texto completo.

§1017814

DECRETO 55/2006, DE 22 DE JUNIO, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO REGIONAL DE LAS CUALIFICACIONES.

La Constitución española establece, en sus artículos 27.2 y 40.2, que la educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana, y que los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales.

En este marco constitucional, y de conformidad con los artículos 148 y 149 de la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, dispone en sus artículos 28.1.12 y 29.1, que corresponde a la Comunidad de Madrid la ejecución de la legislación del Estado en materia laboral y la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en todos sus niveles.

Asimismo, en virtud del artículo 26.3.1.1 del Estatuto de Autonomía, corresponde a la Comunidad de Madrid la competencia exclusiva en materia de ordenación y planificación de la actividad económica regional.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece como responsabilidad del Instituto Nacional de las Cualificaciones, definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y el correspondiente Catálogo Modular de Formación Profesional. El Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, de creación del Instituto Nacional de las Cualificaciones, determina entre sus funciones la de establecer el procedimiento que permita corresponsabilizar a las Agencias o Institutos de Cualificaciones que pudieran tener las Comunidades Autónomas y los agentes sociales, tanto en la definición del Catálogo de Cualificaciones Profesionales, como en la actualización de las demandas sectoriales, habilitando al Instituto Nacional de Cualificaciones para proponer el establecimiento y la gestión del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales.

En el ámbito de la Comunidad de Madrid, la Administración Regional viene impulsando una serie de medidas, de las que forma parte el presente Decreto, que pretenden dar respuesta a los retos que plantea el dinámico proceso de adaptación de la formación profesional a las constantes modificaciones que las nuevas tecnologías han introducido, tanto en la estructura productiva de la Región, como en las demandas de los propios ciudadanos que reclaman de los sistemas de formación oportunidades de cualificación adaptadas a sus necesidades personales y profesionales.

En este sentido, la necesidad de la creación del Instituto Regional de las Cualificaciones se ha plasmado en el Acuerdo por el Empleo y el Crecimiento Económico de la Comunidad de Madrid, suscrito el 7 de octubre de 2004 por la Presidenta de la Comunidad de Madrid y los representantes de las organizaciones sindicales más representativas de la Región.

Es este un instrumento que aporta una mayor eficacia a las políticas activas de empleo cuya gestión tiene encomendada la Administración Regional, en tanto que pretende relacionar la formación que organiza el Servicio Regional de Empleo con las directrices y requerimientos que sobre las cualificaciones profesionales fija el Sistema Nacional.

Con esta finalidad se pretende la creación de una nueva Área dependiendo de la Dirección General del Servicio Regional de Empleo, denominada Instituto Regional de las Cualificaciones, que se ocupará del desarrollo de las funciones del organismo autónomo relacionadas con el Sistema Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

Para la modificación de la organización y funciones del Servicio Regional de Empleo se ha acudido a la habilitación contenida en el artículo 60 de la Ley 6/2005, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2006, que autoriza al Gobierno Regional a reestructurar, modificar y suprimir, mediante Decreto, Organismos Autónomos, Empresas Públicas y demás Entes Públicos, creados o autorizados por Ley, dando cuenta a la Asamblea en un plazo de treinta días desde su aprobación, una vez justificadas las razones de política económica, presupuestaria u organizativa que concurren en el expediente.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Empleo y Mujer, a propuesta de la Consejera de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de junio de 2006,

DISPONGO

Artículo 1

Creación del Instituto Regional de las Cualificaciones

Se crea el Instituto Regional de las Cualificaciones como área funcional dependiente de la Dirección General del Servicio Regional de Empleo y con el mismo nivel jerárquico que las áreas actualmente existentes. Al frente del Instituto habrá un Director General que ostentará la categoría de alto cargo, siendo nombrado y cesado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero competente en materia de empleo.

Artículo 2

Funciones del Instituto Regional de las Cualificaciones

Las funciones del Instituto Regional de las Cualificaciones se concretan en:

a) Proponer y desarrollar en el territorio de la Comunidad de Madrid un sistema integrado de cualificaciones para la formación profesional, en colaboración con el Instituto Nacional de las Cualificaciones.

b) Colaborar con el Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid y asesorarle en la innovación y mejora del Sistema de Formación Profesional.

c) Evaluar las actuaciones de formación profesional para el empleo.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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