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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN 4/96

10/04/2006
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Orden 8/2006, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden 4/96 de 23 de octubre de 1996 por la que se establecen medidas de apoyo a la apicultura en la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 8 de abril de 2006). Texto completo.

§1016223

ORDEN 8/2006, DE 27 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 4/96 DE 23 DE OCTUBRE DE 1996 POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE APOYO A LA APICULTURA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

La Orden 4/96 de 23 de octubre establece medidas de apoyo a la apicultura en la Comunidad Autónoma de La Rioja, estableciendo una subvención a tanto alzado por colmena para aquellos apicultores que siendo agricultores a título principal dispongan de mas de 125 colmenas, o en caso de que no lo sean dispongan de mas de 250.

El plazo de presentación de solicitudes esta regulado mediante la Orden 45/2002 de 26 de noviembre que modificaba el establecido inicialmente en la Orden 4/96 de 23 de octubre.

Con el fin de apoyar al colectivo de apicultores existen, además de las ayudas recogidas en la Orden 4/96 de 23 de octubre, otras líneas de ayuda destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, habiéndose publicado la Orden 2/2006 de 16 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda a la apicultura de acuerdo con el Programa Nacional Apícola, lo que aconseja modificar nuevamente la Orden 4/96 de 23 de octubre para armonizar los plazos de solicitud.

Por ello Dispongo

Artículo 1º) Se modifica el artículo 3.2 de la Orden 4/96 de 23 de octubre (BOR nº 132 de 29 de octubre de 1996) que quedará redactado como sigue:

“El plazo para solicitar subvenciones coincidirá con los plazos establecidos en la Orden 2/2006 de 16 de enero por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda a la apicultura de acuerdo con el Programa Nacional Apícola, es decir, comenzará el 1 de marzo y finalizará el 1 de abril de cada año”.

Artículo 2º) Excepcionalmente para este año 2006 el plazo de presentación de solicitudes que figura en la Orden 45/2002 (BOR nº 145 de 30 de noviembre de 2002) será desde el 1 de enero hasta el 1 de abril de 2006.

Disposición Final Única.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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