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  • EDICIÓN DE 17/04/2006
 
 

MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/2005

17/04/2006
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Ley 2/2006, de 10 de abril, de modificación de la Ley 4/2005, de 14 de junio, del ente público del agua (Ref. Iustel §004226 Vínculo a legislación) (BORM de 15 de abril de 2006). Texto completo.

§1016310

La Ley 2/2006 modifica el artículo 9.1.a) de la Ley 4/2005, de 14 de junio, del Ente Público del Agua.

La Ley 4/2005, de 14 de junio, del Ente Público del Agua de la Región de Murcia puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

LEY 2/2006, DE 10 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/2005, DE 14 DE JUNIO, DEL ENTE PÚBLICO DEL AGUA.

Preámbulo

El Ente Público del Agua, institución creada al amparo de la Ley 4/2005, de 14 de junio, viene a desarrollar las competencias claramente reflejadas en nuestro Estatuto de Autonomía, y en este caso, a conseguir los recursos hídricos necesarios para que el crecimiento, desarrollo, avance y progreso de nuestra Región no se vea estancado por la escasez de agua.

El Ente Público del Agua se ha demostrado como una herramienta adecuada para conseguir esos fines; pero en el desarrollo de su actividad, como institución novedosa, pionera y original se ha apreciado la necesidad de dotarla de mecanismos administrativos que permitan un funcionamiento más ágil.

Con este propósito la presente proposición de ley introduce una modificación en el artículo 9.1.a) de la Ley 4/2005, de 14 de junio, del Ente Público del Agua.

Artículo 1.- Modificación del apartado a) del punto 1 del artículo 9.

“9.1.a) Realizar toda clase de operaciones económicas y financieras, celebrar todo tipo de contratos, otorgar préstamos, prestar avales y conceder subvenciones corrientes y de capital, así como garantizar ante terceros cualquier operación ya sea realizada directamente o a través de las empresas de su grupo en cualquiera de las fórmulas admisibles en Derecho, sin más limitaciones que las establecidas en esta Ley y en sus Estatutos”.

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