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ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN POSTDOCTORALES

29/06/2006
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Resolución EDU/2158/2006, de 8 de junio, por la que se abre convocatoria para la concesión de las becas Balsells-Generalidad de Cataluña para realizar estudios de postgrado y estancias de investigación postdoctorales en el ámbito de las ingenierías (BBI) (DOGC de 29 de junio de 2006). Texto completo.

§1017801

RESOLUCIÓN EDU/2158/2006, DE 8 DE JUNIO, POR LA QUE SE ABRE CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LAS BECAS BALSELLS-GENERALIDAD DE CATALUÑA PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSTGRADO Y ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN POSTDOCTORALES EN EL ÁMBITO DE LAS INGENIERÍAS (BBI).

De conformidad con lo dispuesto en el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña;

En virtud de la Orden UNI/139/2006, de 22 de marzo, por la que se aprueban las bases que deben regir la concesión de becas y subvenciones convocadas por el Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información (DOGC núm. 4605, de 31.3.2006);

De acuerdo con lo que disponen el artículo 2 y el apartado 4 del anexo de la citada Orden UNI/139/2006, de 22 de marzo,

Resuelvo:

Artículo 1

Convocar las becas Balsells-Generalidad de Cataluña para realizar estudios de postgrado y estancias de investigación postdoctorales en el ámbito de las ingenierías (BBI) que consten en el anexo de esta Resolución.

Artículo 2

Esta convocatoria se regula en la Orden UNI/139/2006, de 22 de marzo, por la que se aprueban las bases que deben regir la concesión de becas y subvenciones convocadas por el Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, y también por las condiciones específicas que se detallan en el anexo de esta Resolución.

Disposición final

Esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o directamente de recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con el artículo 46 en relación con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Anexo

Convocatoria de becas Balsells-Generalidad de Cataluña para realizar estudios de postgrado y estancias de investigación postdoctorales en el ámbito de las ingenierías (BBI)

Las becas predoctorales Balsells-Generalidad de Cataluña se instituyeron el año 1996 por convenio firmado entre el Comisionado para Universidades e Investigación y la Universidad de California, Irvine, y son cofinanciadas por el Departamento de Educación y Universidades y, por la Universidad de California, Irvine y el Balsells Fellowship Fund, fondo creado por una donación del señor Pere Balsells, empresario catalán residente en California, a esta Universidad.

La valoración de las estancias de los becarios en la Henry Samueli School of Engineering de la Universidad de California, Irvine, ha sido altamente positiva y, por este motivo, el programa de becas se ha ido ampliando progresivamente, y se ha aumentado el número de becas predoctorales otorgadas cada año.

En el año 1999, se firmó una adenda al mencionado convenio de colaboración para ampliar el programa a investigadores postdoctorales y establecer el número de becas a otorgar cada año.

Vista la interdisciplinariedad creciente del saber científico y tecnológico, en el año 2002 se firmó una adenda para ampliar nuevamente el programa, y hacerlo extensivo a otros licenciados en ciencias afines a las ingenierías.

En el año 2004, se firmó otra adenda por la necesidad de pago, por parte del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, de un canon en concepto de gastos de gestión y administración, en motivo de la creciente complejidad en la gestión del programa de becarios catalanes en la Universidad de California, Irvine.

Aplicación presupuestaria

El importe global máximo destinado a la presente convocatoria es de 195.450 dólares EEUU para la cofinanciación de las becas predoctorales y las becas postdoctorales y la financiación de las ayudas complementarias por desplazamiento que el Departamento de Educación y Universidades enviará en un sola entrega a la Universidad de California, Irvine, y que irán a cargo de la partida presupuestaria EN08/D/490000100/5710 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el 2006. El importe global de cada una de las becas predoctorales es de 42.000 dólares EEUU y el de cada una de las becas postdoctorales de 46.500 dólares EEUU. El importe global de la ayuda complementaria por desplazamiento es de 800 dólares EEUU. Estas ayudas para viaje estarán a cargo del Departamento de Educación y Universidades para todos los becarios. Además el Departamento de Educación y Universidades transferirá a la Universidad de California, Irvine, en concepto de gastos de tramitación y gestión, un canon del 12,5% del importe a su cargo en concepto de becas predoctorales y ayudas de viajes. Esta Universidad financiará, a cargo del Balsells Fellowship Fund y de los laboratorios de acogida de los becarios postdoctorales, el 50% de las becas que se otorguen.

Las becas que constituyen el objeto de esta convocatoria son:

Modalidad A: seis becas para realizar estudios de postgrado.

Modalidad B: dos becas para realizar estancias de investigación postdoctorales.

No obstante, en el supuesto de quedar vacantes o desiertas las becas de una modalidad, éstas podrán pasar a incrementar el número de las becas de la otra modalidad, pero en todo caso nunca podrán superar el importe total máximo del gasto destinado a esta convocatoria.

Modalidad A: becas para realizar estudios de postgrado

.1 Objeto

Otorgar seis becas predoctorales, en el área de la ingeniería, para realizar estancias en la Henry Samueli School of Engineering de la Universidad de California, Irvine.

.2 Solicitantes

Titulados universitarios que hayan obtenido el título de licenciado, ingeniero superior o equivalente, en los últimos seis años en una de las universidades catalanas y que residan en Cataluña, o bien que hayan obtenido el título por una universidad de la Unión Europea, que hayan iniciado los trámites para convalidarlo y con residencia en Cataluña durante un mínimo de diez años.

.3 Duración y período

Becas de doce meses ininterrumpidos, para el curso académico 2006-2007.

.4 Importe

La beca cubre las tasas académicas, la matrícula, el seguro, una asignación mensual de 1.330 dólares EEUU y una ayuda complementaria por desplazamiento de 800 dólares EEUU.

.5 Admisión

Para poder optar a las becas, los solicitantes tendrán que hablar y escribir correctamente el catalán y el castellano, acreditar buenos conocimientos de inglés y haber sido admitidos en la Henry Samueli School of Engineering de la Universidad de California, Irvine.

De acuerdo con los requerimientos de esta Universidad para la admisión de estudiantes extranjeros, los candidatos tendrán que estar en posesión del certificado GRE, y del TOEFL en el que deberán haber obtenido una puntuación mínima de 230.

.6 Solicitudes

Se presentarán por duplicado y en impreso normalizado, en el Registro de la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades (Via Laietana, 33, 6º 2ª, 08003 Barcelona).

.7 Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:

a) Currículo, especificando los trabajos de investigación en los que haya participado el solicitante.

b) Fotocopia del DNI y una fotografía tipo carnet.

c) Justificante del título de licenciado, ingeniero superior o equivalente y certificación académica de las notas con la media del expediente.

d) Descripción del tema de estudio propuesto, especificando las áreas de interés del candidato.

e) Interés del proyecto para el desarrollo industrial de Cataluña.

f) Declaración de otros ingresos durante el periodo de disfrute de la beca. En caso de no tenerlos, declaración de no percepción de otros ingresos.

g) Declaración responsable de no estar incluido en la prohibición para obtener la condición de beneficiario de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

h) Acreditación conforme el solicitante se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.

La inexistencia de deudas con la Seguridad Social se acreditará mediante certificado emitido por el órgano competente.

En cuanto al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, la firma del impreso de solicitud normalizada implica la autorización para que el Departamento de Educación y Universidades pueda solicitar de oficio el certificado tributario correspondiente por vía telemática de acuerdo con la normativa vigente.

.8 Plazo de presentación de solicitudes

15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGC.

.9 Procedimiento de concesión de las becas

Las concesión de las becas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

.10 Evaluación y selección

Una comisión de preselección evaluará las solicitudes teniendo en cuenta la documentación aportada por los solicitantes y los criterios que se detallan a continuación:

a) Currículo, méritos académicos y científicos.

b) Exposición y claridad de la propuesta presentada.

c) Viabilidad del proyecto en el tiempo de estancia previsto.

d) Interés del proyecto para el desarrollo industrial de Cataluña.

La comisión, si procede, entrevistará a los candidatos que resulten seleccionados. Posteriormente, elevará la propuesta correspondiente a la Universidad de California, Irvine, que hará la selección final de los candidatos, especificando dos candidatos de reserva, si procede.

.11 Unidad competente para la gestión

Dirección General de Investigación.

.12 Órgano competente para la resolución

Director general de Investigación.

.13 Plazo para comunicar la resolución

Seis meses a partir del día siguiente de la fecha de presentación de las solicitudes. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, se entenderá denegada la beca solicitada.

.14 Medio de comunicación de la resolución

Publicación en el tablón de anuncios de la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades. Con el fin de dar una mayor difusión, también podrá accederse a la resolución de adjudicación mediante la página web del Departamento http://www.gencat.net/educacio o http://www10.gencat.net/dursi.

La resolución de concesión o denegación de las ayudas, que agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el director general de Investigación en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el tablón de anuncios de la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades, de acuerdo con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o directamente de recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el tablón de anuncios de la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades, de conformidad con el artículo 46 en relación con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

.15 Pago

La Universidad de California retendrá las cantidades correspondientes a las tasas académicas, la matrícula y el seguro médico, y hará efectiva la cantidad de 1.330 dólares EEUU mensuales al becario. La ayuda complementaria para desplazamiento se hará efectiva con la primera mensualidad.

.16 Sustituciones

En caso de que se produzca alguna renuncia, total o parcial, el director general de Investigación resolverá la adjudicación de la beca entre los candidatos de la lista de reserva. Las sustituciones se notificarán individualmente al interesado y se dará publicidad en el tablón de anuncios de la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades.

.17 Plazo y forma de justificación de la beca

En un plazo de dos meses desde la finalización de la estancia, el beneficiario deberá justificar la beca de conformidad con lo que establece el apartado 12.1 del anexo de la Orden UNI/139/2006, de 22 de marzo.

Modalidad B: becas para realizar estancias postdoctorales de investigación

.1 Objeto

Otorgar dos becas postdoctorales, en el área de la ingeniería, para realizar estancias de investigación en la Henry Samueli School of Engineering de la Universidad de California, Irvine.

.2 Solicitantes

Investigadores que hayan obtenido el título de doctor en una de las universidades catalanas con posterioridad al 1 de enero de 2001.

.3 Duración y periodo

Becas de doce meses ininterrumpidos.

.4 Importe

La beca cubre el seguro médico y una asignación mensual de 2.600 dólares EEUU, además de una ayuda complementaria por desplazamiento de 800 dólares EEUU.

.5 Solicitudes

Las solicitudes se presentarán, por duplicado y en impreso normalizado, en la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades (Via Laietana, 33, 6º 2ª, 08003 Barcelona).

.6 Documentación que hay que adjuntar a la solicitud

a) Currículo, en inglés y catalán, y lista de publicaciones.

b) Fotocopia del DNI y una fotografía tipo carnet.

c) Justificante del título de doctor.

d) Carta de aceptación del responsable de la Henry Samueli School of Engineering de la Universidad de California, Irvine, que acogerá al solicitante, en la que se especifique el compromiso de cofinanciación de la beca, la fecha de incorporación y la duración de la estancia.

e) Descripción del proyecto de investigación a realizar, especificando los objetivos que se espera alcanzar, la metodología a seguir y la viabilidad del proyecto en el tiempo previsto de estancia.

f) Interés del proyecto para el desarrollo industrial de Cataluña.

g) Acreditación de los conocimientos de inglés, preferiblemente mediante el TOEFL (puntuación mínima 230). Los candidatos podrán ser convocados para un examen oral de conocimientos de inglés.

h) Dos cartas de referencia confidenciales.

i) Declaración de otros ingresos durante el período de disfrute de la beca. En caso de no tenerlos, declaración de no percepción de otros ingresos.

j) Declaración responsable de no estar incluido en la prohibición para obtener la condición de beneficiario de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

k) Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.

La inexistencia de deudas con la Seguridad Social se acreditará mediante certificado emitido por el órgano competente.

En cuanto al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, la firma del impreso de solicitud normalizado implica la autorización para que el Departamento de Educación y Universidades pueda solicitar de oficio certificado tributario correspondiente en vía telemática de acuerdo con la normativa vigente.

.7 Plazo de presentación de solicitudes

15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGC.

.8 Procedimiento de concesión de las becas

La concesión de las becas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

.9 Evaluación y selección

Una comisión de preselección evaluará las solicitudes teniendo en cuenta la documentación aportada por los solicitantes y los criterios que se detallan a continuación:

a) Exposición y claridad del proyecto.

b) Metodología a seguir.

c) Viabilidad del proyecto en el tiempo de estancia previsto.

d) Currículo, méritos académicos y científicos.

e) Conocimientos de inglés.

f) Adecuación del centro de acogida al proyecto propuesto.

g) Apoyo por parte de la institución de origen.

h) Interés del proyecto para el desarrollo industrial de Cataluña.

i) Beneficios que aportará la estancia en el grupo/institución de origen.

La comisión, si procede, entrevistará a los candidatos que resulten seleccionados. Posteriormente elevará la correspondiente propuesta a la Universidad de California, Irvine, la que hará la selección final de los candidatos, especificando dos candidatos de reserva, si procede.

.10 Órgano competente para la gestión

Dirección General de Investigación.

.11 Órgano competente para la resolución

Director general de Investigación.

.12 Plazo para comunicar la resolución

Seis meses a partir del día siguiente de la fecha de presentación de las solicitudes. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, se entenderá denegada la beca solicitada.

.13 Medio de comunicación de la resolución: publicación en el tablón de anuncios de la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades. Con el fin de dar una mayor difusión, también podrá accederse a la resolución de adjudicación en la página web del Departamento http//:www.gencat.net/educacio o http//:www10.gencat.net/dursi.

La resolución de concesión o denegación de las ayudas, que agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el director general de Investigación en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el tablón de anuncios de la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades, de acuerdo con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el tablón de anuncios de la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades, de conformidad con el artículo 46 en relación con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

.14 Pago

La Universidad de California hará efectiva la cantidad de 2.600 dólares EEUU mensuales al becario y le proporcionará un seguro médico. La ayuda complementaria por desplazamiento se hará efectiva con la primera mensualidad.

.15 Sustituciones

En caso de que se produzca alguna renuncia, total o parcial, el director general de Investigación resolverá la adjudicación de la beca entre los candidatos de la lista de reserva. Las sustituciones se notificarán individualmente al interesado y se hará publicidad en el tablón de anuncios de la Secretaría de Universidades e Investigación del Departamento de Educación y Universidades.

.16 Plazo y forma de justificación de la beca

En un plazo de dos meses desde la finalización de la estancia, el beneficiario deberá justificar la beca de conformidad con lo que establece el apartado 12.1 del anexo de la Orden UNI/139/2006, de 22 de marzo.

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