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  • EDICIÓN DE 19/06/2006
 
 

PROMOCIÓN DEL TEATRO Y EL CIRCO

19/06/2006
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Resolución CLT/1980/2006, de 12 de mayo, por la que se modifican las bases que rigen las subvenciones para proyectos que tengan como objeto la promoción del teatro y el circo, la música y las artes visuales de carácter profesional durante el año 2006 (DOGC de 19 de junio de 2006). Texto completo.

§1017598

RESOLUCIÓN CLT/1980/2006, DE 12 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS BASES QUE RIGEN LAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS QUE TENGAN COMO OBJETO LA PROMOCIÓN DEL TEATRO Y EL CIRCO, LA MÚSICA Y LAS ARTES VISUALES DE CARÁCTER PROFESIONAL DURANTE EL AÑO 2006.

Por la Resolución CLT/487/2006, de 21 de febrero (DOGC núm. 4587, de 7.3.2006), se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para proyectos que tengan como objeto la promoción del teatro y el circo, la música y las artes visuales de carácter profesional durante el año 2006.

Vista la propuesta de la directora del Área de Teatro, Música y Artes Visuales del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, en el sentido de ampliar la duración de la actividad objeto de la subvención a enero de 2007, así como el plazo de justificación a 28 de febrero de 2007;

Vistos los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Administración de 22 de diciembre de 2005, por el que se autoriza al director del ICIC a efectuar modificaciones no substanciales en las bases de las subvenciones,

Resuelvo:

.1 Modificar la bases que rigen las subvenciones para proyectos que tengan como objeto la promoción del teatro y el circo, la música y las artes visuales de carácter profesional durante el año 2006, de la siguiente forma:

El primer párrafo de la base 1 pasa a tener la siguiente redacción:

“El objeto de la convocatoria es dar soporte a proyectos dirigidos a la promoción del teatro y el circo, la música y las artes visuales de carácter profesional realizados durante el año 2006 o que se inicien en el 2006 y que continúen durante el mes de enero de 2007.”

La base 4.1 pasa a tener la siguiente redacción:

“4.1 Pueden optar a las subvenciones las entidades y empresas de carácter privado con establecimiento permanente en Cataluña que realicen actividades de acuerdo con lo establecido en la base 1.”

El primer párrafo de la base 15 pasa a tener la siguiente redacción:

“Los/las beneficiarios/as han de presentar en el Instituto Catalán de las Industrias Culturales, en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad, y como máximo el 28 de febrero de 2007, excepto de los casos en que esta se haya realizado con anterioridad a la concesión, en los que el plazo será de un mes desde la notificación, la siguiente documentación:”

.2 Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Cultura en el plazo de un mes desde su publicación en el DOGC.

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