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DEROGACIÓN DEL DECRETO 148/2002

31/03/2006
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Decreto 54/2006, de 9 de marzo, por el que se deroga el Decreto 148/2002, de 18 de abril, por el que se establece el Programa Labora: juventud con experiencia (DOG de 31 de marzo de 2006). Texto completo.

§1016031

DECRETO 54/2006, DE 9 DE MARZO, POR EL QUE SE DEROGA EL DECRETO 148/2002, DE 18 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA LABORA: JUVENTUD CON EXPERIENCIA.

Las políticas activas de empleo surgen en el marco de la Estrategia Europea de Empleo para orientar los esfuerzos de los poderes públicos hacia la adopción de medidas dirigidas a la prevención y lucha contra el desempleo, sin perder de vista la importancia de promover empleos de mayor calidad y mejoras en la política social y en las relaciones laborales.

La persistencia del desempleo juvenil representa uno de los problemas más graves para la práctica totalidad de los estados miembros de la Unión Europea, que exige el diseño de instrumentos y mecanismos específicos en el marco de estas políticas, desarrollando programas que favorezcan o actualicen la empleabilidad de las personas jóvenes, dotándolas de las competencias profesionales adecuadas y orientándolas hacia el mercado laboral, al tiempo de permitirles adquirir la experiencia necesaria que las sitúe en mejores condiciones de acceso a un puesto de trabajo, aumentando de esta manera su confianza y capacidad de adaptación al mercado de trabajo.

4.788 DIARIO OFICIAL DE GALICIA No 64 L Viernes, 31 de marzo de 2006 En este ámbito el Programa Labora: juventud con experiencia, aprobado por el Decreto 148/2002, de 18 de abril, estableció una iniciativa que tenía por finalidad facilitar la adquisición de experiencia profesional, a través de un contrato de trabajo con una duración mínima de 12 meses, a personas jóvenes desempleadas que careciesen de ella. Sin embargo, la realidad nos muestra la ineficacia de esta iniciativa para atajar el problema del desempleo juvenil. Los resultados confirman aspectos ya conocidos como las elevadas tasas de paro, la temporalidad y la precariedad laboral que afecta al segmento de población joven, con graves consecuencias para su desarrollo personal y su plena integración social. Así, entre 2002 y 2004, en plena vigencia del Programa Labora, y según la Encuesta de Población Activa (EPA), el paro de los jóvenes se incrementó en Galicia en un 10,8%, mientras que en el Estado, en el mismo período y sin Programa Labora, descendió en un 2,4%, con lo que se puede afirmar que no sólo no fue capaz de atajar el problema del desempleo de los jóvenes gallegos sino que ni tan siquiera fue capaz de mantener el ritmo del Estado en su solución.

Los programas y medidas de políticas activas vigentes hasta la fecha han sido aprobadas en un contexto socioeconómico determinado que ha experimentado en los últimos años un acelerado y profundo proceso de transformación que aconsejan la elaboración de una nueva estrategia que dé respuesta a los actuales retos del mercado laboral a los que se enfrenta la juventud gallega.

En este contexto, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia se está llevando a cabo una profunda revisión de los programas actuales de empleo en el marco del proceso de diálogo social actualmente en marcha, al objeto de elaborar una propuesta abierta, que necesariamente será sometida a una valoración y redefinición continua, eliminando, modificando o incorporando nuevos programas de acuerdo con la realidad cambiante del mercado laboral de cara al objetivo final de mejorar la empleabilidad de la juventud gallega.

También en el ámbito estatal, en el marco de lo establecido en la Estrategia Europea de Empleo -que define como una prioridad absoluta de las políticas sociales y laborales el aumento del empleo y de la participación en el mercado de trabajo-, y en la Declaración para el Diálogo Social firmada el 8 de julio de 2004 entre el Gobierno del Estado, las organizaciones sindicales y las organizaciones empresariales, se está llevando a cabo una revisión y actualización de la normativa existente en materia de programas de políticas activas de empleo regulando los aspectos definitorios y esenciales de cada programa, adecuándolos a las necesidades de gestión detectadas tanto por las comunidades autónomas como por el Servicio Público de Empleo Estatal, que serán de obligada aplicación en todo el territorio del Estado, en base a su competencia en materia de legislación laboral.

Todo el proceso de cambio anteriormente expuesto aconseja derogar el Decreto 148/2002, de 18 de abril, con experiencia, incorporando dentro de las distintas líneas de ayudas que anualmente convoca la Consellería de Trabajo, las nuevas medidas y programas que, fruto de la negociación con los agentes sociales y de la modificación de la normativa estatal básica, se adopten, abarcando el conjunto de los ámbitos en los que es necesaria una intervención para favorecer y apoyar el empleo juvenil.

Por todo lo expuesto, a propuesta del conselleiro de Trabajo y una vez consultado el Consejo Gallego de Relaciones Laborales, previo informe de la Asesoría Jurídica y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día nueve de marzo de dos mil seis, DISPONGO:

Artículo único.-Queda derogado el Decreto 148/2002, de 18 de abril, por el que se establece el Programa Labora: juventud con experiencia, y los decretos 26/2003, de 16 de enero, y 300/2004, de 22 de diciembre, que lo modifican, así como cuantas disposiciones normativas de igual o inferior rango se hayan dictado a su ámparo.

Disposición final Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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