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  • EDICIÓN DE 21/02/2006
 
 

EL PLENO DE LA SALA DE LO PENAL MODIFICA EL CRITERIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE PENAS Y BENEFICIOS PENITENCIARIOS

21/02/2006
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en Pleno Jurisdiccional, por mayoría de 12 a 3 ha decidido estimar el recurso del penado Henri Parot Navarro, frente al Auto dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, de fecha 26 de abril de 2005, y en consecuencia, acumular todas sus penas para el cumplimiento sucesivo por el penado, con la limitación de treinta años, al serle aplicable el Código Penal, texto refundido de 1973 (artículo 70).

§1015255

El referido penado cumplirá sucesivamente sus responsabilidades penales, con la expresada limitación, de modo que extinguida una pena, con las redenciones y beneficios que le puedan ser aplicables, comenzará el cumplimiento de la siguiente, y ello por el orden sucesivo de su respectiva gravedad. De modo que si el penado ingresó en prisión en 1990, finalizará el máximum de cumplimiento en el año 2020.

En los próximos días se hará pública la Sentencia y los votos particulares.

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