Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 24/05/2006
 
 

PROVIDENCIA DEL TC DE 23.05.06

24/05/2006
Compartir: 

La Sección Cuarta del Pleno del Tribunal Constitucional, ha acordado admitir, por providencia de fecha veintitrés de mayo de dos mil seis, el Recurso de inconstitucionalidad promovido por el Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados sobre diversos preceptos de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la Comunicación Audiovisual de Cataluña.

§1017111

PROVIDENCIA DEL TC DE 23.05.06

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

PLENO

SECCIÓN CUARTA

Excmos. Sres.:

Conde Martín de Hijas

Pérez Vera

Rodríguez Arribas

N.º de Registro: 3766-2006

ASUNTO: Recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados.

SOBRE: Diversos preceptos de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la Comunicación Audiovisual de Cataluña.

La Sección, en el asunto de referencia, acuerda:

1.- Admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados y, en su representación y defensa, por el Comisionado don Ignacio Astarloa Huarte-Mendicoa, contra los arts. 3.2; 6; 15.2 (en cuanto a la cláusula “si procede”); 17; 18; 19; 20; 21; 22; 32.2; 32.3 c); 36.2 y 3; 37.1; 40.4; 48 a) y b); 52.1 b); 53.1 f); 55.1 y 2; 55.4 a), b), c) y e); 70.1; 70.7 a); 70.8; 80; 86.1 y 3; 111.2 h), j) y k); 115 g); 116.1 a) y c); 116.2; 117; 120.2 y 3; 126.1 y 3; 127.1 y 2; 128.1 a); 132.b); 136.1 a); 136.2 y 140 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la Comunicación Audiovisual de Cataluña.

2.- Dar traslado de la demanda y documentos presentados, conforme establece el artículo 34 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), al Congreso de los Diputados y al Senado, por conducto de sus Presidentes, y al Gobierno, a través del Ministro de Justicia, así como al Gobierno y al Parlamento de Cataluña, por conducto de sus Presidentes, al objeto de que, en el plazo de quince días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimaren convenientes.

3.- Publicar la incoación del recurso en el Boletín Oficial del Estado y Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Madrid, a veintitrés de mayo de dos mil seis.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  5. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  6. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Actualidad: Chamorro destaca el rigor y la dedicación de la justicia asturiana al recibir la medalla de oro de la Cámara de Comercio

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana