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PROTECCIÓN DE ANIMALES DE COMPAÑÍA

03/04/2006
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Orden AYG/514/2006, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del premio “Concurso de ideas para definir el motivo central de la campaña de sensibilización para la protección de animales de compañía” (BOCYL de 3 de abril de 2006). Texto completo.

§1016050

ORDEN AYG/514/2006, DE 29 DE MARZO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO “CONCURSO DE IDEAS PARA DEFINIR EL MOTIVO CENTRAL DE LA CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE ANIMALES DE COMPAÑÍA”.

Las Cortes de Castilla y León, respondiendo a la creciente sensibilidad social en torno al respeto, la protección y la defensa de todos los seres vivos, en general, y de los animales más próximos al hombre, en particular, aprobaron la Ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de animales de compañía.

La Ley de protección de animales de compañía establece en su disposición adicional primera que la Comunidad de Castilla y León programará periódicamente campañas divulgadoras del contenido de la citada Ley entre los escolares y habitantes de nuestra Comunidad.

Los concursos de ideas han demostrado ser un método idóneo para fomentar la participación e implicación activa de la población escolar. Por este motivo, la Consejería de Agricultura y Ganadería, consciente de la importancia de inculcar los valores de respeto, protección y defensa de los animales de compañía a dicha población, establece las bases de un concurso de ideas para definir el motivo central de la campaña de sensibilización para la protección de animales de compañía, con el fin de posibilitar un cauce para la expresión y creación artística entre los escolares de la Comunidad de Castilla y León.

En aplicación del régimen jurídico de las subvenciones públicas, previsto por la Ley 38/2003, General de Subvenciones, los premios que se otorguen se regirán por la citada Ley. En consecuencia, se hace necesario establecer las bases reguladoras que den cobertura normativa a la futura convocatoria del Premio “Concurso de ideas para definir el motivo central de la campaña de sensibilización para la protección de animales de compañía”. Las citadas bases reguladoras serán desarrolladas ulteriormente a través de la respectiva convocatoria que a su amparo se efectúe por la Consejería de Agricultura y Ganadería.

En su virtud, y conforme a lo previsto en la Ley 38/2003 antes citada, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León.

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto y ámbito de aplicación.

Las presentes bases reguladoras serán de aplicación a la convocatoria del premio “Concurso de ideas para definir el motivo central de la campaña de sensibilización para la protección de animales de compañía” que convoque, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería de Agricultura y Ganadería.

Artículo 2.– Beneficiarios.

1.– Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas o jurídicas en las que concurran las circunstancias que fundamenten la concesión de los premios, según prevean estas bases reguladoras y la respectiva convocatoria para cada una de sus modalidades, en los términos previstos en la Ley General de Subvenciones.

2.– No podrán ostentar la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo13 de la Ley General de Subvenciones.

3.– Las convocatorias del premio “Concurso de ideas para definir el motivo central de la campaña de sensibilización para la protección de animales de compañía” reflejarán las obligaciones del beneficiario.

Artículo 3.– Procedimiento de concesión.

1.– Los premios serán concedidos mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad y publicidad.

2.– El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública efectuada por Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

Artículo 4.– Forma y plazo de presentación de solicitudes.

1.– Una vez publicada la convocatoria, los interesados que deseen participar en el premio “Concurso de ideas para definir el motivo central de la campaña de sensibilización para la protección de animales de compañía” deberán presentar los trabajos en los lugares que se determinen en ésta o en cualquiera de los establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.– El plazo de presentación de trabajos será el que se establezca en la convocatoria.

Artículo 5.– Instrucción y valoración.

1.– La Dirección General de Producción Agropecuaria será el órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión, llevando a cabo las actuaciones necesarias para comprobar y determinar los datos en virtud de los cuales haya de dictarse la resolución.

2.– La valoración será llevada a cabo por un Jurado cuya composición será la que se establezca en la convocatoria.

3.– En lo no previsto expresamente en estas bases o en la convocatoria, el funcionamiento del Jurado se regirá por lo previsto en el Capítulo IV del Título V de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

4.– El Jurado, tras evaluar los trabajos presentados al Premio, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos, dictará un fallo donde de forma motivada se establecerán los ganadores en cada modalidad.

5.– El Director General de Producción Agropecuaria, a la vista del expediente y del fallo del Jurado, efectuará la propuesta de resolución, en la que se expresará el solicitante o relación de solicitantes para los que se propone la concesión de premios y su cuantía.

Artículo 6.– Resolución.

1.– El órgano competente para resolver las solicitudes es el Consejero de Agricultura y Ganadería.

2.– El plazo máximo para dictar y notificar resolución expresa será el que se indique en la correspondiente convocatoria.

3.– El régimen de publicidad de los premios concedidos será el establecido en el artículo 18.1 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 122.6 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 7.– Criterios de valoración.

1.– La convocatoria determinará los criterios de valoración que deberán garantizar, en todo caso, los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad en la concesión de los premios.

2.– La prelación de los criterios se fijará en la convocatoria.

Artículo 8.– Dotación de los premios.

La convocatoria contendrá la dotación individualizada de los premios.

Artículo 9.– Entrega de los premios.

La convocatoria determinará la forma y el lugar de entrega de los premios.

Artículo 10.– Responsabilidad.

Los beneficiarios del premio “Concurso de ideas para definir el motivo central de la campaña de sensibilización para la protección de animales de compañía” en cada una de sus modalidades quedarán sujetos al régimen de responsabilidad previsto en la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y en la restante normativa de aplicación.

Disposición Adicional.– Régimen jurídico.

Para todos aquellos extremos no previstos en las bases reguladoras, será aplicable la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en sus preceptos básicos, y la legislación de la Comunidad de Castilla y León en materia de subvenciones.

Disposición Final.– Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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