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SERVICIOS CENTRALES DE LA CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

13/06/2006
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Orden FAM/973/2006, de 9 de junio, por la que se modifica la Estructura Orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (BOCYL de 13 de junio de 2006). Texto completo.

§1017478

ORDEN FAM/973/2006, DE 9 DE JUNIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE LA CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.

El Decreto 78/2003, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, faculta en su disposición final primera a la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades para dictar las normas de desarrollo y ejecución del mismo.

Mediante Orden FAM/1102/2003, de 28 de agosto, se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

El Decreto 63/2005, de 25 de agosto, por el que se aprobó el Reglamento de Fundaciones supuso la unificación de las funciones de protectorado y registro en la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

El Decreto 69/2005, de 13 de octubre, modificó el Decreto 71/2003, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, y residencia las funciones de protectorado sobre las fundaciones de competencia de la Comunidad y el Registro de Fundaciones en la Dirección General de Atención al Ciudadano y Modernización Administrativa.

Por ello, tanto como consecuencia del Reglamento de Fundaciones como por el Decreto 69/2005, se entiende derogada cualquier atribución de competencias que en dichas materias se establezcan en los Decretos y Órdenes de Estructura de otras Consejerías.

Por otro lado, según el artículo 45 de la Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, los órganos y unidades administrativas inferiores a Dirección General, serán creados, modificados y suprimidos por el titular de la Consejería a través de la correspondiente Orden de estructura orgánica, previo informe de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial y deliberación de la Junta de Castilla y León.

Por todo ello procede adecuar la Orden de estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades a esta nueva distribución de competencias.

En su virtud, previo informe de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de junio de 2006.

DISPONGO:

Artículo único.– Modificación de la Orden FAM/1102/2003, de 28 de agosto, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Uno.– Se modifica el apartado 2.º, del artículo 1, que queda redactado de la siguiente forma:

“2.– Para el desempeño de las funciones que tiene atribuidas, la Secretaría General se estructura en las siguientes unidades administrativas:

– Servicio de Personal y Asuntos Generales.

– Servicio de Asuntos Económicos.

– Asesoría Jurídica.

– Intervención Delegada.

– Servicio de Estudios y Documentación.

– Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.

– Servicio de Informática.

– Unidad de Archivo Central.

– Unidad de Estadística.”

Dos.– Se añade una nueva letra al apartado 1.º del artículo 3, con lo que la actual letra g) pasa a ser la letra h) con la siguiente redacción:

“g) El Registro de convenios de la Consejería, así como las relaciones con el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

h) Cualquier otra función que le fuese encomendada o le viniese atribuida por vía normativa.”

Tres.– Se suprime el artículo 9, relativo al Servicio de Fundaciones.

Disposición final única.– Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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