§1016329
ORDEN DE 29 DE MARZO DE 2006 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA SOLAR.
Mediante el Decreto 162/2005, de 5 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el aprovechamiento de la energía solar, se ha establecido la regulación básica para la concesión de tales ayudas, las cuales van destinadas a promover la inversión en instalaciones de aprovechamiento de energía solar, térmica o fotovoltaica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 5.2 del Decreto indicado establece que la convocatoria de las ayudas se realizará mediante Orden de la Consejería de Economía y Trabajo, abriéndose el plazo para la presentación de las solicitudes y especificando la dotación presupuestaria para la financiación de las mismas.
Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son conferidas, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Primera del Decreto 63/2005, de 15 de marzo, así como en los artículos 36 f) y 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tengo a bien disponer la publicación de la presente Orden en los siguientes términos:
Artículo 1. Convocatoria.
Mediante la presente Orden, la Consejería de Economía y Trabajo convoca la concesión de ayudas para el aprovechamiento de la energía solar conforme a lo establecido en el artículo 5.2 del Decreto 162/2005, de 5 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de este régimen de concesión (D.O.E n.º 80, 12 de julio de 2005).
Las solicitudes de subvención habrán de presentarse en el modelo que aparece en el Anexo II del citado Decreto, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Extremadura.
Artículo 2. Aplicación Presupuestaria.
Las subvenciones se concederán por un importe máximo global de 421.000 euros con cargo al Programa 722A de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aplicación Fomento de las energías alternativas y/o renovables, Código de Proyecto 2006.019.006.0005.00.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.