§1016322
ORDEN FORAL 31/2006, DE 2 DE MARZO, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE CREA EL FICHERO INFORMATIZADO BAJO LA DENOMINACIÓN DE ALUMNOS DE FORMACIÓN DEL INSTITUTO NAVARRO DE SALUD LABORAL.
Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, regulador de los ficheros automatizados con datos de carácter personal, dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. El artículo 2.º establece que la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación y la creación de nuevos ficheros, se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, la creación de ficheros por las Administraciones Públicas exige una disposición de carácter general.
De conformidad con lo expuesto, a propuesta del Director Gerente del Instituto Navarro de Salud Laboral, ordeno:
1. Crear el siguiente fichero informatizado con datos de carácter personal:
Denominación: Alumnos de Formación del Instituto Navarro de Salud Laboral.
a) Finalidad del fichero y usos previstos.
Registro de los alumnos asistentes a las actividades formativas, emisión de certificados de asistencia o títulos, estadísticas internas y posible convocatoria para futuras acciones formativas de interés.
b) Personal o colectivos afectados.
Personas interesadas en la formación en seguridad y salud laboral.
c) Procedimiento de recogida de los datos.
Transmisión electrónica de datos / internet o el propio interesado a través de soporte papel o vía telemática.
d) Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero.
_ Datos de carácter identificativo:
D.N.I./N.I.F.
Nombre y Apellidos.
Dirección (Postal y Electrónica).
Teléfono.
_ Datos de detalles de empleo:
Puesto de trabajo.
Otros: Empresa.
e) Cesiones de datos de carácter personal.
No hay cesiones de datos de carácter personal.
f) Unidad Orgánica responsable del fichero.
Instituto Navarro de Salud Laboral.
g) Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación.
Instituto Navarro de Salud Laboral.
h) Medidas de Seguridad.
Serán de nivel básico.
2. Trasladar la presente Orden Foral al Director Gerente del Instituto Navarro de Salud Laboral.
3. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.