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  • EDICIÓN DE 04/04/2006
 
 

ENTES LOCALES DEFICITARIOS EN MATERIA DE AGUAS

04/04/2006
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Resolución MAH/858/2006, de 30 de marzo, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes y de documentación complementaria establecido en la Resolución MAH/489/2006, de 2 de marzo, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los gastos por nuevas actuaciones de abastecimiento en alta a entes locales deficitarios en materia de aguas (DOGC de 4 de abril de 2006). Texto completo.

§1016105

RESOLUCIÓN MAH/858/2006, DE 30 DE MARZO, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DE DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN MAH/489/2006, DE 2 DE MARZO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LOS GASTOS POR NUEVAS ACTUACIONES DE ABASTECIMIENTO EN ALTA A ENTES LOCALES DEFICITARIOS EN MATERIA DE AGUAS.

Con fecha 7 de marzo de 2006 se publicó en el DOGC núm. 4587 la Resolución MAH/489/2006, de 2 de marzo, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los gastos por nuevas actuaciones de abastecimiento en alta a entes locales deficitarios en materia de aguas.

Esta convocatoria va dirigida a los entes locales que realicen inversiones en la mejora general en las prestaciones de las redes locales de abastecimiento en alta, de forma que se favorezca una mejor gestión de los recursos y un incremento en su ahorro.

En su base quinta se establece que el plazo de presentación del acuerdo de solicitud y de la documentación complementaria relacionada en la base tercera finaliza el 30 de marzo del presente año.

Con el fin de favorecer que puedan acogerse a esta convocatoria de subvenciones el mayor número posible de entes locales interesados en invertir en la ejecución de actuaciones de abastecimiento en alta durante 2006, se considera oportuno ampliar el plazo de presentación de solicitudes y de documentación complementaria.

De acuerdo con el artículo 3.1.g) del Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, corresponde a la Generalidad, en el ejercicio de sus competencias, la promoción de las actuaciones necesarias para paliar los déficit y desequilibrios hídricos.

Visto que el artículo 4.1.h) del mismo cuerpo normativo dispone que corresponde a la Generalidad el establecimiento de auxilios económicos a favor de las corporaciones locales para la realización de los objetivos de la planificación hidrológica.

Visto que el artículo 92.2 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, establece que las convocatorias de subvenciones, sometidas a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, han de incluir el plazo de presentación de solicitudes,

Resuelvo:

Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones destinadas a financiar los gastos por nuevas actuaciones de abastecimiento en alta a entes locales deficitarios en materia de aguas, y de la documentación complementaria, establecido en la base quinta de la convocatoria hecha pública por Resolución MAH/489/2006, de 2 de marzo. El referido plazo finaliza el día 21 de abril de 2006.

Disposición final

Esta Resolución entra en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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