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TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ANÁLISIS Y CONTROL

07/06/2006
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Decreto 67/2006, de 23 de mayo, por el que se establece el Currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Análisis y Control (BOC de 7 de junio de 2006). Texto completo.

§1017348

DECRETO 67/2006, DE 23 DE MAYO, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO DEL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ANÁLISIS Y CONTROL.

El Real Decreto 811/1993, de 28 de mayo (B.O.E. de 12 de agosto) y modificado por el Real Decreto 2.207/1993, de 17 de diciembre (B.O.E. de 8.2.94), establece el Título de Técnico Superior en Análisis y Control y las correspondientes enseñanzas mínimas.

De acuerdo con el Decreto 156/1996, de 20 de junio, por el que se establece la Ordenación General de las Enseñanzas de Formación Profesional Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias, corresponde al Gobierno Canario, a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, establecer el currículo de los ciclos formativos de Formación Profesional correspondientes a cada título.

El citado Decreto 156/1996 determina las características fundamentales de la Formación Profesional Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias y el marco a partir del cual se establece el presente currículo. En este sentido, el currículo del Ciclo Formativo “Análisis y Control” incluye sus objetivos generales; las capacidades actitudinales comunes; las orientaciones metodológicas y didácticas; las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los contenidos de los módulos de formación en centro educativo; las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los contenidos/actividades del módulo de formación en centros de trabajo; la fundamentación curricular del módulo profesional de integración; la distribución en cursos y duraciones mínimas y máximas de los módulos profesionales; y la atribución docente de los nuevos módulos incorporados en el currículo.

En el mencionado Real Decreto 811/1993, de 28 de mayo, se especifica el perfil profesional del Título de referencia que incluye como competencia general:

Organizar y supervisar la actividad del laboratorio; desarrollar y aplicar técnicas de ensayo y análisis físicos, químicos o microbiológicos, sobre materias primas, productos químicos o alimentarios, orientados a la investigación, al análisis o al control de calidad y actuando bajo normas de buenas prácticas en el laboratorio de seguridad y ambientales.

Las unidades de competencia en las que se divide la competencia general del Título son:

1. Organizar y gestionar la actividad de laboratorio.

2. Organizar/realizar ensayos físicos y fisicoquímicos de identificación y medida.

3. Organizar/realizar análisis por métodos químicos e instrumentales.

4. Organizar/realizar ensayos y determinaciones microbiológicas.

5. Cumplir y hacer cumplir las normas de buenas prácticas en el laboratorio, de seguridad y ambientales.

6. Determinar y realizar análisis y ensayos de control de calidad.

El currículo establecido en el presente Decreto requiere un posterior desarrollo en los proyectos curriculares y las programaciones didácticas elaboradas por el equipo docente del ciclo formativo que concrete su adecuación al entorno.

Al elaborar dichas programaciones desarrollando el presente currículo, también se ha de tomar como referencia la competencia profesional característica del título expresada en el correspondiente perfil, en concordancia con la primera finalidad de la formación profesional que es la de proporcionar al alumnado la formación necesaria para adquirir dicha competencia.

Los módulos profesionales que componen este ciclo formativo constituyen unidades coherentes de formación profesional específica, de carácter teórico-práctico o de carácter práctico en el caso del módulo de formación en centros de trabajo, y su tipología es:

Módulo asociado a una unidad de competencia, cuya formación está vinculada a una sola de las unidades en las que se divide la competencia general del título. Excepcionalmente los módulos de este tipo podrán asociarse a unidades o bloques de competencia que complementan el perfil profesional definido a nivel estatal, por las especiales necesidades de cualificación y de desarrollo socioproductivo en la Comunidad Autónoma Canaria.

Módulo de base o transversal, que contiene un conjunto de formación profesional específica, de carácter más básico, que complementa la formación profesional de base, asociado a más de una unidad de competencia.

Módulo de formación y orientación laboral, que obedece a objetivos socio-educativos y está asociado a la finalidad de proporcionar al alumnado la formación necesaria para comprender la organización y características del sector correspondiente, los mecanismos de inserción profesional, la legislación laboral básica y los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, y para adquirir los conocimientos y habilidades necesarios para trabajar en condiciones de seguridad y prevenir los posibles riesgos derivados de las situaciones de trabajo.

Módulo de integración, que es un módulo profesional específico del currículo de la Comunidad Canaria, cuya principal finalidad es la de integrar los contenidos científicos, tecnológicos y organizativos del ciclo formativo, para posibilitar la adquisición por el alumnado de una visión global y coordinada de los procesos productivos y de creación de servicios a los que está vinculada la competencia profesional del título. Además de la finalidad enunciada, este módulo se constituye en un instrumento metodológico alternativo con los siguientes objetivos:

- Potenciar la capacidad de los alumnos para trabajar en equipo.

- Desarrollar su capacidad de autoaprendizaje.

- Reforzar las capacidades actitudinales más directamente vinculadas al perfil profesional del título.

- Favorecer la integración de la teoría y la práctica.

- Vincular la formación en centro educativo con la formación práctica en centros de trabajo.

- Desarrollar la polivalencia que precisan la evolución de la competencia y los cambios del entorno profesional.

- Desarrollar la capacidad de adaptación a las disponibilidades y necesidades del entorno socioproductivo.

- Desarrollar la iniciativa y autonomía personales para emprender individual y colectivamente tareas y proyectos de inserción profesional.

- Desarrollar el autoconcepto y la autoestima del alumno para una mejor valoración de sí mismo y de sus capacidades personales y profesionales.

Módulo de formación práctica en centros de trabajo, que presenta unas características propias, diferenciadas de las de otros módulos de formación en centro educativo por sus finalidades específicas, por el ámbito en el cual se desarrolla y por el tipo de actividades de formación, que serán reales e identificadas entre las tareas productivas de los centros de trabajo. Este módulo tiene finalidades destacadas, entre otras, las de complementar la adquisición por los alumnos de la competencia profesional conseguida en el centro educativo, evaluando los aspectos más relevantes de la misma.

Finalmente, todo planteamiento metodológico en relación con la nueva formación profesional específica debe estar orientado a favorecer en el alumnado la integración de contenidos científicos, tecnológicos y organizativos, la capacidad de autoaprendizaje y la capacidad para trabajar en equipo.

La metodología didáctica debe adaptarse no sólo a las peculiaridades colectivas del grupo-clase, sino también a las peculiaridades individuales de cada alumno y alumna, todo ello de acuerdo con el principio de desarrollo de la actividad educativa relativo a la formación personalizada.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, con informe del Consejo Escolar de Canarias y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 23 de mayo de 2006, dispongo:

Artículo 1.- El presente Decreto establece el Currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Análisis y Control, dispuesto en el Real Decreto 811/1993, de 28 de mayo, que determina a su vez las correspondientes enseñanzas mínimas.

La duración total del ciclo formativo, incluida la formación en centros de trabajo, es de 2.000 horas.

Artículo 2.- El presente Decreto será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta las características geográficas, socio-productivas, laborales y educativas de esta Comunidad Autónoma.

Artículo 3.- De acuerdo con el Decreto 156/1996, de 20 de junio, por el que se establece la Ordenación General de las Enseñanzas de Formación Profesional Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias, la organización de los ciclos formativos responde a una estructura modular constituida por áreas de conocimientos teórico-prácticos y con duración variable en función de las características de cada Título, y con el denominador común del módulo de Formación en Centros de Trabajo.

Artículo 4.- 4.1. Los objetivos generales del ciclo formativo, que expresan el conjunto de capacidades globales que el alumnado debe de haber adquirido o desarrollado a la finalización del ciclo, son los que se establecen en el apartado 1 del anexo de este Decreto.

4.2. Las capacidades actitudinales comunes a todo el ciclo formativo son las establecidas en el apartado 2 del anexo.

4.3. La denominación de los módulos profesionales, las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los contenidos de cada módulo, así como la fundamentación curricular del Módulo Profesional de Integración, son los establecidos en el apartado 3 del anexo.

4.4. Los criterios de evaluación son el referente principal para valorar la adquisición de la competencia profesional por el alumnado.

4.5. Las orientaciones metodológicas y didácticas del ciclo formativo son las establecidas en el apartado 4 del anexo.

4.6. La ubicación y la duración mínima y máxima de los módulos profesionales están establecidas en el apartado 5 del anexo.

4.7. La atribución docente de los nuevos módulos profesionales se determina en el apartado 6 del anexo.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única.- Dentro de los límites establecidos en la Disposición Adicional Quinta del Decreto 156/1996, de 20 de junio, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes podrá adaptar el currículo a que se refiere el presente Decreto a las exigencias de organización y metodología de la educación de adultos, tanto en la modalidad de educación presencial como en la de educación a distancia o en la de oferta parcial de enseñanzas, así como adecuarlo a las características del alumnado con necesidades especiales.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se autoriza a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para dictar las disposiciones que sean necesarias en el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en este Decreto y, en particular, las normas relativas a la evaluación y promoción del alumnado.

Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

A N E X O

1.- OBJETIVOS GENERALES DEL CICLO FORMATIVO.

- Trabajar en equipo, responsabilizándose de la consecución de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo y las ideas de los demás, participando activamente en la organización y desarrollo de tareas colectivas, y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten.

- Dominar estrategias de comunicación para transmitir y recibir información correctamente y resolver situaciones conflictivas, tanto en el ámbito de las relaciones en el entorno de trabajo como en las relaciones externas.

- Seleccionar, valorar y utilizar canales y fuentes de información y formación relacionadas con el ejercicio de la profesión, desarrollando la capacidad de autoaprendizaje y adaptación a diversos puestos de trabajo, a nuevas situaciones laborales y a la evolución de la competencia profesional (cambios tecnológicos y organizativos del sector).

- Poseer una visión global y coordinada de los procesos productivos de la industria química y de otras industrias de proceso a los que está vinculada la competencia profesional del título, aprehendiendo su lógica, comprendiendo las dimensiones técnica, organizativa, económica y humana de su participación en los mismos, e integrando los conocimientos científicos, tecnológicos y organizativos adquiridos, así como valorando la relación entre producción y laboratorio como determinante de la relación entre control de calidad y calidad total.

- Desarrollar la iniciativa, el sentido de la responsabilidad y la identidad y madurez profesionales que permitan proponer mejoras en los procedimientos establecidos y soluciones a contingencias no previstas, mejorar la calidad del trabajo y la motivación hacia el perfeccionamiento profesional, utilizando con un amplio grado de autonomía los conocimientos técnicos y el saber hacer necesarios.

- Programar, organizar y participar en procesos y actividades realizables por equipos de trabajo, para alcanzar objetivos identificados entre los comunes del sector correspondiente, teniendo en cuenta los aspectos técnicos, organizativos, económicos y humanos, y estableciendo las condiciones de seguridad y calidad necesarias.

- Aprovechar las características y posibilidades personales y del entorno para emprender y desarrollar, individual o colectivamente, proyectos empresariales.

- Analizar, adaptar y, en su caso, generar documentación técnica imprescindible para la información, orientación y formación del personal colaborador dependiente.

- Interpretar el marco legal, económico, organizativo y laboral que regula y condiciona las actividades profesionales del sector industrial químico, identificando los derechos y las obligaciones que se derivan de las relaciones en el entorno de trabajo, así como los mecanismos y posibilidades de inserción profesional.

- Sensibilizarse respecto de los efectos que las condiciones de trabajo pueden producir sobre la salud personal, colectiva y ambiental, con el fin de mejorar las condiciones de realización del trabajo, proponiendo las medidas de previsión, prevención y protección adecuadas.

- Interpretar los procedimientos de análisis y las bases científicas en que se fundamentan y, en su caso, realizar el proceso del control de calidad de productos químicos y alimentarios, seleccionando los procedimientos técnicos de análisis y/o ensayos, interpretando los resultados analíticos y los registros instrumentales, sirviéndose para ello de tratamientos estadísticos, citas históricas y uso de científica.

- Mantener una actitud de prevención hacia los riesgos propios del laboratorio y los posibles riesgos sobre el medio ambiente debidos al uso de productos químicos, mediante el cumplimiento de normas de seguridad, higiene, prevención de riesgos laborales, protección del medio ambiente y eliminación de residuos, así como el uso de los equipos de protección individual y colectiva.

- Comprender y usar la terminología, la información técnica y los métodos de trabajo y de organización propios de los laboratorios de análisis y control, que permiten organizar los procedimientos, siguiendo las normas de buenas prácticas de laboratorio, programar de forma ordenada los trabajos y evaluar las tareas con el fin de dar prioridad a su realización.

- Utilizar con autonomía las estrategias características del método científico y los procedimientos y saber hacer propios de la química, para tomar decisiones frente a problemas concretos o supuestos prácticos, en función de datos o informaciones conocidos, valorando los resultados previsibles que de su actuación pudieran derivarse.

- Valorar la naturaleza de la química como un proceso dinámico y cambiante, y la gran aplicación que el análisis y el control de la materia tienen respecto a la evolución tecnológica y a las implicaciones económicas, ambientales y sociales.

- Analizar, adaptar y, en su caso, generar documentación técnica, imprescindible en la formación y adiestramiento de otros profesionales.

2.- CAPACIDADES ACTITUDINALES COMUNES.

- Reconocer la creciente importancia del trabajo en equipo en el mundo laboral y demostrar capacidad de adaptación e integración en diferentes grupos de trabajo, manteniendo relaciones y comunicaciones fluidas, respetando ideas y soluciones aportadas por otros con actitud de cooperación y tolerancia, compartiendo responsabilidades y dando y recibiendo instrucciones.

- Aceptar la necesidad del autoaprendizaje constante y de la formación continua como instrumentos que facilitan la adaptación a las innovaciones tecnológicas y organizativas, la conservación del empleo y la reinserción profesional.

- Valorar positivamente la conveniencia de elegir los itinerarios formativos y profesionalizadores que mejor se adapten a las circunstancias personales, asumiendo el autoempleo como posibilidad factible de inserción profesional.

- Mostrar interés por adquirir una visión global y coordinada de los procesos productivos a los que está vinculada la competencia profesional del título.

- Valorar el trabajo riguroso y bien hecho, al planificar, organizar y desarrollar las actividades propias, demostrando iniciativa, creatividad y sentido de la responsabilidad, manteniendo el interés durante todo el proceso, y sintiendo satisfacción personal por los resultados conseguidos.

- Reconocer la importancia de establecer una eficaz comunicación en el marco de las relaciones laborales y profesionales para el logro de objetivos personales y corporativos.

- Valorar la necesaria participación personal en la aplicación de la gestión y control de la calidad como factor que facilita el logro de mejores resultados y una mayor satisfacción de consumidores o usuarios.

- Evaluar el desarrollo de la actuación personal y colectiva, identificando aciertos y errores y argumentando y proponiendo soluciones alternativas para mejorar procesos y resultados.

- Asumir el compromiso de mantener y cuidar las instalaciones y los equipos, y sacar el máximo provecho a los medios materiales utilizados en los procesos, evitando costes y desgastes innecesarios.

- Valorar y respetar la normativa de seguridad e higiene y de protección del medio ambiente en el trabajo.

- Sensibilizarse ante los problemas de accesibilidad e integración que afectan a las personas que padecen algún tipo de minusvalía, como posibles profesionales o consumidores y usuarios en relación con el sector industrial químico, actuando de forma solidaria y aportando soluciones prácticas.

- Mostrar satisfacción por la precisión, exactitud, orden y limpieza con que se desarrollan individual y colectivamente las actividades.

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