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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN EDC/115/2006

04/04/2006
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Orden EDC/140/2006, de 28 de marzo, por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes que prevé la Orden EDC/115/2006, de 15 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de varias ayudas, y se abre la convocatoria pública para el curso escolar 2005-2006 (DOGC de 4 de abril de 2006). Texto completo.

§1016100

ORDEN EDC/140/2006, DE 28 DE MARZO, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES QUE PREVÉ LA ORDEN EDC/115/2006, DE 15 DE MARZO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE VARIAS AYUDAS, Y SE ABRE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA EL CURSO ESCOLAR 2005-2006.

En el DOGC núm. 4599, de 23 de marzo de 2006, se ha publicado la Orden EDC/115/2006, de 15 de marzo, mediante la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas al alumnado con necesidades educativas especiales matriculado en centros educativos sostenidos con fondos públicos, para la asistencia a convivencias escolares docentes, y se abre la convocatoria pública para la concesión de las ayudas correspondientes al curso escolar 2005-2006.

El artículo 4 de la Orden mencionada establece un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, para que los centros educativos interesados en participar en la convocatoria presenten sus solicitudes.

Dada la imposibilidad que la mayoría de los centros que participaran en la convocatoria dispongan en aquel plazo de los datos que se les exigen para poder concurrir a las ayudas, es necesario modificar el artículo 4 de la Orden EDC/115/2006, de 15 de marzo, antes mencionada, en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

En consecuencia, de acuerdo con la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Centros Educativos,

Ordeno:

Modificar el artículo 4 de la Orden EDC/115/2006, de 15 de marzo, en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de mayo de 2006, para los centros que en aquella fecha hayan realizado las convivencias escolares, y hasta el 5 de julio de 2006, para los centros que las realicen durante el mes de junio de 2006.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo recurso contencioso administrativo, ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

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