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  • EDICIÓN DE 07/04/2006
 
 

PROVIDENCIA Y SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO

07/04/2006
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A continuación se insertan las Sentencias del Tribunal Supremo publicadas en el BOE de 10 de abril de 2006.

§1016178

Sentencia de 1 de marzo de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que, sin que afecte a la situación jurídica concreta derivada de la sentencia n.º 89/2005, de 23 de febrero dictada en el recurso contencioso administrativo n.º 356/2004, se declara la nulidad de pleno derecho del inciso “previo a la solicitud del permiso de trabajo” que se contiene en el párrafo 3.º del apartado 1.1 B del artículo 70 del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio.

En la cuestión de ilegalidad n.º 3/2005, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de los de Zaragoza, la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 1 de marzo de 2006, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que estimamos la cuestión de ilegalidad que con el n.º 3/2005 ha planteado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 2 de los de Zaragoza, y, sin que afecte a la situación jurídica concreta derivada de la sentencia n.º 89/2005, de 23 de febrero de 2005 dictada en el recurso contencioso administrativo n.º 356/2004, declaramos la nulidad de pleno derecho del inciso “previo a la solicitud del permiso de trabajo” que se contiene en el párrafo 3.º del apartado 1.1.B del artículo 70 del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, aprobado por el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio.

Sin costas.

Publíquese el presente fallo en el B.O.E. a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Dese traslado de la presente sentencia al Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 2 de los de Zaragoza.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Presidente: Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López; Magistrados: Excmo. Sr. D. Pedro José Yagüe Gil, Excmo. Sr. D. Jesús Ernesto Peces Morate, Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Valverde y Excmo. Sr. D. Enrique Cancer Lalanne.

Sentencia de 3 de marzo de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la nulidad del Acuerdo de 3 de diciembre de 2003, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2003, para el cumplimiento de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal en lo relativo a las retribuciones variables por objetivos de los miembros de la Carrera Judicial.

En el recurso contencioso-administrativo 14/2004, interpuesto por la representación procesal de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 3 de marzo de 2006, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación de la Asociación Judicial “Francisco de Vitoria” contra el Reglamento 2/2003, de 3 de diciembre, del Consejo General del Poder Judicial, cuya nulidad acordamos por no ser conforme a Derecho. Todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales.

Publíquese el presente fallo en el Boletín Oficial del Estado conforme al art. 72 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Presidente: Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret; Magistrados: Excmo. Sr. D. Ricardo Enríquez Sancho; Excmo. Sr. D. Mariano Baena del Alcázar; Excmo. Sr. D. Pedro José Yagüe Gil; Excmo. Sr. D. Jesús Ernesto Peces Morate; Excmo. Sr. D. Antonio Martí García; Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Montalvo; Excmo. Sr. D. Óscar González González; Excmo. Sr. D. Manuel Vicente Garzón Herrero; Excmo. Sr. D. Juan José González Rivas; Excmo. Sr. D. Enrique Lecumberri Martí; Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona; Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén; Excmo. Sr. D. Francisco Trujillo Mamely; Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva; Excmo. Sr. D. Agustín Puente Prieto; Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado; Excmo. Sr. D. Juan Gonzalo Martínez Micó; Excmo. Sr. D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat; Excma. Sra. D.ª Celsa Pico Lorenzo; Excmo. Sr. D. Octavio Juan Herrero Pina; Excma. Sra. D.ª Margarita Robles Fernández.

Sentencia de 3 de marzo de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la nulidad del Acuerdo de 3 de diciembre de 2003, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2003, para el cumplimiento de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal en lo relativo a las retribuciones variables por objetivos de los miembros de la Carrera Judicial.

En el recurso contencioso-administrativo 16/2004, interpuesto por la representación procesal de la Asociación Profesional de la Magistratura, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 3 de marzo de 2006, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación de la Asociación Profesional de la Magistratura contra el Reglamento 2/2003, de 3 de diciembre, del Consejo General del Poder Judicial, cuya nulidad acordamos por no ser conforme a Derecho. Todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales.

Publíquese el presente fallo en el Boletín Oficial del Estado conforme al art. 72 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Presidente: Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret; Magistrados: Excmo. Sr. D. Ricardo Enríquez Sancho; Excmo. Sr. D. Mariano Baena del Alcázar; Excmo. Sr. D. Pedro José Yagüe Gil; Excmo. Sr. D. Jesús Ernesto Peces Morate; Excmo. Sr. D. Antonio Martí García; Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Montalvo; Excmo. Sr. D. Óscar González González; Excmo. Sr. D. Manuel Vicente Garzón Herrero; Excmo. Sr. D. Juan José González Rivas; Excmo. Sr. D. Enrique Lecumberri Martí; Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona; Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén; Excmo. Sr. D. Francisco Trujillo Mamely; Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva; Excmo. Sr. D. Agustín Puente Prieto; Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado; Excmo. Sr. D. Juan Gonzalo Martínez Micó; Excmo. Sr. D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat; Excma. Sra. D.ª Celsa Pico Lorenzo; Excmo. Sr. D. Octavio Juan Herrero Pina; Excma. Sra. D.ª Margarita Robles Fernández.

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