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PREMIO “RAFAEL MARTÍNEZ EMPERADOR”, DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

31/03/2006
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El Consejo General del poder Judicial convoca el Premio “Rafael Martínez Emperador” bajo el tema “El Consejo General del Poder Judicial: su función constitucional y legal”.

§1016036

BASES

Primera.

Dado el reciente cumplimiento del vigésimo quinto aniversario de la creación del Consejo General del Poder Judicial, se ha estimado oportuno que constituya el objeto de esta edición premiar los trabajos considerados de mayor mérito que versen sobre el siguiente tema: “El Consejo General del Poder Judicial: su función constitucional y legal”.

Segunda.

Podrán tomar parte en el concurso todos los juristas españoles.

Tercera.

Se podrá conceder un premio de dieciocho mil treinta con treinta seis euros (18.030,36), o bien distribuir esa cantidad por mitad entre los trabajos presentados que se consideren de mayor o igual mérito.

El premio o los premios podrán ser declarados desiertos.

Cuarta.

Los trabajos serán originales e inéditos y tendrán una extensión mínima de 150 folios y una extensión máxima de 300 folios, mecanografiados a dos espacios y por una sola cara, debiendo aportarse el original y dos copias.

Quinta.

Los trabajos se enviarán por correo certificado al Organismo convocante (Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid). Serán anónimos y se encabezarán con un lema que se repetirá en la parte exterior de un sobre cerrado que los acompañará, en cuyo interior se encontrará la identidad y domicilio del autor concursante.

Sexta.

El plazo de remisión finalizará el día 31 de octubre de 2006.

Séptima.

Concederá el premio un jurado nombrado por el Pleno del Organismo convocante, que, bajo la presidencia del Presidente del Consejo General del Poder Judicial o Vocal en quien delegue, se integrará con los siguientes Vocales:

Dos Vocales del Consejo General del Poder Judicial.

Un Magistrado del Tribunal Supremo.

Un Fiscal de Sala del Tribunal Supremo.

Un Catedrático de Universidad.

Actuará como Secretario, con voz y voto, el Secretario del Consejo General del Poder Judicial. En caso de empate decidirá la votación el voto del Presidente o de la persona en quien hubiera delegado.

octava.

La decisión del jurado se hará pública antes del 31 de diciembre de 2006. El fallo, frente al que no habrá recurso, se notificará formalmente a quien resulte premiado.

Novena.

Los trabajos que, en su caso, resultaran premiados quedarán en poder del Organismo convocante, que se reserva el derecho a publicarlos en la forma que estime conveniente. Los interesados podrán retirar los trabajos no premiados en un plazo de seis meses; en otro caso serán destruidos.

Décima.

La participación en el concurso implica la aceptación de todas las bases de la convocatoria.

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