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ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS

12/06/2006
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Resolución de 12 de mayo de 2006, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se amplía el plazo de Resolución y notificación de la convocatoria de ayudas para la organización de actividades deportivas y participación en competiciones oficiales, según la Orden que se cita (BOJA de 12 de junio de 2006). Texto completo.

§1017451

RESOLUCIÓN DE 12 DE MAYO DE 2006, DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y PARTICIPACIÓN EN COMPETICIONES OFICIALES, SEGÚN LA ORDEN QUE SE CITA.

En base a lo dispuesto en el artículo 8.6 de la Orden de 25 de enero de 2005 (BOJA núm. 31, de febrero de 2005), con fecha 15 de enero de 2006 y hasta el 15 de febrero del mismo año, ambos días incluidos, fue abierto el plazo de presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones para la organización de actividades físico-deportivas y para la participación en competiciones oficiales, preferentemente en los Campeonatos de Andalucía de Deporte Base (CADEBA) dirigidos a la edad escolar.

El artículo 10.3 de la citada Orden establece que el plazo para dictar la correspondiente resolución por la Delegación Provincial de Turismo, Comercio y Deporte en Granada, es de tres meses, contando a partir de la fecha en que las solicitudes hubieran tenido entrada en el Registro de este Organismo.

Dado el gran número de solicitudes presentadas, y pese a que se han habilitado todos los medios disponibles, se hace inviable el cumplimiento del plazo de resolución previsto.

Por ello, y en virtud de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en uso de las competencias que me atribuye la Orden de convocatoria, a propuesta del Servicio de Deportes de esta Delegación Provincial, DISPONGO:

Ampliar el plazo para resolver y notificar las subvenciones de las ayudas convocadas por la citada Orden de 25 de enero de 2005, por un período de tres meses.

Contra la presente Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no cabe recurso alguno.

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