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  • EDICIÓN DE 10/03/2006
 
 

PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y DE MODIFICACIÓN PARCIAL DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES Y SOBRE EL PATRIMONIO

10/03/2006
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El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial del Impuesto sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

§1015613

Los principales objetivos de esta reforma son la recuperación de la equidad en el tratamiento fiscal a todos los contribuyentes; la simplificación de los impuestos; la rebaja de la carga fiscal para las rentas salariales medias y bajas, y el aumento de la productividad y el crecimiento económico.

Reforma del IRPF

Con la reforma del IRPF, el 99,5 por 100 de los contribuyentes pagará menos impuestos a partir de 2007. La rebaja media será del 6 por 100. Sin embargo, para el 60 por 100 de los contribuyentes, aquellos que declaran rentas inferiores a los 17.360 euros, la rebaja alcanzará el 17 por 100.

Una de las principales novedades de la reforma se refiere al tratamiento de las circunstancias personales y familiares que tributarán al cero por ciento. Esto supone que el mínimo vital del contribuyente tendrá siempre el mismo tratamiento, independientemente de su nivel de renta.

Además, se incrementan sustancialmente las cuantías de los mínimos personales y familiares: el mínimo personal aumenta casi el 50 por 100; los mínimos por descendientes se incrementan, especialmente a partir del tercer y cuarto hijo, y los mínimos por discapacidad, entre un 13 por 100 y un 38 por 100.

El nuevo impuesto será más simple: la escala de gravamen tendrá cuatro tramos, uno menos que hasta ahora, y más de la mitad de los contribuyentes tributará a un tipo único del 24 por 100.

La futura tarifa del IRPF supondrá una rebaja de la carga fiscal para la práctica totalidad de los contribuyentes, ya que se ensanchan los tramos, es decir, los marginales se aplican sobre cuantías de rentas superiores, y se reduce dos puntos el marginal máximo, que pasa a ser del 43 por 100.

Pero la rebaja será especialmente intensa para las rentas del trabajo, ya que la reducción por rentas del trabajo se incrementa entre un 8 por 100 y un 14 por 100 (para las rentas más bajas). Además, por primera vez, esta reducción se podrá aplicar también a determinados trabajadores autónomos.

Tributación del ahorro

Otra de las importantes novedades de la reforma se refiere a la tributación del ahorro, que aplicará un tipo único del 18 por 100 a todas los productos de ahorro: incrementos patrimoniales, depósitos bancarios, libretas de ahorro, seguros y dividendos. Esta medida introduce certidumbre y neutralidad y favorecerá la desaparición de la planificación financiero-fiscal, de manera que la elección entre los distintos tipos de inversión se basará únicamente en las preferencias de los ciudadanos y la rentabilidad de los productos.

Además, la aplicación de un tipo único del 18 por 100 favorece a las formas de ahorro más utilizadas por las rentas medias y bajas (los depósitos bancarios) que, hasta ahora, tributaban al tipo que le correspondiera al contribuyente.

Fondos y Planes de Pensiones

El nuevo IRPF extenderá las ventajas fiscales de los fondos y planes de pensiones a los productos ligados a la dependencia. Así, envejecimiento y dependencia tendrá un mismo tratamiento fiscal.

Se establece un límite único de 8.000 euros anuales para las aportaciones a fondos y planes de pensiones y productos ligados a la dependencia. Esta cifra podrá incrementarse hasta los 10.000 euros para los mayores de cincuenta años y hasta los 24.250 euros en caso de discapacidad. Además, estas aportaciones no podrán superar el 30 por 100 de las rentas activas del contribuyente, es decir, las derivadas del trabajo o actividades empresariales. Ese porcentaje se eleva hasta el 50 por 100 para los mayores de cincuenta años.

La nueva Ley introduce una total flexibilidad en la recuperación de las aportaciones a los fondos y planes de pensiones, de manera que los contribuyentes podrán optar, en igualdad de condiciones, entre hacerlo en forma de renta, en forma de capital o en diversos pagos. Por ello, se elimina la actual reducción del 40 por 100 para la recuperación en forma de capital.

Por lo que se refiere a la deducción por adquisición de vivienda habitual, se establece un porcentaje único de deducción, el 15 por 100, sobre la misma base actual, 9.015 euros.

Tanto en el caso de la tributación del ahorro, como de los fondos y planes de pensiones y la vivienda se respetarán los derechos adquiridos con anterioridad al 20 de enero de 2006.

Reforma del Impuesto sobre Sociedades

En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, los tipos, tanto el general como el que se aplica a las pymes, se reducirán gradualmente cinco puntos entre 2007 y 2011. También se reducirán gradualmente las deducciones y bonificaciones, excepto la de doble imposición y las territoriales que se mantendrán como hasta ahora. Por regla general, las deducciones se reducirán entre 2007 y 2011 un 20 por 100 anual, aunque con algunas excepciones.

La deducción por inversiones en I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades se mantendrá hasta 2012 con una reducción anual del 3 por 100. Los empresarios podrán optar entre esta deducción o una bonificación del 40 por 100 de las cuotas de la Seguridad Social para el personal investigador. Esta bonificación se mantendrá después de 2012.

En el caso de los incentivos fiscales para actividades culturales, se mantendrán hasta 2014, y, en relación con las actividades de mecenazgo, se mantendrá la deducción por los gastos de publicidad y propaganda en acontecimientos de especial interés, pero se establece como límite que esos gastos no podrán exceder del 90 por 100 de las donaciones efectuadas a la entidad.

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